Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2003 (16/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
Salida/Llegada de la linea de transmision

MORDAZA, sabado 16 de agosto de 2003
Tension (kV) 22,0 Nº de ternas 01 Longitud (km.) 26,85

Articulo 2º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego habilitado por el presente dispositivo, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, de ser necesario, las codificaciones que se requieran para la adecuada aplicacion de esta norma. Articulo 3º.- Las Oficinas de Presupuesto o las que MORDAZA sus veces de los Pliegos instruyen a la Unidad Ejecutora bajo su ambito para que elaboren las correspondientes "Notas de Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto por la presente norma. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en Majes, MORDAZA, a los quince dias del mes de agosto del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 15431

CH Huancarama - SE Mina Shila

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesion definitiva a CEDIMIN S.A.C. para desarrollar actividad de transmision de energia electrica en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 029-2003-EM
MORDAZA, 14 de agosto de 2003 VISTO: el Expediente Nº 14128403, sobre solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Electricas, presentado por CEDIMIN S.A.C., persona juridica inscrita en el Asiento Nº 49, Ficha Nº 10003 del Libro de Sociedades Contractuales y Otras Personas Juridicas del Registro Publico de Mineria de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva de transmision comprende la linea de transmision de 22,0 kV CH Huancarama - SE Mina Shila, de propiedad de la solicitante, ubicada en el distrito de Chachas, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM figuran en el expediente; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25º de la Ley de Concesiones Electricas y los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 1122003-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a CEDIMIN S.A.C., concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la linea de transmision de 22,0 kV CH Huancarama - SE Mina Shila, de propiedad de la solicitante, ubicada en el distrito de Chachas, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La concesion operara en la siguiente linea de transmision:

Articulo 3º.- Aprobar el contrato de concesion Nº 2152003 a suscribirse con la empresa CEDIMIN S.A.C., el que consta de 18 clausulas y 3 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el contrato de concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el contrato de concesion Nº 215-2003, referido en el articulo 3º de esta Resolucion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FLURY ROYLE Ministro de Energia y Minas 15335

Otorgan concesion temporal a Compania Minera Poderosa S.A. para desarrollar estudios relacionados con actividades de transmision de energia electrica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 326-2003-MEM/DM
MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Expediente Nº 24128303, sobre otorgamiento de concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la transmision de energia electrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por Compania Minera Poderosa S.A., persona juridica inscrita en la Ficha Nº 24395 del Registro de Personas Juridicas (Mineria) de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Que, el peticionario ha solicitado, conforme a las normas sobre la materia, se le otorgue concesion temporal para realizar estudios sobre transmision de energia electrica, en las zonas comprendidas dentro de las coordenadas que figuran en el expediente; Que, la Direccion General de Electricidad luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM, ha emitido el Informe Nº 121-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a Compania Minera Poderosa S.A., que se identificara con codigo Nº 24128303, para desarrollar estudios relacionados con las actividades de transmision de energia electrica, por un plazo de seis (6) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La concesion temporal que se otorga conforme al articulo anterior, esta ubicada en las provincias de

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