Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2003 (19/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 19 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES
Articulo VII

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civil, de las autoridades locales, de las agencias de proteccion ambiental, de las organizaciones no gubernamentales y de las empresas comprometidas con actividades de proteccion ambiental en ambos paises, a fin que establezcan y desarrollen contactos directos y autonomos entre ellas, en estrecha relacion con las agencias coordinadoras a que hace mencion en el articulo precedente. Articulo VI En MORDAZA, los coordinadores se reuniran periodicamente en el MORDAZA de la Comision de Vecindad e Integracion Peruano-Colombiana. Los gastos que demande el cumplimiento de este acuerdo seran compar tidos reciprocamente de la siguiente manera: los viajes internacionales que MORDAZA necesarios para la participacion en las reuniones mencionadas anteriormente seran cubiertos por la parte que efectue el viaje, los gastos al interior del MORDAZA visitado seran cubiertos por este ultimo.

Ninguna clausula de este acuerdo afectara los derechos y obligaciones de las partes que se deriven de cualquier convenio internacional del que su respectivo Estado sera signatario o al que se MORDAZA adherido. Las actividades cooperativas amparadas por este acuerdo estaran sujetas a las leyes aplicables y previsiones legales vigentes en cada MORDAZA y a la disponibilidad de fondos y otros recursos. Estas actividades tambien estan sujetas al Convenio de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre la Republica de Colombia y la Republica del Peru, suscrito el 12 de diciembre de 1997. Articulo VIII Este acuerdo entrara en MORDAZA a los treinta dias siguientes a su firma y permanecera vigente a menos que una parte notifique a la otra de forma escrita, con tres meses de antelacion, su intencion de terminarlo.

AVISO

UPC
Registro Nº 495951

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