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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (29/08/2003)

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PÆg. 250561 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de agosto de 2003 dadana y tareas de aprendizaje de la realidad comunal y local de los estudiantes de los últimos años de estu-dio del distrito. Cuarta.- Metodología a emplear en la elaboración del Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Mu- nicipal. Las áreas de la organización municipal están obligadas a presentar los Planes Operativos de sus respectivas áreas, utilizando las metodologías que se describe en el Instructi- vo Nº 01-2003-MDSJL/OP, de igual manera dichas meto-dologías deben ser tomadas en cuenta para todas las fa- ses del proceso de gestión institucional y del presupuesto participativo. Quinta.- Pautas para la programación y formulación del Presupuesto Institucional 2004 de la MunicipalidadDistrital de San Juan de Lurigancho. Todas las áreas de la organización municipal en las fa- ses de programación y formulación del Presupuesto Insti-tucional deberán tomar en cuenta las pautas señaladas para cada fase en la Directiva Nº 010-2003-EF/76.01; así como deberán hacer uso de los formularios y anexos adjuntos ala misma. Sexta.- Cronograma para la programación, formula- ción y aprobación del Presupuesto Institucional 2004 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigan- cho. Todas las áreas de la organización municipal y del Gobierno Local descritas en la presente Directiva de- ben observar el siguiente cronograma para la progra-mación de sus actividades en la gestión del proceso presupuestario: 1.- Fase de preparación y organización: Hasta el 30 de setiembre del 2003. 2.- Fase de programación del 1 de octubre al 30 de oc- tubre de 2003. 3.- Fase de formulación del 1 de noviembre al 15 de noviembre de 2003. 4.- Fase de aprobación del 16 de noviembre al 15 de diciembre del 2003. El cronograma descrito anteriormente no exime a las instancias correspondientes de cumplir con la remisión de la información presupuestaria a la Municipalidad Metropo-litana de Lima, de conformidad con las fechas dispuestas en la Directiva Nº 010-2003-MEF/76.01. Sétima.- Asesoría Técnica. La Oficina de Planeamiento deberá prestar la corres- pondiente asesoría técnica a las organizaciones sociales ya las áreas de la gestión municipal que lo requieran para el cumplimiento de sus responsabilidades y actividades en la gestión del proceso del presupuesto participativo; debien-do a tal efecto señalar a la Gerencia Municipal los recursos humanos, económicos y materiales que requieran para tal fin, en caso de ser necesario. Octava.- Difusión del proceso del presupuesto par- ticipativo. La Unidad de Prensa y Difusión deberá coordinar con la Oficina de Planeamiento la elaboración y ejecución de un plan intensivo de comunicación, difusión e informaciónpara cada una de las fases del proceso del presupuesto participativo en toda la jurisdicción de la Municipalidad Dis- trital de San Juan de Lurigancho. Capítulo II De las Disposiciones Finales Primera.- Responsabilidades de los regidores miem- bros del Concejo Municipal. Los regidores miembros del Concejo Municipal tienen la responsabilidad de representar al alcalde y ejercer la coordinación política en las instancias participativas delproceso del presupuesto participativo; a tal efecto un regi- dor de la mayoría y uno de la minoría asumen la coordina- ción de una determinada Junta Vecinal Zonal y de sus res-pectivas Juntas Vecinales Comunales; así mismo asumen la coordinación en cada una de las Redes de Políticas Pú- blicas Locales.Por Acuerdo de Concejo se decidirá los regidores que asumirán la responsabilidad de la coordinación para cadauna de las instancias participativas establecidas en la pre- sente ordenanza. Segunda.- Responsabilidades de los órganos mu- nicipales. Los funcionarios a cargo de las diferentes áreas or- gánicas de la Municipalidad están obligados a cumplir con las funciones, competencias y plazos establecidos en las normas señaladas en presente ordenanza, bajoresponsabilidad. En caso de incumplimiento por parte de algunas de las áreas de la gestión municipal, la Ofi- cina de Planeamiento deberá informar de las irregulari-dades o limitaciones conducentes al cumplimiento del proceso presupuestario. Tercera.- Normas supletorias o complementarias. En todo lo no previsto en esta Ordenanza, rige de ma- nera complementaria la Directiva Nº 010-2003-EF/76.01; ysupletoriamente rigen las disposiciones legales vigentes relacionadas con la participación ciudadana y la gestión presupuestaria del Estado; para todo lo demás que no estéprevisto o sea necesario dictar normas complementarias o reglamentarias, se delega al Alcalde la facultad de dictar mediante Decreto de Alcaldía las normas, reglamentos ydisposiciones que se estimen necesarias para la eficaz par- ticipación ciudadana en el proceso del presupuesto partici- pativo. Cuarta.- Delegación de facultades para la delimita- ción de las áreas del territorio que conforman las Jun-tas Vecinales Comunales Delegar en el alcalde distrital la facultad para que me- diante Decreto de Alcaldía determine la composición defi-nitiva de las áreas del territorio que conforman las 27 Jun- tas Vecinales Comunales constituidas por la presente or- denanza, pudiendo por la norma de igual naturaleza modi-ficar su composición en los caso de mayor conveniencia para la organización de la participación ciudadana o en fun- ción a la evolución de la propia dinámica urbana, en fun-ción a los consensos de las propias comunidades y el in- forme técnico respectivo de la Gerencia de Desarrollo Ur- bano. Quinto.- Período de vigencia de la Ordenanza. La presente ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial; y mantiene su vigencia en tanto no sea modificada o deroga-da por norma de la misma naturaleza. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 16020 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Declaran nulidad de proceso de licita- ción pœblica convocado para la adquisi-ción de insumos destinados al Progra-ma del Vaso de Leche RESOLUCION DE ALCALDÍA Nº 601-2003-AL/MDSMP San Martín de Porres, 27 de agosto del 2003 VISTO, el Oficio Nº 001-2003-CE/MDSMP, del Comité Especial de la Licitación Pública Nacional Nº 002-2003-CE-PVL/MDSMP-ADQUISICION DE INSUMOS DEL PRO-GRAMA DEL VASO DE LECHE, en virtud del cual opinan