Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2003 (03/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 3 de diciembre de 2003

- Como funcion de la Division de Salud y Bienestar Social: La atencion de la Biblioteca - Como funcion de la Gerencia de Servicios Sociales: Expedir carnes de sanidad en coordinacion con el sector. Articulo Segundo.- Modifiquese el Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad Distrital de La Punta, de la siguiente manera: Incorporese los siguiente cargos:
CARGO NIVEL TOTAL CON REM. NECES. PRES.

En uso de las facultades que le confiere al Concejo Distrital de la Punta el articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades- con el MORDAZA unanime de los senores Regidores de fecha de 27 de noviembre de 2003, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Otorgar a partir del 1 al 31 de diciembre de 2003 una AMNISTIA TOTAL para los conductores de los puestos de abastos del primer piso del MORDAZA de La Punta, la cual consiste en la condonacion del 100% de los intereses moratorios generados por el atraso en el pago de la MORDAZA Conductiva y los Arbitrios Municipales. Articulo Segundo.- Establezcase, a partir de la fecha, para los conductores de los puestos de abastos, ubicados en el primer piso del MORDAZA de La Punta, el importe total a pagar de S/. 14.01 (Catorce y 01/100 Nuevos Soles) por metro MORDAZA, por concepto de arbitrios y MORDAZA conductiva. De dicho importe corresponde al pago de arbitrios la suma de S/. 19.40 (Diecinueve y 40/100 Nuevos Soles) segun a lo establecido en la Ordenanza Nº 004-99-MDLP y la diferencia por MORDAZA conductiva. El detalle de los importes a pagar por cada puesto se anexa a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Establezcase que, los conductores de los puestos de abastos ubicados en el primer piso del MORDAZA de La Punta, asumiran los gastos de mantenimiento y servicios publicos tales como, agua, luz. Articulo Cuarto.- Los conductores de puestos de abastos ubicados en el primer piso del MORDAZA de La Punta para acceder a lo establecido en lo articulos primero y MORDAZA, deberan pagar al contado o celebrar compromisos de pago por sus deudas con el Municipio, fraccionando sus deudas hasta en 36 cuotas, con una cuota inicial equivalente al 5% de la deuda insoluta y con una cuota minima de S/. 5.00. El interes compensatorio mensual a aplicar a la deuda materia de fraccionamiento, es equivalente al 80% de la Tasa de Interes Moratorio (TIM) vigente. Articulo Quinto.- El incumplimiento de pago de cuatro (4) cuotas del convenio de fraccionamiento senalado en el articulo anterior MORDAZA lugar a la resolucion del mismo. Articulo Sexto.- Establezcase el cobro de interes moratorio en caso de atraso en el pago de las cuotas establecidas en el compromiso de pago, el mismo que se generara a partir del dia siguiente a la fecha de vencimiento, cobrandose la tasa de interes moratorio que fija la Superintendencia de Banca y Seguros, sin que sea necesario incurrirlo en mora. DISPOSICION FINAL

- Gerencia de Auditoria Interna 01 Auditor - Unidad de Planificacion y Presupuesto 01 Jefe de la Unidad de Planificacion y Presupuesto - Division de Seguridad Ciudadana 01 Analista en MORDAZA y Operaciones Especiales - Departamento de Obras 01 Arquitecto o Ingeniero en Obras Publicas 01 Arquitecto o Ingeniero en Obras Privadas

SPB

01

-

SPB

01

01

SPB

01

-

SPB SPB

01 01

-

Modifiquese el nivel del cargo de Jefe del departamento de Obras el mismo que quedara de la siguiente manera:
- Departamento de Obras 01 Jefe del Departamento de Obras SPA

Articulo Tercero.- Autorizar al senor MORDAZA disponer las medidas complementarias para la actualizacion de los citados documentos de gestion y cubrir las plazas correspondientes en estricta aplicacion de las normas presupuestarias y pertinentes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administracion y Finanzas el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 22495

Otorgan amnistia total para determinados conductores de puestos de abastos de MORDAZA ubicado en el distrito
ORDENANZA Nº 038-2003-MDLP/ALC
La Punta, 28 de noviembre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA En Sesion Ordinaria de fecha de 27 de noviembre de 2003. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 29) articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad Distrital de La Punta es competente para establecer el regimen de administracion de sus bienes y rentas, asi como el regimen de administracion de los servicios publicos locales; Que, dada la coyuntura que venimos atravesando y siendo que esta Corporacion promueve el fortalecimiento de las empresas comerciales o de servicios establecidas en el distrito de La Punta, haciendo lo posible por fomentar su desarrollo; es necesario apoyar a los puestos de abasto que operan en el MORDAZA de La Punta, para lo cual es necesario disminuir los montos que hemos venido cobrando por concepto de MORDAZA conductiva. Asimismo, darles las facilidades de pago a los que vienen adeudando MORDAZA conductiva de anos anteriores; y,

Primera.- Encarguese al Jefe del Departamento de Comercializacion la revision, evaluacion, calificacion y suscripcion de los convenios de fraccionamiento y los contratos de arrendamiento que se originen en virtud a la presente ordenanza seran suscritos por el Gerente de la Gerencia de Rentas y Comercializacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 22496

SEPARATAS ESPECIALES
RECTIFICACION Informe OSINERG-GART/DDE Nº 061-2003 "Proceso de Calculo de los Costos de Conexion a la Red de Distribucion Electrica" Se precisa que la nota sobre plazo para entrega de comentarios consignada en la caratula correspondiente a la Separata Especial del documento "Proceso de Calculo de los Costos de Conexion a la Red de Distribucion Electrica" aparecida en nuestra edicion del 26 de noviembre de 2003 y cuya publicacion fue dispuesta mediante Resolucion OSINERG Nº 197-2003-OS/CD, no corresponde a aquella, por lo que debe entenderse como no puesta. 22510

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