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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (03/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G33/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de diciembre de 2003 asesoría y procuraduría para la recuperación de la deuda que tiene la Municipalidad con las Empresas Luz del Sur,Telefónica del Sur, Bellsouth y Tim; Estando a las consideraciones expuestas y a las facul- tades conferidas en el Art. 20º, inc. c) del D.S. Nº 012-2001-PCM y por los artículos 17º y 41º de la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972, el Concejo en pleno, porUnanimidad; ACUERDA:Artículo Primero .- Aprobar la exoneración del proce- so de selección correspondiente de la contratación de losservicios para la fiscalización, asesoría y procuraduría delas acreencias no tributarias que tiene la Municipalidad Dis-trital de Punta Negra, de las Empresas Luz del Sur y Tele-fónica del Perú, Bellsouth y Tim. El valor referencial a recaudar asciende a la suma de S/. 1’500,000.00 (Un Millón Quinientos Mil y 00/100 Nue-vos Soles). Artículo Segundo: Aprobar la contratación por servi- cios personalísimos de la Empresa GESTIONES Y SER-VICIOS DE INTEGRACIÓN AVANZADA MILACRON S.R.L.para la fiscalización, asesoría y procuraduría para la recu-peración de la acreencia que tiene la Municipalidad Distri-tal de Punta Negra, con las Empresas Luz del Sur, Telefó-nica del Perú, Bellsouth y Tim. Artículo Tercero .- Encargar a la Oficina de Administra- ción la realización de la contratación aprobada mediante elpresente Acuerdo, cuya fuente de financiamiento es egre-so con cargo a la fuente 09 por recursos directamente re-caudados. Artículo Cuarto .- Disponer que la Secretaría General remita a la Contraloría General de la República, dentro delos diez días calendario siguientes a la fecha de su apro-bación, copia del presente Acuerdo de los informes que losustentan. Artículo Quinto: Disponer que la Unidad de Abasteci- miento se encargue de la correspondiente publicación delpresente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ROSA PATRICIA LI SOTELO Alcaldesa 22451 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G61/G72/GE1/G63/G74/G65/G72/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G63/G74/G61/G6D/G65/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G6E/G75/G6E/G2D /G63/G69/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73 /G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G4D/G69/G78/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6C/G69/G66/G69/G63/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G79/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G2D/G74/G61/G72/G69/G6F/G73 ORDENANZA Nº 068-MDSMP San Martín de Porres, 28 de octubre de 2003EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO:El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en Se- sión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de octubre de 2003;visto el Memorándum Nº 2133-2003-GAJ/MDSMP, de laGerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 223-03-MDSMP-DPDL de la Dirección de Promoción del Desarro-llo Local; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, concordantes con el artí-culo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 27972; las Municipalidades gozan de autono-mía política, económica y administrativa; y en ese marcoes atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar ordenanzas; Que, los gobiernos locales promueven el desarrollo eco- nómico local, a través de planes y programas que dinami- cen la economía local, promuevan la formalidad, flexibili- cen y simplifiquen los procedimientos y establezcan estí- mulos e incentivos para la inversión privada, con inciden- cia en la micro y pequeña empresa; Que, mediante las Ordenanzas Nºs. 42 y 49-MDSMP, el Concejo Municipal ha definido la política institucional con relación al comercio informal en el distrito y ha apro- bado el Programa Municipal de Recuperación de Espa- cios Públicos y Desarrollo del Sector Informal (PROMREP) el mismo que contempla una estratégica concertada y de consenso que haga posible que los ac- tuales comerciantes informales del distrito de San Mar- tín de Porres, en el corto plazo pasen a constituirse en prósperos empresarios; Que, el numeral 3.2 del PROMREP; contempla la con- formación de un Comité Mixto Especial de Evaluación, para la calificación de la documentación administrativa y técni- ca de los proyectos de formalización y la elaboración de los compromisos en los que se definan los plazos y condi- ciones de la puesta en marcha de los proyectos de forma- lización y el calendario de la reubicación definitiva de los comerciantes de las vías públicas a sus puestos formales propios; Que, con este fin es necesario e indispensable que el pronunciamiento del Comité Especial Mixto de Evaluación aludido en el considerando anterior, tenga carácter de dic- tamen, de modo que sustente las Resoluciones que emita la Gerencia de Promoción del Desarrollo Económico Lo- cal; Que, asimismo, en reconocimiento a la positiva res- puesta y favorable acogida de las Asociaciones de Co- merciantes del Conglomerado Caquetá a la política de formalización y desarrollo propuesta con PROMREP, es necesario adoptar medidas complementarias para facili- tar el tránsito a la formalidad de los comerciantes, otor- gándoles incentivos y otros beneficios para su progreso y desarrollo; Estando a lo propuesto por la Gerencia de Promoción del Desarrollo Económico Local, de conformidad con la Constitución Política del Estado y en uso de las atribucio- nes conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; el Concejo por Ma- yoría, ha expedido la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA CARÁCTER DE DICTAMEN A LOS PRONUNCIAMIENTOS DE LOS FUNCIONARIOS INTEGRANTES DEL COMITÉ ESPECIAL MIXTO DE CALIFICACIÓN DE PROYECTOS DE FORMALIZACIÓN, Y OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS A ASOCIACIONES DE COMERCIANTES QUE SE ACOJAN A PROGRAMA DE FORMALIZACIÓN Artículo 1º .- Otórguese carácter de Dictamen al pro- nunciamiento que los representantes de los Órganos de la Municipalidad emitan en las reuniones del Comité Espe- cial Mixto de Calificación de los Proyectos de Formaliza- ción. Artículo 2º .- DISPONER, que el Dictamen del Comité Especial Mixto de Evaluación, y el Acta, Declaración Jura- da o Compromiso acordados en asambleas de asociados, en donde se señale fecha de reubicación definitiva, cons- tituyen requisito para la aprobación de los proyectos arqui- tectónicos, licencias de funcionamiento, regularización de deudas tributarias si las hubiera y saneamiento legal de los terrenos. Artículo 3º.- ESTABLÉZCASE, un beneficio tributario especial, para las personas jurídicas constituidas por las Asociaciones de Comerciantes Ambulantes que se acojan al Programa Municipal de Recuperación de Espacios Pú- blicos y Desarrollo del Sector Informal (PROMREP) y que suscriban los compromisos a que se refiere el artículo pre- cedente; en consecuencia, dichas Asociaciones están exo- neradas, según corresponda, del pago de los siguientes derechos: 1) Aprobación de Habilitaciones Urbanas según Ley Nº 26878. * Se exceptúa el derecho de revisión de proyectos y dietas de integrantes de la Comisión Técnica.