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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G33/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de diciembre de 2003 2) Zonificación y Vías 3) Autorización de construcción a) Licencia de obra. b) Primer control de obras c) Deterioro de pistas y veredas. * Se exceptúa el derecho de revisión de proyectos. Igualmente, gozarán de los siguientes beneficios:1) Suspensión de sanciones impuestas hasta la fecha de la presente Ordenanza por infracciones administrativas,correspondientes a los procedimientos comprendidos enel presente artículo. 2) Un año de período de gracia o exoneración del pago de la tasa de licencia de funcionamiento por obtención delCertificado Municipal de Apertura de Establecimiento Co-mercial. Artículo 4º.- EL PLAZO máximo para acogerse al be- neficio del artículo precedente, es el 31 de diciembre delpresente año. Artículo 5º.- LA EXONERACIÓN del pago de derechos, no exime de la presentación de los requisitos establecidosen el TUPA vigente de la Municipalidad. POR TANTO:Mando se registre, comunique y publique.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 22436 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G69/G6E/G73/G2D /G74/G61/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G75/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G73/G61/G67/GFC/G65/G2C/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G2D /G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G66/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G70/G61/G72/G2D /G71/G75/G65/G73/G2C/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G2C/G20/G6A/G75/G6E/G2D/G74/G61/G73/G20/G6F/G20/G63/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G73/G20/G76/G65/G63/G69/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G65/G6E/G74/G65/G73 ORDENANZA Nº 073-MDSMP San Martín de Porres, 7 de noviembre de 2003EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el pedido de los Regidores Roger Hernán Paz Puelles y Carlos Al-berto Castillo Vidalón, a efecto que se exonere del pagode derechos por instalación de conexiones domicilia-rias de agua, a favor de los vecinos que residan frentea los parques de la jurisdicción de San Martín de Po-rres, y se organicen en asociaciones, juntas o comitésde regantes;CONSIDERANDO: Que, es finalidad de los gobiernos locales representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los ser- vicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, de conformidad con el numeral 16 del Art. 82º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, es función compartida de los gobiernos locales impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales de man-tenimiento de limpieza y de conservación y mejora del or- nato local; Que, a consecuencia de la crisis económica financiera que atraviesa la corporación no se ha podido cumplir consufragar la deuda con la empresa SEDAPAL, perjudicán- dose de este modo la atención de servicio del regado de parques y jardines, más aún ante la morosidad del mayo-ría de los contribuyentes respecto al pago de arbitrios para tal fin; Que, el uso de las instalaciones de las conexiones domiciliarias de agua resulta ser una medida provisio-nal frente al referido problema, y en tal sentido es im- portante promover e incentivar a los vecinos que resi- dan en predios ubicados frente a parques, de modo quese organicen y participen activamente en el cuidado y mantenimiento de los mismos, en beneficio de la co- munidad; Que, corresponde al Concejo Municipal, a tenor de lo dispuesto por el artículo 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, crear, mo- dificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, ar-bitrios, licencias y derechos, conforme a ley; dispositivo que concuerda con el artículo 40º de la ley precitada que establece la aprobación de dichos actos medianteOrdenanza; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades con- feridas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura yaprobación de acta; se aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- EXONÉRESE, previo trámite, del pago de derechos por instalación de conexiones de agua ydesagüe, establecidos en el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos según Ordenanza Nº 005-2002, cuyo monto es de 3.5% de la UIT x par mixto, o su equivalente ala fecha de S/. 108.50 Nuevos Soles, a los contribuyentes que residan en predios frente a parques ubicados dentro de la circunscripción del distrito de San Martín de Porres,organizados en asociaciones, Juntas o Comités vecinales de regantes. Artículo Segundo.- Incorpórese en el TUPA, en la parte referente a la División de Obras Públicas y Privadas, el procedimiento para la exoneración a que se refiere el ar-tículo precedente; añadiendo el numeral 7; en la forma si- guiente: Nº Denom. del Proc. y Sustento Requisitos Dependencia donde Autoridad que Recursos Legal se inicia el trámite resuelve Impugnativos 7 Exoneración del pago por 1. Solicitud D.J. Unidad de Trámite Jef e de la Apelación derecho de instalación de 2. Copia de Resolución de Documentario División de Gerente deagua en parques y/o jardines Reconocimiento de la Obras Públicas Desarrollo públicos organización soci al y y Privadas Urbano Ley Nº 27972 Registro en el RUOS de la Municipalidad POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 22437