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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (03/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 40

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G33/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de diciembre de 2003 Que de conformidad con lo establecido en el artículo 157º / artículo 166º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-96 EF, solicito la continuación del trámite del despacho de la Declara- ción Única de Aduanas / Orden de Embarque Nº.....................................porlos siguientes m otivos:......................................................... ............................................................................................................................ .............................................................................................................................................................................................................................................. 1.- Agencia de Aduana que inició el trámite: .................................................., código de Aduana Nº..................... (Nombre) Marcar con un aspa si se encuentra: Habilitada (.....) Suspendida (.....) Cancelada (.....) 2.- Agencia de Aduana que continua el trámite: .................................................., código de Aduana Nº..................... (Nombre) 3.- Firmas ————————— ————————— —————————— Agencia Endosante Agencia Endosataria Dueño o Consignatario 4.- Adjunta copia simple de la Declaración Única de Aduanas / Orden de Embarque SI ( ) NO ( ) AUTORIZACIÓN / DENEGATORIA Por medio de la presente, se resuelve la aceptación (......) / no aceptación (......) de la continuación de trámite de despacho a favor de la Agencia de Aduana ..................................................., código de Aduana Nº .................confor- me a la delegación de facultades otorgadas mediante Resolución de Intenden-cia Nº..................... Motivos de la denegatoria: ........................................................................................................................ ........................................................................................................................ ................................................................................................................................................................................................................................................ ————————————— ————————————————— Especialista en Aduanas Intendente de Aduana o Jefe del Área SUSPENSIÓN DE PLAZO CODIGO : INT A-PE.00.05 VERSIÓN : 2VIGENCIA : /11/2003 I. OBJETIVO Establecer las pautas para la aplicación de la suspen- sión del plazo de las Declaraciones de Importación Tem- poral y Admisión Temporal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78º del Reglamento de la Ley General deAduanas. II. ALCANCE Está dirigido al personal de la Superintendencia Na- cional de Administración Tributaria - SUNAT y a los ope-radores de comercio exterior que intervienen en los regí- menes aduaneros de Importación Temporal y Admisión Temporal. III. RESPONSABILIDAD La aplicación y cumplimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad de las áreas encargadas de los regímenes de Importación y AdmisiónTemporal de las Intendencias de Aduana de la República, así como de los dueños o consignatarios, o Despachado- res de Aduana.IV. VIGENCIA A partir del /11/2003.V. BASE LEGAL- Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809 publicado del 19.4.96, su Reglamento, aprobado por De-creto Supremo Nº 121-96-EF publicado el 24.12.96 y susmodificatorias. - Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones pre- vistas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decre-to Supremo Nº 122-96-EF publicado el 24.12.96, modifica-da por Decreto Supremo Nº 027-2000-EF publicado el27.3.2000, Decreto Supremo Nº 050-2000-EF publicado el25.5.2000 y Decreto Supremo Nº 030-2001-EF publicadoel 23.2.2001. - Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF publicado el 19.8.99 ysus modificatorias. - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 publicada el 11.4.2001. - Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM publicado el 12.7.2002, que dispuso la fusión por absorción de la Su-perintendencia Nacional de Administración Tributaria cona Superintendencia Nacional de Aduanas. - Reglamento de Organización y Funciones de la Su- perintendencia Nacional de Administración Tributaria, apro-bado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM publicado el28.10.2002. - Procedimiento de Importación Temporal (INTA-PG.04).- Procedimiento de Admisión Temporal (INTA-PG.06). VI. NORMAS GENERALESEl plazo de los trámites, regímenes, operaciones y des- tinos aduaneros especiales o de excepción se suspendemientras las entidades públicas o privadas obligadas, noentreguen al interesado la documentación requerida parael cumplimiento de sus obligaciones, siempre y cuando estademora sea atribuible a dichas entidades. VII. DESCRIPCIÓNA. RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD1. El personal designado del área encargada de los re- gímenes de Importación Temporal y Admisión Temporalprocede a la recepción de las solicitudes de suspensiónde plazo, siempre que sean presentadas dentro de la vi-gencia de la garantía de la respectiva Declaración, en loscasos siguientes: a) Cuando se trate de solicitudes de suspensión de pla- zo por demora en la emisión del informe de verificación, loque se acredita con copia de la solicitud de inspección re- cibida por la empresa Verificadora. b) Cuando se trate de solicitudes de suspensión de pla- zo por procesos judiciales en los cuales se encuentre in-volucrada mercancía sujeta a los regímenes de Importa-ción o Admisión Temporal. c) Cuando se trate de solicitudes de suspensión de plazo para renovar garantías, lo que se verifica con copia deldocumento que acredite haber iniciado la tramitación de larenovación ante la entidad financiera correspondiente, den-tro del plazo de vigencia de la garantía. 2. Las solicitudes son derivadas inmediatamente al Es- pecialista en Aduanas designado por la jefatura, quien lue-go de verificar la procedencia de lo solicitado, efectúa lassiguientes acciones: Para el caso 1.a) notifica al interesado otorgándole un plazo de 30 días de suspensión computados a partir delvencimiento del régimen. Para el caso 1.b) emite el informe y proyecto de Reso- lución de Intendencia suspendiendo el plazo, hasta que seresuelva el proceso judicial. Para el caso 1.c) notifica al interesado suspendiendo el plazo hasta la emisión de dicha garantía por la entidad en-cargada, la cual debe presentarse en un plazo no mayorde cinco (5) días computados a partir del día siguiente dela fecha de emisión de la garantía; tratándose de garantíasnominales, la presentación es en el mismo plazo. 3. El Especialista en Aduanas entrega las solicitudes resueltas al personal encargado de la custodia y control