Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2003 (03/12/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

Pag. 256384

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 3 de diciembre de 2003

Establecen Regimen de Gradualidad de Multas Administrativas
ORDENANZA Nº 074-MDSMP San MORDAZA de Porres, 26 de noviembre de 2003 El MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: Visto, en la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de noviembre de 2003, el Memorandum Nº 231-2003-GAT y R-MDSMP, de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, de conformidad con los articulos 9° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; los Gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dentro de los limites establecidos por ley; Que, habiendose aprobado el MORDAZA Reglamento de Aplicacion de Sanciones, Ordenanza Nº 064-MDSMP, el 27 de octubre del presente ano, y de acuerdo a la autonomia politica, economica y administrativa que goza la municipalidad, la actual gestion ha visto por conveniente establecer un Regimen de Gradualidad de las Multas Administrativas; Estando al Informe Nº 1126-2003-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 9° y articulo 40° de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA REGIMEN DE GRADUALIDAD DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Articulo 1º.- ALCANCE Establezcase en el distrito de San MORDAZA de Porres el Regimen de Gradualidad de las Multas Administrativas aplicadas por transgredir las normas y disposiciones municipales y que consiste en lo siguiente: - Descuento del 70 % del monto de la Multa Administrativa si se cancela dentro de los 5 dias siguientes a la notificacion de la infraccion. - Descuento del 50 % del monto de la Multa Administrativa si se cancela entre el MORDAZA y decimo MORDAZA (del 6 al 15) dia de la notificacion de la infraccion. En ningun caso el monto a cancelar por la Multa Administrativa, podra ser menor a 1% de la UIT vigente. Se exceptua del beneficio otorgado por la presente Ordenanza a las Multas Administrativas aplicadas al MORDAZA del D.S. Nº 047-2001-MTC y D.S. Nº 007-2002-MTC (Codigo 16-GMA), alcanzandoles unicamente los beneficios establecidos en las referidas normas. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas, y Unidad de Imagen Institucional el cumplimiento, la difusion y publicacion de la presente ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- El acogerse a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza implica el desistimiento automatico de cualquier reclamo o recurso impugnativo que se encuentre en tramite ante la administracion, pues entiendase que las sanciones quedan extinguidas con el pago de la multa. Segunda.- Establecer el Beneficio de condonacion parcial de las multas Administrativas cuyo valor sea menor a una (1) Unidad Impositiva Tributaria (S/. 3,100.00) impuestas durante la vigencia de la ordenanza Nº 062000-MDSMP y a las infracciones impuestas hasta la fecha con la Ordenanza 64-MDSMP-2003, el cual consiste en lo siguiente:

1) Descuento del 70 % si se cancela dentro de los 20 dias siguientes a la publicacion de la presente ordenanza. 2) Descuento del 50 % si se cancela entre el Vigesimo Primer y Trigesimo dia (21 y 30 dias) siguientes a la publicacion de la ordenanza Tercera.- Las Multas Administrativas que se encuentren en MORDAZA de Cobranza Coactiva, para acogerse al Beneficio de la disposicion anterior, cancelaran previamente como pago unico por costas y gastos administrativos la cantidad de trece MORDAZA soles (S/.13.00). POR TANTO: Mando se registre, comunique y publique. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22453

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban proyectos referentes a trazado y lotizacion, pavimentacion de calzadas y aceras correspondiente a habilitacion nueva de lote Unico de MORDAZA progresivo ubicada en el distrito
RESOLUCION N° 1071-2003-RASS Expediente N°009889.2003 M-2
MORDAZA de MORDAZA, 21 de noviembre de 2003 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El petitorio de MORDAZA Albertini Abusada y Mariella MORDAZA Garrido MORDAZA, sobre Aprobacion de Habilitacion MORDAZA Nueva de MORDAZA Progresivo, del terreno de su propiedad con 1,500.00 m2, constituido por el Sublote 13B, de la Mz. "G", de la Parcelacion Semirrustica Las MORDAZA de Monterrico, ubicado con frente al Jr. El Bosque, distrito de MORDAZA de Surco; y; CONSIDERANDO: Que, la Subdireccion de Obras Privadas emite el Informe N° 278-2003-SDOPRIV-DDU-MSS (fs. 62 a 64) senalando que el administrado ha cumplido con acompanar los documentos establecidos para el presente procedimiento en el MORDAZA, que el terreno de 1,500.00 m2, se encuentra calificado para Uso Residencial de Baja Densidad R1-S en el Certificado de Zonificacion y Vias N° 019-2003-DDU/MSS de fecha 28.05.2003 (fs. 12 a 14), el Reglamento Nacional de Construcciones establece los Aportes Reglamentarios correspondientes a porcentajes del area total del lote que deben ceder las Habilitaciones Urbanas con fines de Vivienda de MORDAZA (R1-S) y en razon de que las areas de Aportes Reglamentarios estan por debajo de las areas normativas minimas correspondientes a tales equipamientos, el recurrente solicita su redencion en dinero. Efectuada la inspeccion ocular, se ha verificado que el predio materia de habilitacion es de topografia accidentada, verificadas las secciones viales, se ha constatado que la seccion vial existente es de 10.10 ml. sin embargo la seccion vial normativa es de 11.00 ml. conforme consta en el Certificado de Zonificacion y Vias N°019-2003-DDU-MSS de fecha 28.05.2003, encontrandose el predio afecto a via por 0.45 cm.; concluyendo que corresponde a la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas emitir el dictamen pertinente; Que, la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas emite Dictamen Favorable, de fecha 09.09.2003, indicando que los Aportes Reglamentarios seran redimidos en dinero (fs. 65 a 67); Estando a la normatividad contenida en la Ordenanza N° 09-99-MSS, Ley N°26878, Decreto Supremo N° 01198-MTC y Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.