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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (03/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G33/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de diciembre de 2003 enviándose los expedientes generados a la Subgerencia de Administración Documentaria y Archivo para sus fines. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al señor Alcalde para que, mediante Decreto, amplíe la vigencia y reglamente los alcances de la presente Ordenanza. Segunda.- La Gerencia Municipal, las Gerencias de Rentas y Administración, y la Subgerencia de Comunica- ción e Imagen Institucional, quedan encargadas de la ejecu- ción y difusión de la presente Ordenanza. Tercera.- Déjese en suspenso toda norma o disposi- ción que se oponga a la presente Ordenanza, durante su vigencia. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 22468 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G71/G75/G65 /G72/G65/G67/G75/G6C/GF3/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G6A/G75/G72/G61/G64/G61/G73/G20/G6D/G61/G73/G69/G76/G61/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G6C/G20/G49/G6D/G2D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C ORDENANZA MUNICIPAL Nº 075-MVES Villa El Salvador, 28 de noviembre del 2003 Visto: El Memorando Nº 330-03-OR/MVES, de fecha 20.11.2003, suscrito por la Dirección de Rentas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 069-MVES del 28.10.2003, se autorizó y reguló la presentación de las declaraciones juradas masivas, relacionadas al Impuesto Predial, en la jurisdicción de Villa El Salvador, hasta el29.11.2003; Que, mediante el documento señalado en la parte in- troductoria, la Dirección de Rentas propone la necesidadde ampliar hasta el 31 de diciembre del año en curso, la Ordenanza Municipal antes citada, con el objeto de brin- dar mayores facilidades a los contribuyentes en el propósi-to de la formalización de su propiedad predial; Estando a lo informado, contando con la opinión favo- rable de la Oficina de Asesoría Jurídica, expresada me-diante el Informe Nº 755-2003-OAJ/MVES del 21.11.2003, estando a lo previsto por los Incs. 8 y 9 del Art. 9º, así como del Art. 40º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, en concordancia con el Art. 14º de la Ley de Tributación Municipal, D. Leg. Nº 776, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal, se aprueba la siguiente; ORDENANZA: Artículo Único.- Ampliar hasta el 31.12.2003 la vigen- cia de la Ordenanza Municipal Nº 069-MVES del 28.10.2003, que autoriza y regula la presentación de lasdeclaraciones juradas masivas, relacionadas al impuesto predial, en la jurisdicción de Villa El Salvador. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME A. ZEA USCA Alcalde 22409/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G67/G69/G2D /G64/G6F/G72/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G63/G65/G72/G74/GE1/G2D/G6D/G65/G6E/G65/G73/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 068-2003-MVES Villa El Salvador, 28 de noviembre del 2003Visto: La Moción de Orden del Día, presentada por el Reg. Herrol Amanqui Sánchez; CONSIDERANDO:Que, mediante el documento señalado en la parte introductoria, el Reg. Herrol Edwin Amanqui Sánchez, hace de conocimiento haber sido invitado de manera personal a la ciudad de Lyon - Francia, a efectos de participar en el evento sobre “LA CUMBRE MUNDIAL DE LAS CIUDADES Y AUTORIDADES LOCALES EN LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN”, a desarrollar- se los días 4 y 5 de diciembre del año en curso; tenien- do como objetivo facilitar la consideración de las pers- pectivas especificas de las ciudades, mediante la cum- bre mundial de los Jefes de Estado y de Gobiernos; Que, asimismo, dicho Regidor participará además en los eventos “FORO MUNDIAL DE LOS PUEBLOS INDÍ- GENAS Y LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN”, que se realizará a partir del 8 hasta el 10 de diciembre del año en curso y en “LA CUMBRE MUNDIAL DE LA SO- CIEDAD DE LA INFORMACIÓN”, que se llevará a cabo a partir del 10 hasta el 12 de diciembre del año en curso, los mismos se llevarán a cabo en la ciudad de Ginebra - Suiza; Que, es importante considerar la participación del Re- gidor de esta Municipalidad a dichos eventos, los mismos que tratarán temas relativos a la escuela, futuro de la so- ciedad del conocimiento, gestión de la ciudad y democra- cia local; por lo que resulta pertinente autorizar el viaje, en calidad de Comisión de Servicios del Regidor antes men- cionado; Estando a lo solicitado, en uso de las atribuciones con- feridas por los Arts. 39º y 41º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 27972 y contando con el Voto Mayoritario del Concejo Municipal, se expide el siguiente; ACUERDO:Artículo 1º.- Aprobar el uso de licencia personal del Reg. HERROL EDWIN AMANQUI SÁNCHEZ, entre el 2 al 13 de diciembre del año en curso, a efectos de ausentarse del distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima - Perú, participar en los siguientes eventos “LA CUMBRE MUNDIAL DE LAS CIUDADES Y AUTORIDA- DES LOCALES EN LA SOCIEDAD DE LA INFORMA- CIÓN”, a realizarse en la ciudad de Lyon - Francia; “FORO MUNDIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y LA SOCIE- DAD DE LA INFORMACIÓN” y “LA CUMBRE MUNDIAL DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN”, a realizarse en la ciudad de Ginebra - Suiza. Artículo 2º.- Encargar al mencionado Regidor para que en la agenda a desarrollar, promueva acciones y ac- tividades para el hermanamiento de ciudades y de co- operación a favor de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador. Artículo 3º.- La autoridad antes mencionada debe- rá presentar bajo responsabilidad un Informe documen- tado, como del cumplimiento de las acciones materia de la presente Comisión de Servicios, en un plazo no mayor de 15 días, contados a partir de su reincorpora- ción. Artículo 4º.- Precisar que dicha participación no irro- gará gasto alguno a la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME A. ZEA USCA Alcalde 22408