Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2003 (03/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 3 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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General y facultad expresa prevista en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, articulo 20°, numeral 6; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de conformidad con los Planos signados con el N°074.01-2003-SDOPRIV-DDUMSS y N° 074.02-2003-SDOPRIV-DDU-MSS los Proyectos referentes a Trazado y Lotizacion, pavimentacion de calzadas y aceras correspondientes a la Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico de MORDAZA Progresivo, para Uso Residencial de Baja Densidad R1-S, en el terreno de 1,500.00 m2 de propiedad de MORDAZA Albertini Abusada y Mariella MORDAZA Garrido MORDAZA, constituido por el Sublote 13-B, de la Mz. "G", de la Parcelacion Semirrustica Las MORDAZA de Monterrico, ubicado con frente al Jr. El Bosque, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- CONSIDERAR de MORDAZA Progresivo la presente Habilitacion MORDAZA, dejandose diferida la ejecucion de la obra de pavimentacion correspondiente a la vereda y berma del Jr. El Bosque, para ser ejecutada por MORDAZA Albertini Abusada y Mariella MORDAZA Garrido MORDAZA en el plazo MORDAZA de diez (10) anos contados a partir de la notificacion de la presente Resolucion, teniendo en cuenta lo siguiente: DISENO URBANO.- Encontrandose el terreno de 1,500.00 m2 en un Area de Estructuracion MORDAZA III, el Cuadro de Areas que se aprueba es el siguiente: Area Bruta Total Area para Vias Area Util 1,500.00 m2 22.05 m2 1,477.95 m2

Articulo Tercero.- DISPONER quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA la obligacion de los propietarios de cancelar los deficit de aportes reglamentarios, que seran redimidos en dinero, MORDAZA de la Recepcion de Obras y en consecuencia queda en garantia el Lote Unico. Los Deficit para Recreacion Publica de 60.00 m2 y para Otros Fines de 15.00 m2 deben ser valorizados y cancelados en la Municipalidad de MORDAZA de Surco; para Parques Zonales de 90.00 m2 en SERPAR-LIMA y para el Ministerio de Educacion de 30.00 m2 en dicho Ministerio. Articulo Cuarto.- DISPONER que MORDAZA Albertini Abusada y Mariella MORDAZA Garrido MORDAZA efectuen la publicacion de esta Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cinco dias utiles contados a partir del dias siguiente de notificados; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Articulo Quinto.- REMITIR los presentes actuados administrativos en MORDAZA certificada a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para su verificacion de acuerdo a Ley. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Direccion de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subdireccion de Obras Privadas el cumplimiento de los articulos precedentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 22494

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Aprueban Amnistia Tributaria y Administrativa en el distrito
ORDENANZA Nº 108/MDS
Surquillo, 1 de diciembre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, preceptua que las Municipalidades Provinciales son los gobiernos locales con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa, la que ejerce a traves de Ordenanzas con rango de Ley, conforme se establece en el MORDAZA numeral del articulo 200º de la referida Carta Magna; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972 senala que las Ordenanzas de las municipalidades distritales en la materia de su competencia son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueban las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, entre ellas, la creacion, modificacion, supresion o exoneracion de contribuciones y tasas, dentro de los limites establecidos por la Ley, correspondiendo al Concejo Municipal su aprobacion, de acuerdo al articulo 9º numeral 8) del mismo cuerpo legal; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 28º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, la Administracion Tributaria exigira el pago de la deuda tributaria que esta constituida por el tributo, las multas y los intereses los cuales comprenden el interes moratorio por el pago extemporaneo del tributo a que se refiere el articulo 33º del Codigo Tributario, el interes moratorio aplicable a las multas a que se refiere el articulo 181º del precitado Codigo y el interes por aplazamiento y/o fraccionamiento de pago previsto en el articulo 36º del Codigo acotado;

Aportes Reglamentarios.- El Reglamento Nacional de Construcciones, concordante con la Ordenanza N°292MML para Habilitaciones Urbanas con fines de Vivienda R1-S, establece los aportes Reglamentarios que deben cumplir al proyectar una Habilitacion MORDAZA, en aplicacion a los porcentajes de Aportes Reglamentarios que corresponden al area de 1,500.00 m2 son: APORTE REGLAMENTARIO Recreacion Publica Parques Zonales Ministerio de Educacion Otros Fines TOTAL Segun R.N.C. Segun % R.N.C. m2 4 60.00 6 90.00 2 30.00 1 15.00 13 195.00

En atencion a que las areas de aportes estan por debajo de las areas normativas minimas correspondientes a tales equipamientos, los administrados deberan solicitar su redencion en dinero. PAVIMENTOS.- Las caracteristicas de las obras de Pavimentacion seran las siguientes: Aceras.- Seran de concreto de calidad de f'c =175 kg/cm 2 de 0.10 m. de espesor y construidas sobre un terraplen de material seleccionado de buena calidad y debidamente nivelado y compactado. El acabado sera con mezcla de cemento y MORDAZA fina, preparado en proporcion 1:2 y de un centimetro de espesor, brunado cada 1.00 metro y con juntas cada cinco metros. El desnivel de la acera con relacion a la calzada terminada sera de 0.20 m. Los radios de los abanicos en las esquinas seran de 6.00 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construira un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. x 0.45 m. minimo. Deberan ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera de que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sardinel; la calidad de concreto sera de f'c =175 kg/cm2. Bermas.- Las bermas laterales quedaran en tierra chacra, compactada y nivelada, con arboles cada 12.00 m. en pozas de concreto.

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