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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (12/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G39/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de diciembre de 2003 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G49/G46 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G56/G49/G49/G49/G20/G50/G6C/G65/G6E/G6F/G20/G64/G65/G52/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G41/G46/G49/G53/G55/G44/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G2D /G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 364-2003-PCM Lima, 11 de diciembre de 2003 Visto, el Oficio UIF-345-2003 del Director Ejecutivo de la Unidad de Inteligencia Financiera - UIF; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27693, modificada por Ley Nº 28009, se creó la Unidad de Inteligencia Financiera - Perú, encargada del análisis, el tratamiento y la transmisión deinformación para prevenir y detectar el lavado de dinero o activos, con pliego presupuestal adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica - GAFISUD, mediante Carta de fecha 3 de diciembre de 2003, ha cursado invitación al Director Ejecutivo de la Unidad deInteligencia Financiera - Perú, a fin que participe como Coordinador Nacional por el Perú, en el "VIII Pleno de Re- presentantes de GAFISUD", a realizarse los días 18 y 19de diciembre de 2003, en la ciudad de Buenos Aires, Re- pública de Argentina; Que, el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica - GA- FISUD es una organización intergubernamental de base regio- nal que agrupa a los países de América del Sur para combatir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, a través delcompromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra ambos temas y la profundización en los distintos meca- nismos de cooperación entre los países miembros, siendo elPerú uno de sus nueve países miembros; Que, la naturaleza de la labor de la Unidad de Inteli- gencia Financiera - UIF se desarrolla en un ámbito de tra-bajo, apoyo y colaboración tanto nacional como internacio- nal, teniendo entre sus funciones según lo estipulado en el inciso 6 del artículo 3º del Reglamento de la Ley que creala Unidad de Inteligencia Financiera, aprobada por Decre- to Supremo Nº 163-2002-EF, suscribir convenios de co- operación con organismos extranjeros de similar naturale-za y/o con instituciones públicas o privadas nacionales o extranjeras, que resulten necesarios para el cumplimiento de su fines; por lo que siendo que estos organismos parti-ciparán en el referido pleno, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje del funcionario invitado con la finalidad que participe en la reunión referi-da; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27693 modificada por la Ley Nº 28009, el Decreto Supremo Nº163-2002-EF, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 017-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Antonio Hamann Pastorino, Director Ejecutivo de la Unidad de In-teligencia Financiera - UIF, a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 17 al 19 de diciembre de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de lapresente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, se efectuarán con cargo al Plie-go Presupuestal Unidad de Inteligencia Financiera - UIF, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 479.70 Viáticos US$ 600.00 Tarifa CORPAC US$ 28.24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario designadoen el artículo 1º de la presente Resolución, deberá presen- tar a su institución un informe detallado describiendo lasacciones realizadas durante el viaje, así como rendición de cuentas documentada por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otor- gará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro del Interior, encargado del despacho de la Presidenta del Consejo de Ministros, según Resolución Suprema Nº 356-2003-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior Encargado del Despacho de laPresidencia del Consejo de Ministros 23190 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 096-2003-PCM Mediante Oficio Nº 462B-2003-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 096-2003-PCM, publicado en nuestra edición del día 5 de diciembre de 2003, en la pági-na 256477. Artículo 1º.- Del proceso de reorganizaciónDICE: Precísese que el proceso de fusión por absorción re- gulado por los Decretos Supremos Nº 060-2003-PCM y Nº 079-2003-PCM, se encuentra incluido en el proceso dereorganización del sector Mujer y Desarrollo Social confor- me a la Ley Nº 27779. (...) DEBE DECIR: Establézcase que el proceso de fusión por absorción regulado por los Decretos Supremos Nº 060-2003-PCM y Nº 079-2003-PCM, se encuentra incluido en el proceso dereorganización del sector Mujer y Desarrollo Social confor- me a la Ley Nº 27779. (...) 23176 AGRICULTURA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/GED/G72/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65 /G4D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G61/G73/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0852-2003-AG Lima, 10 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 506-2003-AG del 9 de junio del 2003, se constituyó y conformó el Círculode Mejora de la Calidad del Gasto en el Ministerio de Agri- cultura, conforme a lo dispuesto por el artículo 5º del De- creto Supremo Nº 062-2003-EF; Que, la funcionaria designada para presidir el Círcu- lo de Mejora de la Calidad del Gasto en el Ministerio de Agricultura, al igual que otro integrante del mismo, handejado de prestar sus servicios en la entidad, por lo que, resulta necesario modificar la conformación del mencio-