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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (18/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G35/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de diciembre de 2003 postulantes evaluados como aptos para ascenso, para cu- brir el número de vacantes para ascenso de Nivel Magiste-rial ofrecidas en función de la disponibilidad del Presupuestodel Sector Público 2004. Dichos ascensos se harán efectivos a partir del 1 de abril de 2004. Artículo 2º.- Disponer que las Unidades de Gestión Educativa Local, en base a la información que obra en losarchivos oficiales y la información documentada propor-cionada por los interesados, complete la elaboración de lalista de los docentes que están aptos para postular al as-censo de Nivel Magisterial por reunir el requisito mínimode cinco años en su actual Nivel. La indicada lista seráaprobada por Resolución Directoral del titular de la Unidadde Gestión Educativa Local, correspondiente, a más tar-dar el día 31 de diciembre de 2003. Una segunda y últimalista podrá ser aprobada por una segunda Resolución Di-rectoral del titular de la Unidad de Gestión Educativa Localcorrespondiente, en el mes de enero de 2004, para aque-llos postulantes cuyos expedientes no pudieron ser com-pletados en el mes de diciembre 2003. Artículo 3º.- Autorizar al Viceministro de Gestión Pe- dagógica para dictar las disposiciones que resulten nece-sarias para implementar la convocatoria del Concurso deAscenso de Nivel Magisterial, de acuerdo con lo dispuestopor la presente Resolución y para proponer las normascomplementarias que se requieran. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación 23624 ENERGÍA Y MINAS /G52/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G20/G63/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G4D/G69/G6E/G65/G72/G61/G20/G43/G6F/G72/G6F/G6E/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 641-2003-MEM/DM Lima, 2 de diciembre de 2003 VISTA: La solicitud de reconocimiento de la servidum- bre convencional de electroducto y de paso para la instala-ción de líneas de transmisión y una subestación eléctricasobre un área de 599,76 metros cuadrados, presentadapor Sociedad Minera Corona S.A., persona jurídica inscri-ta en el Asiento 17 de la Ficha Nº 40033 del Libro de So-ciedades Contractuales y Otras Personas Jurídicas del Re-gistro Público de Minería; CONSIDERANDO: Que, Sociedad Minera Corona S.A., concesionaria de generación de energía eléctrica, en mérito de la Resolu-ción Suprema Nº 163-2001-EM de fecha 24 de octubre de2001, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbreconvencional de electroducto y de paso para la instalaciónde líneas de transmisión y una subestación eléctrica sobreun área de propiedad particular, ubicada en el distrito deSan Mateo, provincia de Huarochirí, departamento de Lima,según las coordenadas UTM que figuran en el ExpedienteNº 21123702; Que, la concesionaria ha acreditado que ha celebrado un convenio de servidumbre de electroducto y de pasosobre un área de 599,76 metros cuadrados para la instala-ción de líneas y una subestación eléctrica con la EmpresaMinera del Centro del Perú S.A., propietaria del predio in-volucrado, conforme consta en el testimonio de la Escritu-ra Pública extendida el 6 de noviembre de 2001 ante elNotario de Lima, Dr. Alfredo Paino Scarpati, cuya copiaobra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Con- cesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº009-93-EM, establece que los concesionarios que acredi-ten la existencia de servidumbre convencional para el de-sarrollo de las actividades eléctricas, como es el presentecaso, pueden solicitar al Ministerio el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencio-nal las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Re-glamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el inciso b) del artículo 110º y siguientes de la Leyde Concesiones Eléctricas; y, el artículo 220º y siguientesde su Reglamento; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de ha- ber verificado que la peticionaria ha cumplido con los re-quisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 166-2003-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto en el artículo 217º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RECONOCER a favor de la concesión definitiva de generación de la que es titular Sociedad Mine-ra Corona S.A., la servidumbre convencional de electro-ducto y de paso para la instalación de líneas de transmi-sión y una subestación eléctrica sobre un área de 599,76metros cuadrados en el bien de propiedad de EmpresaMinera del Centro del Perú S.A., ubicada en el distrito deSan Mateo, provincia de Huarochirí, departamento de Lima,constituida mediante Escritura Pública extendida el 6 denoviembre de 2001, en los términos y condiciones estipu-lados en la misma. Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reco- nocida en el artículo que antecede, las normas de seguri-dad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normastécnicas pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 23177 INTERIOR /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G50/G45/G52/G2F /G30/G31/G2F/G30/G33/G31/G20/G22/G41/G70/G6F/G79/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4D/G6F/G64/G65/G72/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/GE9/G63/G2D /G6E/G69/G63/G6F/G2D/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C /G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0641-2003-IN-0301 Lima, 15 de diciembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 011-2002-IN del 14 de enero de 2002, se aprobó el Convenio suscrito entre elMinisterio del Interior y el Programa de las Naciones Uni-das para el Desarrollo (PNUD), para la ejecución del Pro-yecto PER/01/031 "Apoyo a la Modernización Técnico -Administrativa del Ministerio del Interior"; Que, con Resolución Suprema Nº 0151-2003-IN del 11 de abril de 2003, se aprobó la Adenda Nº 01, de fecha 28de febrero de 2003, al Convenio suscrito entre el Ministeriodel Interior y el Programa de las Naciones Unidas para elDesarrollo (PNUD) para la implementación del ProyectoPER/01/031 "Apoyo a la Modernización Técnico - Admi-nistrativa del Ministerio del Interior", mediante la cual seamplía la vigencia del referido Convenio hasta el 31 dediciembre de 2004; Que, mediante Oficio Nº 807-2003-IN/0103 del 27 de octubre de 2003, el Despacho Viceministerial solicita a laDirección General de la Unidad Ejecutora 001: OficinaGeneral de Administración del Pliego 007: Ministerio delInterior, emita opinión sobre la factibilidad presupuestal parala transferencia de US$ 40,855.00 al Programa de las Na-ciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), a fin de cumplircon obligaciones y compromisos en el marco del ProyectoPER/01/031 "Apoyo a la Modernización Técnico - Admi-nistrativa del Ministerio del Interior"; Que, a través del Oficio Nº 3213-2003-IN-0503 del 6 de noviembre de 2003, la Dirección General de la Unidad Eje-cutora 001: Oficina General de Administración del Pliego