Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2003 (18/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 18 de diciembre de 2003

- Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion; - Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de Administracion del Ministerio de la Produccion; - Sr. MORDAZA Rizo Patron MORDAZA, representante de la Sociedad Nacional de Pesqueria; - Sr. MORDAZA MORDAZA Ribaudo MORDAZA, representante de la Sociedad Nacional de Pesqueria; - MORDAZA Sierralta MORDAZA, representante de la Sociedad Nacional de Pesqueria; - Sr. MORDAZA De Marzi Marcenaro, representante de SGS del Peru S.A.C.; - Sr. MORDAZA MORDAZA Bustios, representante de SGS del Peru S.A.C.; - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de SGS del Peru S.A.C. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion 23617

Articulo 1º.- Aprobar el Contrato de Prestacion de Servicio de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, entre la Empresa SGS del Peru S.A.C. y los Titulares de los Establecimientos Industriales Pesqueros - EIP, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Establecer que el Contrato aprobado, debera ser suscrito en un plazo no mayor de 10 dias habiles, contados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Los Establecimientos Industriales Pesqueros - EIP que no cumplan con las obligaciones senaladas en los Contratos de Prestacion de Servicio de Vigilancia y Control, seran pasibles de las sanciones administrativas y medidas cautelares senaladas en los Articulos 6º y 8º del Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion CONTRATO PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LA PESCA Y DESEMBARQUE EN EL AMBITO MARITIMO Conste por el presente documento, el CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS, que celebran de una parte, ................................................................., identificado con DNI Nº ........................., en representacion de ..................................................., con RUC Nº ..................., debidamente inscrita en ..........................., con domicilio legal en ......................, a quien en lo sucesivo se denominara LA EMPRESA; y de la otra par te, ......................................................, identificado con DNI Nº ................, en representacion de ............................., con RUC Nº ..................., debidamente inscr MORDAZA en ......................................................................, con domicilio legal en ......................, a quien en lo sucesivo se denominara EL ESTABLECIMIENTO; en los terminos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: BASE LEGAL 1.1 Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; 1.2 Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca; 1.3 Decreto Supremo Nº 006-2002-PE, Medidas sobre construcciones ilegales de embarcaciones pesqueras, actividades extractivas sin permiso de pesca e incremento ilegal de capacidades de bodega; 1.4 Decreto Supremo Nº 008-2002-PE, "Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuicolas, y sus modificatorias y ampliatorias; 1.5 Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo"; 1.6 Resolucion Ministerial Nº 394-2003-PRODUCE, "Terminos de Referencia para la Seleccion de Empresas que se encargaran de la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", y sus modificatorias. CLAUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES 2.1 Mediante Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, se creo el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", cuyo objetivo general es combatir la pesca ilegal de recursos hidrobiologicos del ambito maritimo, de entes que no cuentan con permisos de pesca, o contando con dicho derecho, capturan recursos no autorizados, asi como aquellos que teniendo permiso de pesca descargan un volumen mayor al autorizado. 2.2 Con Resolucion Ministerial Nº 394-2003-PRODUCE, se aprobaron los "Terminos de Referencia para la Seleccion de Empresas que se encargaran de la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo". 2.3 La Comision constituida por el Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, ha seleccionado a LA EMPRESA, que se encargara del "Programa de Vigi-

Aprueban Contrato de Prestacion de Servicio de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo entre SGS del Peru S.A.C. y titulares de los Establecimentos Industriales Pesqueros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 504-2003-PRODUCE MORDAZA, 17 de diciembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, se creo el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", cuyo objetivo general es combatir la pesca ilegal de recursos hidrobiologicos del ambito maritimo, con el uso de embarcaciones que no cuentan con permisos de pesca, o contando con dicho derecho administrativo capturan recursos no autorizados, asi como aquellos que teniendo permiso de pesca descargan volumenes mayores al autorizado; Que, con Resolucion Ministerial Nº 394-2003-PRODUCE y sus modificatorias Resoluciones Ministeriales Nºs. 408, 419 y 456-2003-PRODUCE, respectivamente, se aprobaron los "Terminos de Referencia para la Seleccion de Empresas que se encargaran de la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 490-2003PRODUCE de fecha 12 de diciembre de 2003, se aprobo la suscripcion del Convenio para la ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo" entre el Ministerio de la Produccion y la Empresa SGS del Peru S.A.C., Que, el numeral 3.9 de los "Terminos de Referencia para la Seleccion de las Empresas que se encargaran de la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", establece que la prestacion del servicio de vigilancia y control y su pago respectivo seran de exclusiva responsabilidad de la Empresa Seleccionada y los titulares de los Establecimientos Industriales Pesqueros - EIP, para lo cual es necesario uniformizar y aprobar el Contrato MORDAZA de dicha Prestacion de Servicio, en salvaguarda del cumplimiento del Programa de Vigilancia y Control; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27789, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE; y, en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y modificatoria;

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