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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (30/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G36/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 30 de diciembre de 2003 Artículo 4º.- El Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o términode la Misión Diplomática, sin exceder el período total es- tablecido. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 24119 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G67/G61/G72/G61/G6E/G74/GED/G61 /G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G65/G6E/G64/G65/G75/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G20/G61/G63/G6F/G72/G64/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G42/G49/G44/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G42/G49/G52/G46._ DECRETO SUPREMO Nº 194-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha ges- tionado dos operaciones de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID y el BancoInternacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, cada una hasta por US$ 45 000 000,00 (CUARENTA Y CIN- CO MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), conel fin de financiar parcialmente el “Programa de Trans- porte Urbano de Lima Metropolitana - Subsistema Norte Sur”; Que, el literal d) del artículo 5º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que los go- biernos regionales y locales sólo podrán asumir endeuda-miento público externo con el aval o garantía del Estado; Que, mediante el artículo 17º de la Ley Nº 27881, modificada por la Ley Nº 28045, Ley de Endeudamien-to del Sector Público para el Año Fiscal 2003, se au- toriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de endeudamiento externo hasta por unmonto equivalente a US$ 2 200 000 000,00 (DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AME- RICANOS); Que, asimismo, la Novena Disposición Comple- mentaria de la referida ley, autoriza al Gobierno Na- cional a garantizar operaciones de endeudamientopara el financiamiento de inversiones de los gobier- nos regionales y locales para su desarrollo y servi- cios comunales que en conjunto no superen la sumade US$ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MI- LLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) del monto aprobado en el literal b) del artículo antes ci-tado; Que, en el marco de la citada autorización, el Go- bierno Nacional garantizará las operaciones de en-deudamiento externo que acuerde la Municipalidad Metropolitana de Lima con el BID y el BIRF antes descritos, con cargo al subprograma Sectores Socia-les; Que, según se faculta en el artículo 5º de la ley referi- da, mediante Resolución Ministerial Nº 573-2003-EF/75,se designó al Banco de la Nación como agente financie- ro del Estado en relación a las operaciones antes des- critas; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima creará un fideicomiso, destinado al pago de las operaciones de endeudamiento externo que concertará con el BID y conel BIRF, así como mecanismo de garantía a favor del Mi- nisterio de Economía y Finanzas; Que, se ha considerado conveniente que el Banco de la Nación sea el fiduciario del fideicomiso, siendo para ello necesario facultarlo para tal efecto;Que, las operaciones de garantía referidas han cum- plido con los requisitos establecidos en el artículo 6º dela Ley Nº 27881, modificada por la Ley Nº 28045; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Crédito Público y la Oficina Ge-neral de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en lo que respecta a la disponibilidad presupues- taria de la contrapartida nacional requerida para el pre- sente caso, la Dirección Nacional del Presupuesto Pú- blico del Ministerio de Economía y Finanzas señala queésta será cubierta con recursos propios de la Municipa- lidad Metropolitana de Lima; Que, asimismo, la Contraloría General de la Re- pública ha informado previamente sobre las citadas operaciones, en aplicación del literal l) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Le- gislativo Nº 5, en la Ley Nº 27783 y en la Ley Nº 27881, modificada por la Ley Nº 28045; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el otorgamiento de la garan- tía del Gobierno Nacional a la operación de endeuda- miento externo a ser acordada entre la Municipalidad Me-tropolitana de Lima y el Banco Interamericano de Desa- rrollo - BID, hasta por la suma de US$ 45 000 000,00 (CUARENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓLARESAMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el “Programa de Transporte Urbano de Lima Metropolitana - Subsistema Norte Sur”. La operación de endeudamiento externo con el BID será cancelada por la Municipalidad Metropolitana de Lima en un plazo de veinticinco (25) años contados apartir de la firma del contrato respectivo, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible igua- les, venciendo la primera cuota a los sesenta (60)meses de la firma del contrato respectivo. La referida operación de endeudamiento externo devengará una tasa de interés LIBOR a tres (3) meses más un mar-gen a ser determinado por el BID de acuerdo con su política de operaciones. La operación de endeudamiento externo estará su- jeta a una comisión de crédito de 0,25% anual sobre los saldos del préstamo no desembolsados, pudien- do ser modificada semestralmente por el BID sin queexceda el 0,75% anual. Durante el período de des- embolsos, no habrá comisión de inspección y vigi- lancia, salvo que el BID la restituya, en cuyo caso nopodrá cobrarse en un semestre determinado más del 1% del monto del financiamiento, dividido por el nú- mero de semestres comprendidos en el plazo origi-nal de desembolsos. Artículo 2º.- Apruébase el otorgamiento de la garan- tía del Gobierno Nacional a la operación de endeuda-miento a ser acordada entre la Municipalidad Metropoli- tana de Lima y el Banco Internacional de Reconstruc- ción y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US$ 45 000000,00 (CUARENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓ- LARES AMERICANOS), destinada a financiar parcial- mente el “Programa de Transporte Urbano de Lima Me-tropolitana - Subsistema Norte Sur”. La operación de endeudamiento externo con el BIRF será cancelada por la Municipalidad Metropolitana deLima en treinta (30) cuotas semestrales y consecutivas, venciendo la primera cuota el 1 de mayo de 2009 y la última el 1 de noviembre de 2023. La referida operaciónde endeudamiento externo devengará una tasa de inte- rés LIBOR a seis (6) meses más un margen fijo a ser determinado por el BIRF. La operación de endeudamiento externo estará suje- ta una comisión de compromiso respecto de los saldos no desembolsados del 0,85% anual hasta el cuarto añoy 0,75% anual en lo sucesivo, así como una comisión de financiamiento del 1% sobre el monto del préstamo.