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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (30/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G36/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 30 de diciembre de 2003 lancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacus- tres, el cual quedará redactado como sigue: "I-010116 Los Prácticos a partir de los 65 años de edad, para mantener la vigencia de su Licencia, deberán aprobar cada SEIS (6) meses un examen médico y una pruebade aptitud física y psicológica, de conformidad a las disposiciones emitidas por la Dirección General." Artículo 3º.- Informe Dentro de los 60 días útiles siguientes a la publica- ción del presente Decreto Supremo, el Ministerio de De-fensa en coordinación con el Instituto Nacional de De- fensa de la Competencia y de la Protección de la Propie- dad Intelectual - INDECOPI, presentará un informe a laPresidencia del Consejo de Ministros en el que se pro- pongan las modificaciones normativas que resulten per- tinentes para simplificar el procedimiento para la obten-ción de licencia como práctico marítimo, así como para ascender de categoría una vez obtenida esta última. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- nueve días del mes de diciembre del dos mil tres. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 24220 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G6D/G69/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G61 /G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G65/G20/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G61/G6E/G64/G61/G6E/G2D/G74/G65/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 529-2003-DE/MGP Lima, 29 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el señor Vicealmirante José Luis NORIEGA Lo- res ha sido designado Comandante General de la Mari- na de Guerra del Perú; Que, el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 752, Ley de Situación Militar de los Oficiales del Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea y el Artículo 26º de la Ley Nº27860, Ley del Ministerio de Defensa, establecen que al Comandante General de la Marina se le otorga mientras desempeña el cargo la denominación distintiva de Almi-rante, ostentando los distintivos correspondientes; Que, en consecuencia, es pertinente otorgar al cita- do señor Vicealmirante la denominación distintiva deAlmirante; Estando a lo acordado con el señor Ministro de De- fensa; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar, al señor Vicealmirante José Luis NORIEGA Lores, a partir del 1 de enero del 2004, la denominación distintiva de Almirante, mientras ejerza elcargo de Comandante General de la Marina de Guerra del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 24113 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G6F/G20/G41/GE9/G72/G65/G6F/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61 /G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G75/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G49/G74/G61/G6C/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2074-2003-DE/FAP-CP Lima, 12 de diciembre de 2003CONSIDERANDO: Que, la Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º inciso f) ha previsto entre sus funciones, la de parti- cipar y fomentar la implementación de políticas yacuerdos internacionales, destinados a garantizar la defensa regional y seguridad hemisférica; Que, la concepción contemporánea de seguridad y defensa nacional tiene directa relación con los te- mas de política exterior, en el contexto de sistemas de seguridad colectiva en el ámbito regional y de se-guridad cooperativa en el ámbito hemisférico; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento dela implementación de políticas y acuerdos bilatera- les o multilaterales destinados a garantizar la defen- sa regional y la seguridad hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desa- rrollen sus actividades en el marco del accionar con-junto e interoperativo, en observancia de los están- dares internacionales en la misión constitucional con- ferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atención a los lineamientos que en mate- ria militar han sido diseñados por la Organización de las Naciones Unidas y la Organización de EstadosAmericanos, reviste importancia la interrelación en el ámbito castrense, la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad Hemisférica de la OEA; Que, en el Informe Final de la Comisión para la Reestructuración Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Resolución Suprema Nº 038-DE/SGincluye un Capítulo relacionado a “Aspectos de Polí- tica Exterior en relación a la Defensa Nacional“ en el que se hace referencia entre otros a la importanciade un sistema colectivo de seguridad regional; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Misión y actúan como asesores de éste, en todanegociación y gestión que competa a su especializa- ción, debiendo cumplir además las instrucciones que les impartan, entre las que deben destacarse las se-ñaladas en los considerandos precedentes; Que, es necesario nombrar en Misión Diplomática al Personal Militar de la Fuerza Aérea del Perú , para que preste servicios en la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en la República Italiana; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG de fecha 21 de junio de 2001 y la Re- solución Ministerial Nº 1062-DE/CCFFAA de fecha 1de diciembre de 1994, regulan los conceptos que se abonan al personal militar y civil de las Fuerzas Ar- madas que viaja al exterior en Misión Diplomática; Estando a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea;