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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2003 (08/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 236670 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de enero de 2003 loría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decre- tos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Públi- co a cargo de los Asuntos Judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre y repre- sentación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra las personas comprendidas enel informe de vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 00234 Autorizan a procuradora iniciar accio- nes legales contra presuntos responsa-bles de daæo económico ocasionado alINADE RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 342-2002-CG Lima, 30 de diciembre de 2002 Vistos, el Informe Especial Nº 220 -2002-CG/SS, resul- tante del Examen Especial efectuado al Instituto Nacio- nal de Desarrollo - INADE, correspondiente al períodoEne.1998 a Dic.2000 y hechos posteriores; CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, ha efectuado un Examen Especial al Instituto Nacional deDesarrollo - INADE, en cumplimiento del Plan Anual de Auditoría del año 2001 de la ex Gerencia de Control de Proyectos de Inversión, actual Gerencia de Sector Socialy Medio Ambiente; Que, la Comisión Auditora ha determinado que de acuerdo a la escala remunerativa, aprobada por DecretoSupremo Nº 112-95-EF de 18 de julio de 1995 para los funcionarios y servidores del Instituto Nacional de Desa- rrollo - INADE, el nivel remunerativo del cargo de Asesores equivalente al de Subgerente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-99-EF de 21 de abril de 1999, se aprobó un aumento salarial de 31.7%como máximo para el personal del INADE; no obstante lo cual la entidad incrementó el nivel remunerativo del cargo de Asesor en 75.6%, al haberlo equiparado al deGerente, sin contar con sustento legal válido; generándo- se en el período 1999-2001, un pago en exceso de dos- cientos cuatro mil setecientos noventiuno y 80/100 nue-vos soles (S/. 204 791,80); Que, los hechos descritos denotan la existencia de daño económico cierto e indubitable al patrimonio delEstado, que no es posible recuperar en la vía administra- tiva, teniendo en cuenta que los funcionarios cuestiona- dos ya no laboran en la entidad, debiendo ser resarcidode conformidad a lo establecido en el artículo 1321º del Código Civil; Que, conforme lo dispuesto en la Segunda Disposi- ción Transitoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de julio del2002, el proceso integral de control iniciado antes de la entrada en vigor de esta Ley, se regirá por la normativa anterior hasta su conclusión; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con- trol y de la Contraloría General de la República, constitu-ye atribución de este Ente Técnico Rector, dispone el ini- cio de las acciones legales pertinentes en forma inme- diata, por parte del Procurador Público, en los casos enque en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargode los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivascontra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de vistos; De conformidad con el Artículo 22º inciso d), de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de laContraloría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Públi- co a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y represen- tación del Estado, inicie las acciones legales, por los he-chos expuestos contra los presuntos responsables com- prendidos en el Informe de Vistos, remitiéndosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 00235 J N E Confirman resoluciones emitidas por los JEE de HuÆnuco e Ica y Acta de Proclamación Municipal del distrito de Cusipata, provincia de Quispicanchi,departamento de Cusco RESOLUCIÓN Nº 1147-2002-JNE Expediente Nº 2133-2002-JNELima, 30 de diciembre de 2002 VISTO: En audiencia pública del 27 de diciembre de 2002, el recurso de apelación interpuesto por el personero legal del Movimiento Popular Regional de Huánuco "MOPRE" contra la Resolución Nº 1232-2002 de fecha 19 de di-ciembre de 2002 emitida por el Jurado Electoral Especial de Huánuco que declara improcedente su pedido para que se le notifique en vía de regularización; CONSIDERANDO: Que es función del Jurado Nacional de Elecciones resolver las apelaciones que se interpongan contra las resoluciones emitidas por los Jurados Electorales Espe- ciales, de conformidad con lo establecido en el inciso o)del artículo 5º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486; Que de la revisión de autos se tiene que el Jurado Electoral de Huánuco ha cumplido con notificar la Reso- lución Nº 1224-2002 de fecha 14 de diciembre de 2002, con las formalidades y requisitos de ley; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el personero legal del Movi-miento Popular Regional de Huánuco "MOPRE" y en con- secuencia CONFIRMAR la Resolución Nº 1232-2002 de fecha 19 de diciembre de 2002 emitida por el Jurado Elec-toral Especial de Huánuco. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 00216