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PÆg. 237526 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de enero de 2003 na para Uso Residencial de Media Densidad R-4, desa- rrollada en el marco del Programa del Fondo MIVIVIEN-DA, en el terreno de 48,367.78 m2 que conforma la Se-gunda Etapa de la urbanización “Santa Rosa de Surco”,en sustitución del Plano Nº 095-2001-SDOPRIV-DDU-MSS aprobado por Resolución Nº 733-2001-RASS, te- rreno de propiedad de La Venturosa S.A., ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamentode Lima. Artículo Segundo .- AUTORIZAR a La Venturosa S.A. para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses lasobras de Habilitación Urbana cuyos Proyectos se aprue- ban y las que corresponden a los proyectos de redes de servicios, debiendo sujetarse los trabajos a los planosfirmados y sellados por los entes oficiales, teniendo encuenta el Cuadro de Áreas siguientes: Área Bruta del Terreno 48,367.78 m2 Área Útil Vendible 26,095.72 m2 Área Útil destinada a Uso de Vivienda 23,638.91 m2.Área Útil destinada al Uso de Comercio 2,456.81 m2.Área de AportesPara Recreación Pública (Parque) 2,578.00 m2Para Ministerio de Educación 2,738.99 m2 Área para Vías 16,714.06 m2 ------------------------------------------ SUB TOTAL 48,126.77 m2 Área de Compensación 241.01 m2 ------------------------------------ TOTAL 48,367.78 m2 El Aporte para el Ministerio de Educación de 2,738.99 m2 se ubica en la Mz. “A” y el Aporte para RecreaciónPública se ubica en el Parque de 2,578.00 m2. Las Obras de Pavimentación serán ejecutadas de con- formidad con las características técnicas especificadas en la Resolución Nº 008-98-MML-DMDU del 13.01.1998. Artículo Tercero.- AUTORIZAR la inscripción Provi- sional Individualizada de conformidad con el Plano deLotización señalado en el Artículo Segundo de la pre-sente Resolución. Del Área Bruta de 48,367.78 m2 corresponde a Área Útil 26,095.72 m2 (53.95%) que se distribuyen de la mane- ra siguiente: MANZANA Nº DE LOTES NUMERACIÓN Área (M2) A 31 vivienda 1 al 31 4,656.88 B 20 vivienda 1 al 20 y 11 vivienda 28 al 37 5,099.18 6 comercio 21 al 27 1,458.45 C 1 comercio 1 819.11 D 37 vivienda 1 al 37 4,671.18 E 31 vivienda 1 al 31 3,259.85 1 comercio 32 179.25 F 13 vivienda 1 al 13 1,514.88 G 33 vivienda 1 al 33 4,436.94 TOTAL 184 26,095.72 Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a La Venturosa S.A. a celebrar contratos de compra venta garantizada sobre los184 lotes que se aprueban, con un Área Útil vendible de 26,095.72 m2. De conformidad con el artículo 11º del De- creto Supremo Nº 011-98-MTC los compradores podránexigir al habilitador-vendedor de los lotes cualquiera delas garantías previstas en la legislación vigente para ase-gurar la culminación de las obras de habilitación ofreci-das. Artículo Quinto.- CONSIDERAR a la presente Habili- tación Urbana con Construcción Simultánea. Artículo Sexto.- DISPONER que Secretaría General remita copia autenticada de la presente Resolución a laSuperintendencia de Bienes Nacionales, en cumplimien-to de la Ley Nº 27135, artículo 2º. Artículo Séptimo.- DISPONER que La Venturosa S.A. efectúe la publicación de esta Resolución en el Diario Ofi-cial El Peruano, en el plazo de cinco días útiles contados apartir del día siguiente de notificado; sufragando los gas-tos a que hubiere lugar. Artículo Octavo.- REMITIR los presentes actuados ad- ministrativos en copia simple a la Dirección Municipal deDesarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su verificación de acuerdo a ley. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Dirección de De- sarrollo Urbano a través de la Subdirección de Obras Pri-vadas el cumplimiento de los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 00885 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Declaran en estado de emergencia administrativa a la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2003-MDLP La Perla, 6 de enero del 2003EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PERLAVisto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 06 de enero del 2003 y el Informe de la Comisión de Recepciónde la Transferencia, designado mediante la Resoluciónde Alcaldía Nº 337-2002-MDLP/ALC de fecha 20.11.2002;y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo previsto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, que señala: "las Muni- cipales Provinciales y Distritales, son orgános de gobier- no local, tiene autonomía política, económica y adminis- trativa en asuntos de su competencia" ; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso 1) del artículo 192º del referido cuerpo legal, las Municipalida-des, son competentes para aprobar su organización in-terna; Que, asimismo la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, señala en su artículo 10º, inciso 1 que lasMunicipalidades son competentes para acordar su régi-men de organización interna, competencia que estable-ce a lo previsto en el inciso 1) del artículo 36º de la mis-ma ley, es atribución del Concejo; Estando a lo expuesto en el Informe de la Comisión de Transferencia de la Administración Municipal; y, En uso de las atribuciones legales que le correspon- de por unanimidad y con dispensa de trámite de aproba-ción del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Declarar en estado de emergencia administrativa la Municipalidad Distrital de La Perla, lamisma que debe efectuarse un plazo de 90 días, conta-dos a partir de la fecha del presente acuerdo, por mayo-ría. Artículo Segundo.- Solicitar a la Contraloría General de la República, la autorización para la realización deuna Auditoría Externa de la Gestión Municipal del distritode La Perla de los años 1999, 2000, 2001 y 2002, a fin dedeterminar las responsabilidades administrativas perti-nentes, por unanimidad. Artículo Tercero.- Otorgar al señor Alcalde del distri- to de La Perla, amplias facultades a fin de que adapte,todas las medidas necesarias a efectos de llevar a caboadecuada y oportunamente las acciones contenidas enlos artículos precedentes, por unanimidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 00935