Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2003 (17/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

PÆg. 237515 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de enero de 2003 PDT FORMULARIO VIRTUAL Nº Remuneraciones 600 - versión 3.7 Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo 610 - versión 3.3 Impuesto Selectivo al Consumo 615 - versión 1.6 Trabajadores Independientes 616 - versión 1.1 Otras retenciones 617 - versión 1.1 IGV - Renta Mensual 621 - versión 3.5 Agentes de Retención 626 - versión 1.1 Agentes de Percepción 633 - versión 1.1 Impuesto a las Acciones del Estado 694 - versión 1.1 Artículo 2º.- VIGENCIA DE LAS NUEVAS VERSIO- NES DE LOS PDT Los sujetos obligados a presentar sus declaraciones determinativas a través de los formularios virtuales ge-nerados por los PDT, deberán utilizar las nuevas versio-nes a partir del día siguiente de la publicación de la pre-sente resolución, independientemente del período al quecorrespondan las declaraciones. Las nuevas versiones de los PDT estarán a disposi- ción de los interesados en Internet en el Portal Tributariode la SUNAT, cuya dirección es: http://www .sunat.gob .pe, a partir del día siguiente de la publicación de la presenteresolución. La SUNAT, a través de sus dependencias, facilitará la obtención de los mencionados PDT a aquellos contribu-yentes que no tuvieran acceso a Internet. Artículo 3º.- VIGENCIA DE LAS VERSIONES DE LOS PDT NO MODIFICADAS Los PDT cuya versión no ha sido modificada por el Artículo 1º continuarán siendo empleados para la elabo-ración y presentación de las declaraciones que corres-pondan. Artículo 4º.- INCLUSIÓN DE NUEVOS OBLIGADOS A UTILIZAR LOS FORMULARIOS VIRTUALES GENE-RADOS POR LOS PDT Inclúyase como literal x) del numeral 3.2 del Articulo 3º de la Resolución de Superintendencia Nº 129-2002-SUNAT, el siguiente texto: "x) Tengan a su cargo trabajadores dependientes iden- tificados con documentos distintos al Documento Nacio-nal de Identidad (DNI) o Libreta Electoral (LE), salvo quese trate de trabajadores del hogar o de construcción civileventual." Artículo 5º.- CÓDIGO DE ENVÍO DE LOS FORMU- LARIOS VIRTUALES GENERADOS POR LOS PDT A fin de acreditar que las declaraciones determinati- vas presentadas a través de los formularios virtuales ge-nerados por los PDT fueron efectivamente elaboradas porlos contribuyentes, éstos podrán utilizar un "Código deEnvío" que será ingresado en los citados formularios vir-tuales al momento de su elaboración. Para generar el mencionado código el contribuyente deberá obtener previamente su Código de Usuario y laClave de Acceso a SUNAT Operaciones en Línea, confor-me al procedimiento establecido en la Resolución de Su-perintendencia Nº 109-2000-SUNAT y normas modifi-catorias. Posteriormente ingresará a SUNAT Operacio-nes en Línea, debiendo seleccionar la opción de genera-ción de "código de envío". Cada contribuyente tendrá un solo "Código de Envío", el mismo que podrá ser reemplazado ingresando a SU-NAT Operaciones en Línea y seleccionando la opción co-rrespondiente. El primer "Código de Envío" podrá ser utilizado desde el mismo día en que se generó, mientras que los códigosque lo reemplacen podrán ser utilizados para la presen-tación de declaraciones a partir del día calendario siguien-te al de su generación. DISPOSICIÓN FINAL Única.- TRABAJADORES DEL HOGAR Y DE CONS- TRUCCIÓN CIVIL EVENTUALA los trabajadores del hogar y de construcción civil eventuales a que hace referencia el literal x) del numeral3.2 del Artículo 3º de la Resolución de SuperintendenciaNº 129-2002/SUNAT, incorporado por la presente resolu-ción, les resulta de aplicación lo señalado por la Resolu-ción de Superintendencia Nº 133-2002/SUNAT. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 00881 Normas Complementarias para la decla- ración y pago del Impuesto a los Jue-gos de Casinos y MÆquinas Tragamone-das RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 014-2003/SUNAT Lima, 15 de enero de 2003 CONSIDERANDO:Que el artículo 41º de la Ley Nº 27153 que regula la explotación de los Juegos de Casinos y Máquinas Traga- monedas, modificada mediante Ley Nº 27796, establece que la Superintendencia Nacional de Administración Tribu-taria (SUNAT) es el órgano administrador del Impuesto adichos juegos, para lo cual goza de las facultades otorga-das en el Código Tributario, ejerce las funciones señaladasen el Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias, así como aquellas que le confieran conforme a Ley; Que asimismo, el inciso q) del artículo 31º de la citada Ley Nº 27153 y norma modificatoria, señala que el titularde la autorización se encuentra obligado a presentar ladeclaración jurada del tributo en el lugar, la oportunidad yel formulario que disponga el órgano administrador del mis- mo; Que el artículo 65º del Reglamento de la Ley Nº 27153 y norma modificatoria, aprobado por el Decreto SupremoNº 009-2002-MINCETUR, establece que los Sujetos delImpuesto están obligados a comunicar a la SUNAT en laforma, plazo y condiciones que establezca ésta, los reini- cios o reseteos o cambios en el valor de las fichas aposta- das en cada Máquina Tragamonedas; Que, por su parte, la tercera disposición comple- mentaria y final del referido Reglamento establece quela SUNAT señalará la forma, lugar, condiciones y plazopara que los Sujetos del Impuesto cumplan con pre- sentar nuevamente las declaraciones correspondien- tes a los períodos tributarios de julio de 1999 hasta elperíodo de junio del año 2002; Que teniendo en cuenta los dispositivos antes men- cionados, resulta conveniente aprobar las normas y pro-cedimientos necesarios para llevar a cabo la administra- ción del Impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas; En uso de las facultades conferidas por el inciso q) del artículo 31º y artículo 41º de la Ley Nº 27153, modifi-cada por la Ley Nº 27796; el artículo 65º y la tercera dis-posición complementaria y final del Reglamento aproba- do por el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, los artículos 5º y 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inci-so q) del artículo 19º del Reglamento de Organización yFunciones de la SUNAT, aprobado por Decreto SupremoNº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DEFINICIONES Para efecto de la presente resolución se tendrán en consideración las siguientes definiciones: 1. Impuesto : Impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, creado porLey Nº 27153 y normas modificato-rias.