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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2003 (17/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 237520 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de enero de 2003 Con las atribuciones que confiere el inc. 3) de los ar- tículos 36º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalida-des, Ley Nº 23853; por UNANIMIDAD y con dispensa deltrámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL AÑO 2003 Y APRUEBA UN DESCUENTO POR PRONTO PAGO Artículo Primero.- Establecer para el año 2003, que los contribuyentes del distrito de Breña abonarán por con-cepto de Arbitrios Municipales, un monto equivalente alimporte aprobado por la Ordenanza Nº 23-2001-MDB. Artículo Segundo.- Modificar el Anexo 04 - Serenaz- go de la Ordenanza Nº 23-2001-MDB, conforme el anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Establecer que todos aquellos con- tribuyentes, cuyo monto anual de los Arbitrios Municipalessea menor a 0.50 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT)vigente al 1 de enero del 2003, que cumplan con cance- lar en una sola armada los Arbitrios Municipales corres- pondiente a los meses de enero a octubre del 2003, den-tro del plazo de vencimiento de la primera cuota, obten-drán por pronto pago la cancelación automática de losmeses de noviembre y diciembre. Para el caso de contribuyentes, cuyo monto anual de los Arbitrios Municipales sea igual o superior a 0.50 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del2003, el beneficio por pronto pago alcanza sólo al mes dediciembre, siempre que en una sola armada y dentro delplazo de vencimiento de la primera cuota cumpla con lacancelación de los meses de enero a noviembre del 2003. Artículo Cuarto.- Déjese en suspenso para el presen- te ejercicio fiscal, el porcentaje de descuento por prontopago a que se refiere el artículo 5º del Texto Único Ordena-do del Marco Normativo de los Arbitrios Municipales apro-bado por Decreto de Alcaldía Nº 010-2002-DA/MDB. Artículo Quinto.- Facúltase al Alcalde para que me- diante Decreto de Alcaldía disponga las medidas necesa- rias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza regirá para el ejercicio fiscal 2003. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde ANEXO ANEXO Nº 04: SERENAZGO CATEGORÍA MENSUAL TARIFA SOCIAL 2.50 VIVIENDA 6.71 LOCALES COMERCIALES HASTA 10 M2 7.35 LOCALES COMERCIALES DE MÁS DE 10 M2 HASTA 100 M2 10.80 LOCALES COMERCIALES DE MÁS DE 100 HASTA 500 M2 16.50 LOCALES INDUSTRIALES CON MENOS DE 500 M2 25.00 LOCALES COMER. E INDUST. CON MÁS DE 500 M2 86.80 FINANCIERAS, BANCOS Y GRIFOS 87.40 00699 Establecen disposiciones respecto a la determinación del Impuesto Predial yarbitrios municipales para el aæo 2003 ORDENANZA Nº 064-MDB Breña, 9 de enero del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑAPOR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Informe Nº 002-2003-OR/MDB de fecha 3 de enero del 2003, de la Oficina de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto en el artículo 11º del De- creto Legislativo Nº 776, la base imponible para determi-nar el Impuesto Predial está constituida por el valor total delos predios del contribuyente; asimismo, para efectos dedeterminar el valor total de los predios se aplicará los valo-res arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificación vigente al 31 de diciembre del año anterior y las tablas de depreciación por antigüedad y estado deconservación que formula el Consejo Nacional de Tasa-ciones y aprueba anualmente el Ministerio de Transpor-tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción: Que, con fecha 31 de diciembre del 2002 se ha publica- do la Resolución Ministerial Nº 171-2002-VIVIENDA y la Resolución Ministerial Nº 174-2002-VIVIENDA mediante lascuales se aprueba los Planos Básicos Arancelarios de Te-rrenos Urbanos de la provincia de Lima y la Provincia Cons-titucional de Callao; asimismo, los Valores Unitarios Ofi-ciales de Edificación para la Costa, Sierra y Selva: Que, mediante Decreto Supremo Nº 191-2002-EF se ha establecido que a partir del 1 de enero del 2003 el valorde la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de re-ferencia en normas tributarias, es de Tres Mil Cien NuevosSoles (S/. 3,100.00); Que, conforme lo dispuesto en el artículo 13º y Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 776, es facul- tad de la Municipalidad establecer el monto mínimo quedeben pagar los contribuyentes por el Impuesto Predial ypor el servicio de emisión mecanizada de actualización devalores, determinación del impuesto, recibos de pago y dis-tribución a domicilio; Que, conforme lo establecido en los artículos 4º y 5º del Texto Único Ordenado del Marco Normativo de los Ar-bitrios Municipales aprobado por Decreto de Alcaldía Nº010-2002-DA/MDB los Arbitrios de Limpieza Pública, Par-ques y Jardines Públicos y Serenazgo son de periodici-dad mensual y la determinación y recaudación se efec- tuará por períodos mensuales; asimismo, la obligación de pago de las cuotas mensuales vence el último díahábil de cada mes; Que, es necesario regular el valor de otras instalacio- nes a efectos de determinar correctamente la base imponi-ble y el monto del Impuesto Predial; Con las atribuciones que confiere el Inc. 3) del artículo 36º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº23853; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite deaprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE LA EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES DEL IMPUESTO PREDIAL 2003, FIJA EL MONTO DEL DERECHO DE EMISIÓN, EL VALOR DE OTRAS INSTALACIONES Y ESTABLECE EL VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Artículo Primero.- Disponer la emisión mecanizada de actualización de valores del Impuesto Predial corres-pondiente al año 2003, de los predios ubicados en la juris-dicción distrital de Breña, independientemente de la con-dición de inafecto o exonerado de cada contribuyente. Artículo Segundo.- Establézcase que el monto míni- mo del Impuesto Predial para el año 2003, es de S/.18.60(DIECIOCHO Y 60/100 NUEVOS SOLES ).. Artículo Tercero.- Fíjase para el Impuesto Predial co- rrespondiente al año 2003, en S/. 12.40 (DOCE Y 40/100NUEVOS SOLES) el monto del derecho de emisión me- canizada de valores, determinación, recibos de pago y distribución domiciliaria. El derecho de emisión se can-celará conjuntamente con el pago total del impuesto ocon la primera cuota en el caso de pago fraccionado. Para