Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2003 (17/01/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

Pag. 237518

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de enero de 2003

pecial de Actualizacion y Pago de Deudas Tributarias a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 914 respectivamente, por concepto del Impuesto, adicionalmente a los requisitos establecidos por las normas pertinentes, el Sujeto del Impuesto debera: 1. Adjuntar el detalle de los montos acogidos al fraccionamiento; 2. Consignar por cada establecimiento, la suma de las deudas de todos los periodos tributarios cuyo acogimiento al fraccionamiento se solicita. 3. Utilizar fotocopia del formato contenido en el Anexo 3 que forma parte de la presente Resolucion, por cada uno de los conceptos que se mencionan en el numeral 6 del articulo 1º, siguiendo las instrucciones senaladas en el indicado Anexo y consignando toda la informacion solicitada en el mismo. Para efecto del acogimiento al fraccionamiento regulado en el articulo 36º del Codigo Tributario, si el Sujeto del Impuesto no cumple con presentar el citado formato con la solicitud de acogimiento, este debera subsanar la omision en el plazo de dos (2) dias contados desde la fecha de MORDAZA de la solicitud; de lo contrario, se tendra por no presentada la misma. Quinta.- VALORES GIRADOS POR EL IMPUESTO A LOS JUEGOS DE CASINO Y MAQUINAS TRAGAMONEDAS MORDAZA DE LA PUBLICACION DE LA LEY Nº 27796 Las Ordenes de Pago y las Resoluciones de Determinacion asi como las Resoluciones de Multa emitidas por la infraccion tipificada en el numeral 1 del articulo 178º del Codigo Tributario, quedaran sin efecto cuando los contribuyentes hayan presentado las declaraciones a que se refiere la primera disposicion transitoria del presente dispositivo, y siempre que: a) Se encuentren vinculadas al Impuesto. b) Se hubiesen emitido MORDAZA de la publicacion de la Ley Nº 27796. c) Se encuentren pendientes de pago y no se hubiesen acogido a fraccionamiento alguno. Si luego de la regularizacion del Impuesto establecida en la tercera disposicion transitoria de la Ley Nº 27796 y lo dispuesto en la tercera disposicion complementaria y final del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, aun existiera deuda tributaria pendiente, se emitiran las correspondientes Ordenes de Pago y Resoluciones, segun corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 00903

Que la decimo cuarta disposicion final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Publico; Que la Resolucion de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la referida Resolucion de Superintendencia y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 22º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT, modificado por la Resolucion de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA, a los trabajadores que se indican a continuacion: - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAR Intendente Regional 00907

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Modifican Ordenanza Nº 003-01-MDA que creo el derecho por Uso de Bienes Publicos en la jurisdiccion del distrito
ORDENANZA Nº 025-02-MDA Ate, 1 de diciembre del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de fecha 1 de diciembre del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 29 de marzo del 2001, se dicto la Ordenanza Nº 003-01-MDA, que crea el derecho por el Uso de Bienes Publicos de la jurisdiccion de Ate; Que, el inciso 13) del articulo 65º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, senala como bienes de dominio publico los caminos, puentes, plazas, avenidas, paseos, jardines, edificios publicos y otros analogos con excepcion de los que corresponden a la Ley; y establece como funciones de las municipalidades el procurar, conservar y administrar estos bienes; Que, con fecha 6 de septiembre del ano 2002 la Municipalidad Distrital de Ate y la Asociacion Central de Gremios de Alianza de Trabajadores Comerciantes Informales de Ate, suscribieron un Convenio Interinstitucional con el objeto de acordar el cobro unificado de derechos que deben pagar por el mantenimiento y por el uso de la Via Publica en la jurisdiccion del distrito de Ate; Consecuentemente, estando a lo dispuesto por el numeral 3) del articulo 36º y los articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores y

Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA
INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 053-00-0000064 MORDAZA, 6 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que es necesario designar a los Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que el Articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberan de reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.