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PÆg. 237518 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de enero de 2003 pecial de Actualización y Pago de Deudas Tributarias a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 914 respectiva-mente, por concepto del Impuesto, adicionalmente a losrequisitos establecidos por las normas pertinentes, elSujeto del Impuesto deberá: 1. Adjuntar el detalle de los montos acogidos al fraccio- namiento; 2. Consignar por cada establecimiento, la suma de las deudas de todos los períodos tributarios cuyo acogimientoal fraccionamiento se solicita. 3. Utilizar fotocopia del formato contenido en el Anexo 3 que forma parte de la presente Resolución, por cada uno de los conceptos que se mencionan en el numeral 6 delartículo 1º, siguiendo las instrucciones señaladas en el in-dicado Anexo y consignando toda la información solicitadaen el mismo. Para efecto del acogimiento al fraccionamiento regula- do en el artículo 36º del Código Tributario, si el Sujeto delImpuesto no cumple con presentar el citado formato conla solicitud de acogimiento, éste deberá subsanar la omi-sión en el plazo de dos (2) días contados desde la fechade presentación de la solicitud; de lo contrario, se tendrá por no presentada la misma. Quinta.- VALORES GIRADOS POR EL IMPUESTO A LOS JUEGOS DE CASINO Y MÁQUINAS TRAGAMONE-DAS ANTES DE LA PUBLICACIÓN DE LA LEY Nº 27796 Las Órdenes de Pago y las Resoluciones de Determi- nación así como las Resoluciones de Multa emitidas por la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 178º delCódigo Tributario, quedarán sin efecto cuando los contribu-yentes hayan presentado las declaraciones a que se refie-re la primera disposición transitoria del presente dispositi-vo, y siempre que: a) Se encuentren vinculadas al Impuesto. b) Se hubiesen emitido antes de la publicación de la Ley Nº 27796. c) Se encuentren pendientes de pago y no se hubiesen acogido a fraccionamiento alguno. Si luego de la regularización del Impuesto establecida en la tercera disposición transitoria de la Ley Nº 27796 y lodispuesto en la tercera disposición complementaria y finaldel Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, aún exis-tiera deuda tributaria pendiente, se emitirán las correspon- dientes Órdenes de Pago y Resoluciones, según corres- ponda. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 00903 Designan Auxiliares Coactivos de la In- tendencia Regional Arequipa INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 053-00-0000064 Arequipa, 6 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que es necesario designar a los Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Arequipa para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto SupremoNº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitosque deberán de reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que el personal propuesto ha presentado Declara- ción Jurada manifestando reunir los requisitos antesindicados;Que la décimo cuarta disposición final del Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario, establece que lo dis-puesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979no es de aplicación a los órganos de la AdministraciónTributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Pú-blico; Que la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribu-yentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regio-nales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones deIntendencia, a los trabajadores que se desempeñarán comoAuxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la referida Re- solución de Superintendencia y de conformidad con lo dis-puesto en el artículo 22º del Texto Único Ordenado delEstatuto de la SUNAT, aprobado por Resolución de Super-intendencia Nº 041-98/SUNAT, modificado por la Resolu- ción de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar como Auxiliares Coacti- vos de la Intendencia Regional Arequipa, a los trabajado- res que se indican a continuación: - CORRALES ROSAS, ALFREDO EMILIO - COILA PARICAHUA, ABRAHAM Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO MIRANDA MAR Intendente Regional 00907 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican Ordenanza N” 003-01-MDA que creó el derecho por Uso de BienesPœblicos en la jurisdicción del distrito ORDENANZA Nº 025-02-MDA Ate, 1 de diciembre del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en Sesión Ordinaria de fe- cha 1 de diciembre del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 29 de marzo del 2001, se dictó la Or- denanza Nº 003-01-MDA, que crea el derecho por el Usode Bienes Públicos de la jurisdicción de Ate; Que, el inciso 13) del artículo 65º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, señala como bienes de do-minio público los caminos, puentes, plazas, avenidas, pa- seos, jardines, edificios públicos y otros análogos con excepción de los que corresponden a la Ley; y establececomo funciones de las municipalidades el procurar, con-servar y administrar estos bienes; Que, con fecha 6 de septiembre del año 2002 la Mu- nicipalidad Distrital de Ate y la Asociación Central de Gremios de Alianza de Trabajadores Comerciantes Infor- males de Ate, suscribieron un Convenio Interinstitucionalcon el objeto de acordar el cobro unificado de derechosque deben pagar por el mantenimiento y por el uso de laVía Pública en la jurisdicción del distrito de Ate; Consecuentemente, estando a lo dispuesto por el nu- meral 3) del artículo 36º y los artículos 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y contandocon el voto por unanimidad de los señores Regidores y