Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2003 (18/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de enero de 2003

Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 01081

y las actas correspondientes seran aprobadas por Resolucion Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 01082

Constituyen Comision de Transferencia de la documentacion de manejo administrativo de la Secretaria Tecnica del FEDADOI a la Presidencia del Consejo de Ministros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 024-2003-PCM MORDAZA, 17 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 122-2001, se crea el Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado (FEDADOI), integrado por los representantes de los Ministerios de Justicia, Interior y de Economia y Finanzas, encargado de recibir el dinero proveniente de actividades ilicitas en agravio del Estado, vinculadas con los supuestos del Articulo 1º de la Ley Nº 27378 y del Articulo 1º de la Ley Nº 27379; Que, complementariamente, mediante los Decretos Supremos Nºs. 001 y 015-2002-JUS, se aprobo el Reglamento que MORDAZA la estructura y funcionamiento del FEDADOI; Que, de conformidad con la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 27879 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003", el FEDADOI se encuentra adscrito al Pliego Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en este contexto, a fin de asegurar el funcionamiento y operatividad del FEDADOI, es pertinente disponer las acciones necesarias para efectuar la transferencia de la documentacion de manejo administrativo a cargo de su Secretaria Tecnica; Con las visaciones de la Secretaria de Asuntos Legales y Normativos y del Secretario de Administracion de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto de Urgencia Nº 122-2001 y sus normas complementarias, la Ley Nº 27879 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003" y el Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir la Comision de Transferencia de la documentacion de manejo administrativo de la Secretaria Tecnica del Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado - FEDADOI, a la Presidencia del Consejo de Ministros, la cual esta integrada por los siguientes funcionarios: Por la Secretaria Tecnica del FEDADOI: - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Directora de Economia y Desarrollo del Ministerio de Justicia Por la Presidencia del Consejo de Ministros: - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario de Administracion Sr. MORDAZA Roncagliolo MORDAZA Jefe de la Oficina de Administracion Articulo 2º.- La Comision de Transferencia constituida por la presente Resolucion culminara su labor y elevara su informe final en el termino de quince (15) dias habiles contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. El informe final de la Comision de Transferencia

AGRICULTURA
Inician procedimientos administrativos disciplinarios a ex funcionarios y funcionarios del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1185-2002-AG MORDAZA, 26 de diciembre de 2002 VISTO: El Informe Nº 011-2002-AG/CEPAD de fecha 29 de noviembre de 2002 elaborado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Auditoria Interna del Ministerio de Agricultura, ha realizado una accion de control teniendo como resultado el Informe Nº 022-2001-2-0052 "Examen Especial en relacion al envio de muestras de especies de la raiz MORDAZA de la planta del Yacon al Japon" - Periodo 1999; Que, mediante Oficio Nº 3100-2001-AG-SEGMA cursado por la Secretaria General del Ministerio de Agricultura, solicita a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura, implemente la Recomendacion Nº 2 contenida en el Informe Nº 022-2001-2-0052, y conforme a sus atribuciones amerite y tramite de ser el caso, el correspondiente MORDAZA administrativo disciplinario contra la ex funcionaria doctora MORDAZA Takahashi Sato, en su calidad de la Secretaria Tecnica de Coordinacion del Grupo Consultivo sobre Investigacion MORDAZA Internacional, por los hechos a que se contrae dicho Informe; Que, conforme a la Observacion Nº 1 del precitado Informe se ha evidenciado que la doctora MORDAZA Takahashi Sato, en su calidad de Presidenta de la Secretaria Tecnica de Coordinacion del Grupo Consultivo sobre Investigacion MORDAZA Internacional - STC CGIAR por Resolucion Suprema Nº 001-98-AG del 3 de enero de 1998; accedio y promovio la atencion de la solicitud y envio con fecha 19 de noviembre de 1999 de muestras del Yacon al Japon para fines de investigacion, sin contar con la debida coordinacion, evaluacion y canalizacion de las demandas de Investigacion y Transferencia de Tecnologia requeridas, asi como prescindiendo del seguimiento de dichas demandas, en el MORDAZA de la politica de Gobierno en materia agropecuaria, a pesar de que tenia pleno conocimiento de que conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se senala que la funcion del Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA, es la de actuar como organismo responsable del manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, tanto de las especies nativas como de los parientes silvestres de las especies cultivadas. Siendo ademas esta MORDAZA de conocimiento de las instituciones que suscriben el Convenio de Cooperacion Tecnica CIP.INIA.USDA el 16 de enero de 1998, tal como queda establecido en su clausula MORDAZA, que trata sobre la necesidad de coordinar con el INRENA los permisos para realizar las expediciones para la recoleccion de material silvestre. Asimismo, se ha verificado la no existencia de acuerdos de reuniones mensuales de la mencionada Secretaria Tecnica sobre el tema en cuestion; Que, con su accionar transgredio las atribuciones y funciones senaladas en los articulos 1º y 3º de la Resolucion Suprema Nº 001-98-AG del 3 de enero de 1998, respecto

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