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PÆg. 237539 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de enero de 2003 do a través del INRENA, de oficio o a pedido de parte, en- carga a una persona jurídica sin fines de lucro, de derecho privado, denominada ejecutor, la ejecución total o parcial de las operaciones de manejo y administración contenidos en los programas del plan maestro de un área natural pro- tegida, por un plazo de hasta veinte (20) años; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 270-2001-INRE- NA, de fecha 20 de noviembre de 2001, se aprobaron las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas para el otorgamiento de Contratos de Administración; Que, con Resolución Jefatural Nº 155-2002-INRENA, de fecha 21 de mayo de 2002, se aprobó la lista de áreas naturales protegidas priorizadas en una primera etapa, para ser encargadas bajo contratos de administración, entre las cuales se encuentra el Coto de Caza "El Angolo"; Que, mediante Carta Nº CCPT-043-02, de fecha 10 de septiembre de 2002, el Club de Caza, Pesca y Turismo- Piura solicitó a la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas del INRENA, el otorgamiento de un contrato de administración parcial para el manejo y administración del subsector Sauce Grande del Coto de Caza "El Angolo"; Que, se admitió oportunamente la referida solicitud para el otorgamiento del contrato de administración menciona- do, y cumplió el Club de Caza, Pesca y Turismo-Piura con efectuar las publicaciones resumen de su solicitud, con el objeto de determinar si existen otros interesados en la sus- cripción del contrato de administración; Que, no habiéndose presentado otros solicitantes en el plazo de treinta (30) días previsto por el artículo 119º inci- sos 2) y 3) del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas y artículo 23º de las Disposiciones Complemen- tarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegi- das para el otorgamiento de Contratos de Administración, corresponde a la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas declarar mediante resolución directoral esta si- tuación y establecer los términos de referencia para el otor- gamiento directo del contrato de administración a favor del Club de Caza, Pesca y Turismo Piura; Que, con Informe Nº 214-2002-INRENA/DGANP/ DOANP, de fecha 3 de diciembre de 2002, la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas precisó que la su- perficie real del Subsector Sauce Grande del Coto de Caza "El Angolo" es 9 918 ha. y no la que se indicara en la publi- cación que realizó el solicitante; Que, con Resolución Jefatural Nº 453-2002-INRENA, de fecha 9 de diciembre de 2002, se nombró la Comisión Ad-Hoc encargada de evaluar la propuesta del Club de Caza, Pesca y Turismo - Piura para acceder al contrato de administración parcial del Subsector Sauce Grande del Coto de Caza "El Angolo"; Que, en fecha 12 de diciembre de 2002 el Club de Caza, Pesca y Turismo - Piura presentó al Instituto Nacional de Recursos Naturales la propuesta a que hace referencia el considerando precedente; Que, con acta de fecha 20 de diciembre del 2002 la Comisión Ad-Hoc aprobó la propuesta del Club de Caza, Pesca y Turismo-Piura al haber alcanzado en el proceso de evaluación un puntaje de noventa (90) sobre cien (100), lo cual permite acceder a la suscripción del contrato de administración parcial del Subsector Sauce Grande del Coto de Caza "El Angolo"; Que, de conformidad con lo establecido por el Regla- mento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas y las Re- soluciones Jefaturales Nºs 270-2001-INRENA y 475-2002- INRENA corresponde a la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas, mediante Resolución Directoral, apro- bar la propuesta presentada; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 27º literal c) del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046- 2001-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la propuesta presentada por el Club de Caza, Pesca y Turismo - Piura y otorgarle el con- trato de administración parcial del Subsector Sauce Gran- de del Coto de Caza "El Angolo", en virtud del acta de eva- luación suscrita el veinte (20) de diciembre de 2002 que forma parte integrante de la presente Resolución Directo- ral. Artículo 2º.- Continuar con el trámite de otorgamiento directo del contrato de administración parcial del Subsec-tor Sauce Grande del Coto de Caza "El Angolo" en favor del Club de Caza, Pesca y Turismo - Piura. Artículo 3º.- La Comisión de Supervisión Técnico-Fi- nanciera para la supervisión de la ejecución del contrato de administración parcial del Subsector Sauce Grande del Coto de Caza "El Angolo", de acuerdo con lo precisado en el artículo 127.2º del Reglamento de la Ley de Áreas Natu- rales Protegidas, estará integrada por los siguientes miem- bros: - El Director General de Áreas Naturales Protegidas o su representante; - El Jefe del Área Natural Protegida; - El Ejecutor del Contrato; y, - El Presidente del Comité de Gestión o su equivalente. Los representantes de esta comisión serán designados mediante Resolución Directoral en un plazo no mayor de treinta (30) días siguientes a la publicación de la presente resolución directoral. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO SUÁREZ DE FREITAS CALMET Director General de Áreas Naturales Protegidas 00995 Lista de Productos FarmacØuticos y Bio- lógicos de uso Veterinario, registradosen el mes de diciembre de 2002 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 001-2003-AG-SENASA-DGSA Lima, 16 de enero de 2003 CONSIDERANDO:Que, mediante Decretos Supremos Nº 016-2002-AG y Nº 015-98-AG, se oficializan la inscripción y comercializa- ción de productos de uso veterinario, los mismos que esta- rán sujetos únicamente a lo dispuesto por las citadas dis- posiciones legales, disponiéndose la publicación periódica de los productos registrados; Que, conforme a lo señalado por el artículo 18º del De- creto Supremo Nº 24-95-AG, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, la Dirección General de Sani- dad Animal, tiene entre otras funciones la de establecer mecanismos de control, registro y fiscalización respecto de insumos de uso animal, así como biológicos y fárma- cos, igualmente conducir el registro de las empresas pro- ductoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que, con Memorándum Nº 017-2003-AG-SENASA- DGSA-DIP, de fecha 13 de enero del 2003, la Dirección de Insumos Pecuarios de la Dirección General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENA- SA, ha remitido el listado de Productos Veterinarios regis- trados durante el mes diciembre del 2002, a efectos de dar cumplimiento a lo que dispone el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG; Estando a la delegación de facultades conferidas a la Dirección General de Sanidad Animal, mediante Resolu- ción Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA; de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG, y el artículo 18º del Decreto Supremo Nº 24- 95-AG; y con la visación de la Directora General de Aseso- ría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Único.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano, de la Lista de Productos Farmacéuticos y Biológicos de uso Veterinario, registrados en el mes de diciembre del 2002, en la Dirección de Insumos Pecuarios de la Dirección General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo a lo siguiente: