Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2003 (18/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de enero de 2003

Que, con fecha 3 de diciembre del 2001, el INRENA suscribio un Contrato de Contribucion con el Estado de los Paises Bajos, debidamente representado por la Ministra para la Cooperacion al Desarrollo, siendo la finalidad del Contrato suscrito que el Estado de los Paises Bajos conceda una contribucion al INRENA en beneficio de la actividad relativa al Proyecto "Apoyo institucional al INRENA con enfasis en el sector forestal"; Que, dentro de los doce meses de vigencia del Contrato de Contribucion mencionado, se determino una lista de actividades que se concentraban en cuatro componentes basicos: la Promocion de la Produccion Forestal Sostenible, el Fortalecimiento de la Gestion Institucional, el Diseno de Propuesta de Apoyo Estructural al INRENA y la Comunicacion; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 254-2002-INRENA se encargo a la Oficina de Administracion del Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA, efectuar la contratacion por Servicios Personalisimos del ingeniero MORDAZA Llosa Larrabure como Consultor a fin de que elabore la propuesta "Apoyo Estructura de largo plazo al INRENA" desde el 12 de MORDAZA hasta el 12 de octubre del 2002, y, por un monto de US$ 9,000.00 (Nueve Mil y 00/100 Dolares Americanos), asi como la del economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mongilardi a fin de que realice el gerenciamiento de los proyectos ejecutados por el INRENA, desde el 22 de MORDAZA hasta el 21 de noviembre del 2002 y, por un monto de US$ 9,200.00 (Nueve Mil Doscientos y 00/100 Dolares Americanos); Que, sin embargo se considero imprescindible continuar con el servicio de los profesionales anteriormente mencionados con la finalidad de que el ingeniero MORDAZA Llosa Larrabure culmine con la propuesta de Apoyo Estructural al INRENA y de que el economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mongilardi prosiga con el gerenciamiento de los proyectos del INRENA siendo que los mismos tienen vigencia a mediano plazo; En uso de las facultades conferidas en el articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2001-AG; SE RESUELVE Articulo 1º.- Aprobar en vias de regularizacion la ampliacion de la contratacion del ingeniero MORDAZA Llosa Larrabure hasta el 31 de diciembre del 2002 por un monto de US$ 6,000.00 (Seis Mil y 00/100 Dolares Americanos) y la del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mongilardi hasta el 31 de diciembre del 2002 por un monto de US$ 2,910.00 (Dos Mil Novecientos Diez y 00/100 Dolares Americanos). Articulo 2º.- El egreso que originen las ampliaciones objeto de la presente Resolucion se seguiran afectando a la Fuente de Financiamiento: Convenio INRENA-HOLANDA, "Apoyo Institucional al INRENA con enfasis en el Sector Forestal". Articulo 3º.- Notificar a Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloria General de la Republica la presente Resolucion, dentro de los diez (10) dias utiles siguientes a la fecha de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del INRENA 00998

seleccion de Adjudicacion por Menor Cuantia para seleccionar a la empresa que realizaria el servicio de preprensa (diseno, diagramacion, scaneo y retoque, fotolitos y prueba de color) e impresion de un calendario 2003 para el INRENA; Que, el dia 12 de diciembre del 2002, el Comite Especial Permanente reunido, evaluo y califico las propuestas que se presentaron para la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 396-2002-INRENA en base a las caracteristicas solicitadas a traves de las cartas de invitacion para dicho MORDAZA en particular, determinandose de esta manera como empresa adjudicada con la buena pro a Foto Natur S.R.L; Que, segun el articulo 56º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, al presentar la propuesta tecnica, el postor debera acompanar una declaracion jurada simple; Que, del analisis realizado a la documentacion correspondiente al MORDAZA de seleccion, se desprende que quien MORDAZA la declaracion jurada a que hace referencia el articulo 56º del Reglamento MORDAZA mencionado, fue la senora MORDAZA MORDAZA Astengo, identificada con D.N.I. Nº 07773614, quien no es la representante legal de la empresa Foto Natur S.R.L tal como se desprende de la informacion obtenida de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; Que en ese sentido, se concluye que ha existido un vicio de nulidad en el MORDAZA, el cual se ve sustentado en el hecho que el Comite Especial Permanente acepto una declaracion jurada suscrita por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Astengo, persona diferente al representante legal, quien este caso es el senor Heinz Plenge; Que, el articulo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley Nº 27444- dispone que son vicios del acto administrativo, que causa su nulidad de pleno derecho, aquellos que contravengan a la Constitucion, a las leyes o a las normas reglamentarias; Que, el articulo 202º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que en cualquiera de los casos numerados en el articulo 10º del mismo cuerpo normativo, puede declararse de oficio la nulidad de los actos administrativos, aun cuando hayan quedado firmes siempre que agravien el interes publico; Que, de conformidad al articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion; y, En uso de las atribuciones conferidas en el inciso "j" del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la Nulidad del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 396-2002-INRENA "Contratacion de empresa para el servicio de preprensa (diseno, diagramacion, escaneo y retoque, fotolitos y prueba de color) e impresion de un calendario". Articulo 2º.- Encarguese a la Oficina de Asesoria Juridica de la institucion, determinar la responsabilidad administrativa correspondiente a los miembros del Comite Especial de Seleccion que se encargo del mencionado proceso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del INRENA 00999

Declaran nulidad de MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia Nº 396-2002INRENA, referido a la contratacion de empresa para el servicio de preprensa e impresion de calendario
RESOLUCION JEFATURAL Nº 486-2002-INRENA MORDAZA, 30 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Solicitud de Servicio Nº 2487 de fecha 5 de diciembre de 2002, de la Direccion General de Areas Naturales Protegidas se requirio la realizacion del MORDAZA de

Autorizan contratacion del servicio de seguridad y vigilancia del INRENA mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES RESOLUCION JEFATURAL Nº 002-2003-INRENA MORDAZA, 10 de enero de 2003

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