Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2003 (18/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 18 de enero de 2003
NUMERO DE REGISTRO F0708I0191 F1008I0117 A0605I0007 F0304I0551 F0301I0550 B01801I0505 B01801I0504 F0101N0366 F0801I0308 F0901I0078 F0802I0307 F0301I0552 F0708I0189 NOMBRE COMERCIAL GARRAMOS TEK TROL BIOPLEX IRON SULFASAL SULVET CEVAC TRANSMUNE IBD CEVAC NB L COMPLEBET INYECTABLE RIBENZOL SERVIMEC VERMICERDOS SERVIOX - 200 L.A. NUCHIGAN

NORMAS LEGALES
ELABORADOR RATAR LTDA BIOTEK INDUSTRIES, INC. ALLTECH, INC. BIOVET S.A. BIOVET S.A. CEVA PHILAXIA VETERINARY BIOLOGICALS CO. LTD. CEVA PHILAXIA VETERINARY BIOLOGICALS CO. LTD. PROCEDENCIA COLOMBIA USA USA ESPANA ESPANA HUNGRIA HUNGRIA

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IMPORTADOR SERVINSUMOS DE LOS ANDES S.A. MORDAZA LI S R LTDA ALLTECHNOLOGY PERU S.A. FECHA DE REGISTRO 20/12/2002 20/12/2002 20/12/2002

ALQUERMES IBEROAMERICANA S.A. 20/12/2002 ALQUERMES IBEROAMERICANA S.A. 20/12/2002 CHEMIE PERUANA S.A. CHEMIE PERUANA S.A. SERVINSUMOS DE LOS ANDES S.A. SERVINSUMOS DE LOS ANDES S.A. SERVINSUMOS DE LOS ANDES S.A. SERVINSUMOS DE LOS ANDES S.A. SERVINSUMOS DE LOS ANDES S.A. SERVINSUMOS DE LOS ANDES S.A. 20/12/2002 20/12/2002 23/12/2002 23/12/2002 23/12/2002 23/12/2002 23/12/2002 23/12/2002

LABORATORIOS SERVINSUMOS S.A. COLOMBIA LABORATORIOS SERVINSUMOS S.A. COLOMBIA LABORATORIOS SERVINSUMOS S.A. COLOMBIA LABORATORIOS SERVINSUMOS S.A. COLOMBIA LABORATORIOS SERVINSUMOS S.A. COLOMBIA LABORATORIOS SERVINSUMOS S.A. COLOMBIA

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Sanidad Animal 00939

Modifican articulo 40º de las disposiciones complementarias al Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas para el Otorgamiento de Contratos de Administracion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 475-2002-INRENA MORDAZA, 27 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el articulo 17º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, de fecha 4 de MORDAZA de 1997, establece que el Estado reconoce y promueve la participacion del sector privado en la gestion de las areas naturales protegidas, para ello el INRENA podra suscribir, entre otras modalidades, la celebracion de contratos de administracion; Que, conforme a lo establecido en el articulo 117º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, de fecha 26 de junio de 2001, por el contrato de administracion el Estado a traves del INRENA, de oficio o a pedido de parte, encarga a una persona juridica sin fines de lucro, de derecho privado sin fines de lucro, denominada ejecutor, la ejecucion total o parcial de las operaciones de manejo y administracion contenidos en los programas del plan maestro de un area natural protegida, por un plazo de hasta veinte (20) anos; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 270-2001-INRENA, de fecha 20 de noviembre de 2001, se aprobaron las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas para el otorgamiento de Contratos de Administracion; Que, de conformidad con lo establecido por el Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas y las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas para el otorgamiento de Contratos de Administracion, corresponde a la Direccion General de Areas Naturales Protegidas aprobar mediante Resolucion Directoral la propuesta presentada para el otorgamiento de contrato de administracion; Que, se ha advertido que el articulo 40º de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas para el otorgamiento de Contratos de Administracion aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 270-2001-INRENA contiene un error material al precisar que corresponde el otorgamiento de contrato de administracion mediante Resolucion Jefatural, cuando el rango legal que corresponde es el de Resolucion Directoral de acuerdo a la interpretacion sistematica realizada; y,

En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2001AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 40º de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas para el otorgamiento de Contratos de Administracion, aprobadas por Resolucion Jefatural Nº 270-2001-INRENA, quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo 40º.- La Comision de Supervision Tecnico Financiera a que se refiere los articulos 127º y 128º del Reglamento se conformara mediante la misma Resolucion Directoral a que se refiere el articulo 15º. La Comision actuara en los siguientes casos: - Para emitir opinion respecto a los informes anuales y quinquenales a que se refieren los articulos 38º y 39º. - Para emitir opinion respecto a las denuncias o quejas presentadas con relacion a la ejecucion del Contrato de Administracion. - Para realizar inspecciones, con o sin previo aviso, al area bajo Contrato de Administracion para verificar el cumplimiento de los compromisos del Ejecutor. El Ejecutor debe brindar las facilidades de informacion y acceso para el cumplimiento de funciones de la Comision." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del INRENA 00994

Aprueban ampliacion de contratos de profesionales encargados de elaborar propuesta de apoyo estructural y gerenciamiento de proyectos del INRENA
INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES RESOLUCION JEFATURAL Nº 485-2002-INRENA MORDAZA, 30 de diciembre de 2002

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