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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2003 (29/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 238101 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de enero de 2003 la fecha y hora en que deberán presentarse. Los criterios de evaluación deberán tener en cuenta por lo menos la pro-puesta tarifaria, el número de Consumidores a incorporar yel cronograma para la ejecución de los trabajos. b) Entre la fecha de notificación y de la presentación de las propuestas deberá mediar no menos de diez (10) días ni más de quince (15) días. c) Recibidas las propuestas en la fecha y hora señala- das, en el mismo acto y en presencia de los interesadosque asistan, un representante de la DGH procederá aabrir los sobres correspondientes, para luego evaluar laspropuestas de acuerdo a los criterios de evaluación se- ñalados en la notificación a que se refiere el literal a) del presente artículo y en un plazo no mayor de cinco (5)días determinará al postor que tendrá derecho de conti-nuar con el trámite de solicitud de Concesión. d) En caso de empate en el resultado de la evalua- ción, se seleccionará al postor cuya solicitud de conce- sión tenga fecha anterior de presentación. e) De lo actuado se sentará acta que suscribirá el representante de la DGH, el postor seleccionado y losinteresados que deseen hacerlo, dejándose constanciade las propuestas efectuadas. f) Luego de otorgada la Concesión, la DGH dispondrá la devolución de las cartas fianza que fueran adjuntadas en la solicitud de Concesión a los solicitantes no seleccio-nados que hubiesen cumplido con presentar su propuesta,siendo de aplicación cuando corresponda, la solicitud derenovación de garantía dispuesta en el literal l) del Artí-culo 18º. Al día siguiente de seleccionado el postor gana- dor, la DGH dispondrá la ejecución de las cartas fianza de los solicitantes que no hubieran presentado su pro-puesta. g) Si en la fecha y hora señaladas no se presentara ninguno de los solicitantes concurrentes, se declararádesierto el procedimiento de evaluación de propuestas, expidiéndose la Resolución Directoral que dispone el archivamiento de los respectivos expedientes y la ejecu-ción de las cartas fianza que fueron presentadas con sussolicitudes de Concesión." Artículo 7º.- Modificar el artículo 31º del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, apro- bado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM por el textosiguiente: "Artículo 31º.- El tiempo que se requiera para el trá- mite y solución de la concurrencia de solicitudes de Con- cesión, de oposiciones y los que requieran otras autori- dades de acuerdo a las normas pertinentes, suspenderáel plazo a que se refieren los artículos 19º y 22º, es decir,no será computado para los efectos de dicho plazo." Artículo 8º.- Derogar las normas que se opongan al presente Decreto Supremo. Artículo 9º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Energía y Minas, y entrará envigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintio- cho días del mes de enero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 01770 Aprueban transferencias de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía elØctrica afavor de Red de Energía del Perœ S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2003-EM Lima, 28 de enero de 2003VISTO: El Expediente Nº 14014693-01 organizado por ETESUR y la solicitud de transferencia de concesióndefinitiva de transmisión presentada el 1 de octubre de2002 por Red de Energía del Perú S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 014-96-EM de fecha 15 de marzo de 1996, se otorgó a favor de Empre-sa de Transmisión Eléctrica del Sur S.A. (ETESUR) conce-sión definitiva para desarrollar la actividad de transmi-sión de energía eléctrica en la línea de transmisión en 138 kV SE Socabaya-SE Cerro Verde, aprobándose el contrato de concesión Nº 082-96; Que, como consecuencia de la adjudicación de la Buena Pro de la Licitación Pública Internacional para laentrega en Concesión de los Sistemas de TransmisiónEléctrica del Estado (ETECEN-ETESUR), se ha consti- tuido la empresa Red de Energía del Perú S.A. (REP), conforme consta en la Escritura Pública de Constituciónde Sociedad Anónima, extendida el 3 de julio de 2002,inscrita en la Partida Nº 11393349 del Registro de Perso-nas Jurídicas de Lima, cuya copia obra en el Expediente; Que, Red de Energía del Perú S.A. (REP) ha solicita- do se transfiera a su favor la concesión a que se refiere el primer considerando de la presente Resolución,manifestando como sustento que en virtud del Contratode Cesión de Posición Contractual suscrito el 5 de setiem-bre de 2002 por los representantes legales de ETESURy REP, la primera cede a favor de la segunda su posición contractual frente al Estado en los derechos y obligacio- nes derivadas del mencionado contrato; Que, de conformidad con el artículo 1436º del Código Civil, la forma de la transmisión, la capacidad de las par-tes intervinientes, los vicios del consentimiento y las re-laciones entre los contratantes se definen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, en consecuencia procede aprobar la transferen- cia solicitada y tener como titular de la concesión defini-tiva a que se refiere la presente Resolución a Red deEnergía del Perú S.A. (REP), la que deberá elevar el Contrato de Cesión de Posición Contractual a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presenteResolución; e inscribirla en el Registro de Concesionespara la Explotación de los Servicios Públicos del Regis-tro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dis-puesto en los artículos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 009-93-EM; Que, la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Conce-siones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por DecretoSupremo Nº 009-93-EM; y su solicitud cuenta con la opi- nión favorable según el Informe Nº 009-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artí- culo 53º y en el artículo 54º del Reglamento de la Ley deConcesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la línea de transmisión en 138 kV SE Socabaya - SE Cerro Verde, con dos (2) ternas y 11,25km de longitud, que efectúa Empresa de Transmisión Eléc-trica del Sur S.A. (ETESUR) a favor de Red de Energíadel Perú S.A. (REP). Artículo 2º.- Tener como titular de la concesión men- cionada en el artículo anterior a Red de Energía del Perú S.A. (REP), quien asume todos los derechos y obligacio-nes que se desprenden del contrato de Concesión Nº082-96. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Re- glamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Supremo Nº 009-93-EM, será notificada al concesionarioy deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi-cial El Peruano por una sola vez dentro de los cinco (5)días calendario de expedida.