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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2003 (29/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 238104 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de enero de 2003 Estimado señor Ministro: Esta carta convenio (en adelante denominada el "Con- venio") entre la República del Perú, representado por elMinisterio de Relaciones Exteriores (en adelante deno-minada el "Beneficiario") y el Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante denominado el "Banco"), que sometemos a su consideración en esta primera parte (enadelante denominada las "Estipulaciones Especiales"),tiene el propósito de formalizar los términos y las condi-ciones para el otorgamiento de una cooperación técnicaregional no reembolsable al Beneficiario (en adelante denominada la "Contribución"), hasta por el monto de veinte mil dólares de los Estados Unidos de América (US$20.000), o su equivalente en otras monedas convertibles,que se desembolsará con cargo a los ingresos netos delFondo para Operaciones Especiales del Banco. La Contribución será utilizada para financiar el pro- grama "Contabilizando a los Grupos Étnicos: Apoyo Téc- nico al Instituto Nacional de Estadística e Informática delPerú" (en adelante denominado el "Programa") que sedescribe en el Anexo A de este Convenio. Salvo que eneste Convenio se exprese lo contrario, en adelante el tér-mino "dólares" significa la moneda de curso legal en los Estados Unidos de América. El Banco y el Beneficiario acuerdan lo siguiente: Primero. Partes integrantes del Convenio. Este Convenio está integrado por una primera parte, denomi-nada las "Estipulaciones Especiales"; una segunda par- te, denominada las "Normas Generales" y los Anexos A y B que se agregan. En el Artículo 1 de las NormasGenerales se establece la primacía entre las referidaspartes y Anexos. Segundo. Organismo Ejecutor. Las partes convie- nen en que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos de la Contribución serán llevadas a cabo por el Instituto Nacional de Estadística e Informática del Perú(en adelante denominado el "Organismo Ejecutor"). Tercero. Condiciones previas al primer desem- bolso. El primer desembolso de los recursos de la Con- tribución está condicionado a que el Organismo Ejecutor cumpla, a la satisfacción del Banco, con las condiciones previas establecidas en el Artículo 2 de las Normas Ge-nerales. Cuarto. Desembolsos. Para los efectos de lo estipu- lado en el Artículo 3 de las Normas Generales, el Bancodesembolsará los recursos de la Contribución al Orga- nismo Ejecutor de la siguiente forma: (a) hasta la suma de diez mil dólares (US$ 10.000) al cumplimiento de lascondiciones previas al primer desembolso indicadas enel Acápite Tercero anterior; (b) hasta la suma de cinco(US$ 5.000) mil dólares al momento de entrega del pri-mer informe de progreso del Programa; y (c) hasta la suma de cinco mil dólares (US$ 5.000) al momento de entrega del informe final del Programa. Quinto. Plazos. (a) El plazo para la ejecución del Pro- grama será de cinco (5) meses, contado a partir de lafecha de vigencia de este Convenio. (b) El plazo para el último desembolso de los recur- sos de la Contribución será de ocho (8) meses, contado a partir de la fecha de vigencia de este Convenio. Cual-quier parte de la Contribución no utilizada dentro de esteplazo será cancelada. (c) Los plazos indicados anteriormente y otros que se establezcan en este Convenio sólo podrán ser amplia- dos, por razones justificadas, con el consentimiento es- crito del Banco. Sexto. Costo total del Programa. El costo total del Programa se estima en la suma de veinte mil dólares(US$ 20.000), sin que esta estimación reduzca la obliga-ción del Organismo Ejecutor de aportar los recursos adi- cionales que se requieran para completar el Programa. Los recursos del Programa se destinarán a financiar lascategorías que, con cargo al mismo, se establecen en elpresupuesto del Programa que aparece en el Anexo A. Séptimo. Monedas para los desembolsos. El Banco hará el desembolso de la Contribución en dólares o su equi- valente en otras monedas convertibles que formen parte de los ingresos netos del Fondo para Operaciones Especiales.No obstante, el Banco, aplicando la tasa de cambio indica-da en el Artículo 7 de las Normas Generales podrá conver-tir dichas monedas convertibles en otras monedas, inclu- yendo moneda local, atendiendo: (a) lo dispuesto en el AnexoB de este Convenio, en lo referente a remuneraciones yviáticos; y (b) la naturaleza de los demás gastos que secubran con cargo a la Contribución. Octavo. Uso de la Contribución. Para los efectos de lo estipulado en los Artículos 9 y 11 de las Normas Ge- nerales, los recursos de la Contribución sólo podrán utili-zarse para el pago de bienes y servicios originarios delos países miembros del Banco. Noveno. Informes de progreso. El Organismo Eje- cutor se compromete a presentar al Banco, dentro de las fechas que a continuación se indican, los siguientes in- formes de progreso: (a) al 15 de octubre del 2002, el lis-tado de los consultores que presentarán las leccionesaprendidas/estudios de caso relevantes para el tema, laagenda del seminario Todos Contamos II: Los Censos yla Inclusión Social, y el primer borrador de las ponencias de los consultores con sus recomendaciones para revi- sión; y (b) el 20 de noviembre del 2002 un borrador de lasmemorias (incluyendo ponencias y estudios de caso) delseminario en Lima, Perú. Décimo. Supervisión y seguimiento. La supervisión y administración del Programa en el terreno será de la Representación del Banco en Lima, con el apoyo técnico de la División de Programas Sociales del Departamentode Programas Sociales del Departamento de DesarrolloSostenible (SDS/SOC) y el básico de la División de Co-operación Técnica Regional del Departamento de Inte-gración y Programas Regionales del Banco (INT/RTC). Undécimo. Comunicaciones. Todos los avisos, soli- citudes, comunicaciones o notificaciones que las partesdeban dirigirse en virtud de este Convenio se efectuaránpor escrito y se considerarán realizadas desde el mo-mento en que el documento correspondiente se entre-gue al destinatario en la dirección indicada en la primera página de este Convenio para el Beneficiario y cuyo nú- mero de facsímil es (511) 311-2406, y en la dirección ynúmero de facsímil que se indican a continuación para elOrganismo Ejecutor y el Banco, a menos que las partesacuerden por escrito de otra manera: Organismo Ejecutor: Instituto Nacional de Estadística e Informática del Perú Avenida General Garzón 658, Jesús MaríaLima 11, Perú Facsímil: (511) 433-8405Banco: Dirección Postal: Banco Interamericano de Desarrollo 1300 New York Avenue, N.W.Washington, D.C. 20577EE.UU. Facsímil: (202) 623-3096 Le ruego manifestar su aceptación a los términos del presente Convenio, en representación del Beneficiario,mediante la suscripción y entrega de uno de los ejempla- res originales en nuestra oficina en Lima, Perú. Este Convenio se suscribe en tres (3) ejemplares ori- ginales de igual tenor, por los representantes debidamenteautorizados para ello, y entrará en vigencia en la fechade su suscripción por el representante autorizado delBeneficiario. Atentamente, Banco Interamericano de DesarrolloNohra Rey de Marulanda Gerente, Departamento de Integración y Programas Regionales Fecha: 3 de octubre de 2002