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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (02/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

PÆg. 238428 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de febrero de 2003 Que, debido a los hechos a que se contrae el párrafo precedente, la Universidad Nacional Federico Villarreal po- dría encontrarse desprovista de los Prospectos y Carpetas, toda vez, que el plazo para resolver la impugnación antesreferida excedería el plazo programado para la distribución y venta de los mismos, afectándose los servicios educati- vos e ingresos presupuestados por la Universidad; por loque de conformidad con el Art. 21º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se configura la Situación de Urgencia por la ausencia ex-traordinaria e imprevisible de la referida adquisición que compromete en forma directa e inminente el desarrollo del Proceso de Admisión 2003 de esta Casa Superior de Estu-dios; Que, siendo la Situación de Urgencia una medida temporal ante un hecho de excepción como el que seseñala, que determina una acción rápida a fin de adqui- rir los bienes que permita paliar la urgencia, sin perjui- cio de que se resuelva la impugnación antes referida,es necesario, llevar a cabo el proceso de selección por exoneración, bajo la modalidad de Menor Cuantía, por la causal señalada, para adquirir mientras se resuelvadicha impugnación, seis mil (6,000) unidades de los bie- nes aludidos, respectivamente, hasta el valor referen- cial ascendente a S/. 21,400.00 Nuevos Soles, con car-go a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, de conformidad con el Art. 20º del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, la resolu- ción que apruebe la exoneración a que se contrae el Art. 19º de la indicada Ley, requieren obligatoriamente de unInforme Técnico Legal previo y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Estando al Informe Técnico Legal de la Oficina Central de Asesoría Jurídica y a lo dispuesto por los artículos 19º y 20º del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y artículos 108º y 113º de su Reglamento, apro-bados por los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM, respectivamente; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto de la Universidad Nacional Federico Villarreal y la Resolución R. Nº 4388- 2003-UNFV; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Urgen- cia la adquisición de Prospectos y Carpetas para el desa- rrollo del proceso de Admisión 2003 en la Universidad Na-cional Federico Villarreal, hasta que se resuelva la impug- nación interpuesta al otorgamiento de la Buena Pro en la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0016-2002-UNFV. Artículo Segundo.- EXONERAR a la Universidad Na- cional Federico Villarreal del Proceso de Seleción de Adju- dicación Directa Selectiva para la adquisición de seis mil(6,000) Prospectos y Carpetas de Admisión, respectivamen- te, por el valor referencial ascendente a S/. 21,400.00 (Vein- tiún mil cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles), afectándosela Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Comité Especial Per- manente encargado de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0016-2002-UNFV, adquirir los bienes a que se refiere el artículo primero de la presente resolución, mediante el pro-ceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de conformidad con el Art. 105º del Reglamento del TUO de la Ley de Ad- quisiciones y Contrataciones del Estado. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la remisión de una copia de la misma y del Informe TécnicoLegal que la sustenta a la Contraloría General de la Repú- blica, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo Quinto.- El Vicerrectorado Administrativo, así como los Jefes de las Oficinas Centrales de Planificación, Económico Financiera y, de Logística y Servicios Auxilia-res, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. ISAAC ROBERTO ÁNGELES LAZO Rector (e) 02133UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 4478-2003-UNFV San Miguel, 20 de enero de 2003Vistos, los Informes Nºs. 039-2003-OCAJ-UNFV y 001- 2003-OCLS-RTS/DTH y Oficio Nº 054-2003-OCLS-UNFV,en los que se señala la necesidad de declarar en Situaciónde Urgencia, por el plazo de tres (3) meses, la adquisición de combustible para los vehículos de la Universidad Nacio- nal Federico Villarreal; y, CONSIDERANDO:Que, el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, tiene prevista la realización de un proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, referido a la adquisición decombustible para la Universidad Nacional Federico Villarreal; Que, mediante Informes Nºs. 332-2002-LOG/TTM-UNFV, 001 y 010-2003-LOG/TTM-UNFV, el Jefe de la Oficina deTransporte Talleres y Maestranza, requiere con carácter de urgente la adquisición de combustible para los vehículos de la Universidad, toda vez, que la provisión actual del mismoalcanzaría sólo hasta el 21 de enero del presente año y quede llevarse a cabo a través de una Adjudicación DirectaSelectiva, su trámite superaría la fecha antes referida; Que, la Universidad podría verse desprovista del com- bustible necesario para el normal funcionamiento de sus vehículos afectándose los servicios que presta; por lo quede conformidad con el Art. 21º del TUO de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, se configura la Situa-ción de Urgencia por la ausencia extraordinaria e imprevisi-ble de la referida adquisición que compromete en forma di- recta e inminente los servicios de movilidad que presta esta Casa Superior de Estudios; Que, siendo la Situación de Urgencia una medida tem- poral ante un hecho de excepción como el que se señala,que determina una acción rápida a fin de adquirir los bie-nes que permita paliar la urgencia, sin perjuicio de que se convoque al proceso de contratación respectivo, es nece- sario, llevar a cabo el proceso de selección por exonera-ción, bajo la modalidad de Menor Cuantía, por la causalseñalada, para adquirir por un período de tres (3) meses,gasolina con octanaje de 84, 90 y 97, y petróleo D2, hastael valor referencial ascendente a S/. 27,680.79 Nuevos So- les, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, de conformidad con el Art. 20º del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, la resolu-ción que apruebe la exoneración a que se contrae el Art.19º de la indicada Ley, requieren obligatoriamente de un Informe Técnico Legal previo y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Estando al Informe Técnico Legal Nº 039-2003-OCAJ- UNFV, de la Oficina Central de Asesoría Jurídica y a lo dis-puesto por los artículos 19º y 20º del TUO de la Ley deAdquisiciones y Contrataciones del Estado y artículos 108º y 113º de su Reglamento, aprobados por los Decretos Su- premos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM, respectiva-mente; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto de la Universidad NacionalFederico Villarreal y la Resolución R. Nº 4388-2003-UNFV; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Urgen- cia la adquisición de combustible: gasolina con octanaje de84, 90 y 97, y petróleo D2, para los vehículos de la Univer- sidad Nacional Federico Villarreal, por el plazo de tres (3) meses, hasta que se efectúe su adquisición mediante pro-ceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva. Artículo Segundo.- EXONERAR a la Universidad Na- cional Federico Villarreal del Proceso de Selección de Ad-judicación Directa Selectiva para la adquisición de combus- tible: gasolina con octanaje de 84, 90 y 97, y petróleo D2, hasta por el valor referencial ascendente a S/. 27,680.79(Veintisiete mil seiscientos ochenta y 79/100 Nuevos So-les), afectándose la Fuente de Financiamiento de Recur-sos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares adquirir los bienes a que se refiere el artículo primero de la presente resolución, me-diante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, deconformidad con el Art. 105º del Reglamento del TUO de laLey de Adquisiciones y Contrataciones del Estado.