Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2003 (02/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 2 de febrero de 2003 UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA

Que, debido a los hechos a que se contrae el parrafo precedente, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA podria encontrarse desprovista de los Prospectos y Carpetas, toda vez, que el plazo para resolver la impugnacion MORDAZA referida excederia el plazo programado para la distribucion y venta de los mismos, afectandose los servicios educativos e ingresos presupuestados por la Universidad; por lo que de conformidad con el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se configura la Situacion de Urgencia por la ausencia extraordinaria e imprevisible de la referida adquisicion que compromete en forma directa e inminente el desarrollo del MORDAZA de Admision 2003 de esta MORDAZA Superior de Estudios; Que, siendo la Situacion de Urgencia una medida temporal ante un hecho de excepcion como el que se senala, que determina una accion rapida a fin de adquirir los bienes que permita paliar la urgencia, sin perjuicio de que se resuelva la impugnacion MORDAZA referida, es necesario, llevar a cabo el MORDAZA de seleccion por exoneracion, bajo la modalidad de Menor Cuantia, por la causal senalada, para adquirir mientras se resuelva dicha impugnacion, seis mil (6,000) unidades de los bienes aludidos, respectivamente, hasta el valor referencial ascendente a S/. 21,400.00 Nuevos Soles, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, de conformidad con el Art. 20º del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, la resolucion que apruebe la exoneracion a que se contrae el Art. 19º de la indicada Ley, requieren obligatoriamente de un Informe Tecnico Legal previo y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; Estando al Informe Tecnico Legal de la Oficina Central de Asesoria Juridica y a lo dispuesto por los articulos 19º y 20º del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y articulos 108º y 113º de su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM, respectivamente; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA y la Resolucion R. Nº 43882003-UNFV; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Urgencia la adquisicion de Prospectos y Carpetas para el desarrollo del MORDAZA de Admision 2003 en la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, hasta que se resuelva la impugnacion interpuesta al otorgamiento de la Buena Pro en la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0016-2002-UNFV. Articulo Segundo.- EXONERAR a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de Selecion de Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion de seis mil (6,000) Prospectos y Carpetas de Admision, respectivamente, por el valor referencial ascendente a S/. 21,400.00 (Veintiun mil cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles), afectandose la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- AUTORIZAR al Comite Especial Permanente encargado de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0016-2002-UNFV, adquirir los bienes a que se refiere el articulo primero de la presente resolucion, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con el Art. 105º del Reglamento del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como la remision de una MORDAZA de la misma y del Informe Tecnico Legal que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Articulo Quinto.- El Vicerrectorado Administrativo, asi como los Jefes de las Oficinas Centrales de Planificacion, Economico Financiera y, de Logistica y Servicios Auxiliares, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector (e) 02133

RESOLUCION R. Nº 4478-2003-UNFV
San MORDAZA, 20 de enero de 2003 Vistos, los Informes Nºs. 039-2003-OCAJ-UNFV y 0012003-OCLS-RTS/DTH y Oficio Nº 054-2003-OCLS-UNFV, en los que se senala la necesidad de declarar en Situacion de Urgencia, por el plazo de tres (3) meses, la adquisicion de combustible para los vehiculos de la Universidad Nacional MORDAZA Villarreal; y, CONSIDERANDO: Que, el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, tiene prevista la realizacion de un MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, referido a la adquisicion de combustible para la Universidad Nacional MORDAZA Villarreal; Que, mediante Informes Nºs. 332-2002-LOG/TTM-UNFV, 001 y 010-2003-LOG/TTM-UNFV, el Jefe de la Oficina de Transporte Talleres y Maestranza, requiere con caracter de urgente la adquisicion de combustible para los vehiculos de la Universidad, toda vez, que la provision actual del mismo alcanzaria solo hasta el 21 de enero del presente ano y que de llevarse a cabo a traves de una Adjudicacion Directa Selectiva, su tramite superaria la fecha MORDAZA referida; Que, la Universidad podria verse desprovista del combustible necesario para el normal funcionamiento de sus vehiculos afectandose los servicios que presta; por lo que de conformidad con el Art. 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se configura la Situacion de Urgencia por la ausencia extraordinaria e imprevisible de la referida adquisicion que compromete en forma directa e inminente los servicios de movilidad que presta esta MORDAZA Superior de Estudios; Que, siendo la Situacion de Urgencia una medida temporal ante un hecho de excepcion como el que se senala, que determina una accion rapida a fin de adquirir los bienes que permita paliar la urgencia, sin perjuicio de que se convoque al MORDAZA de contratacion respectivo, es necesario, llevar a cabo el MORDAZA de seleccion por exoneracion, bajo la modalidad de Menor Cuantia, por la causal senalada, para adquirir por un periodo de tres (3) meses, gasolina con octanaje de 84, 90 y 97, y petroleo D2, hasta el valor referencial ascendente a S/. 27,680.79 Nuevos Soles, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, de conformidad con el Art. 20º del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, la resolucion que apruebe la exoneracion a que se contrae el Art. 19º de la indicada Ley, requieren obligatoriamente de un Informe Tecnico Legal previo y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; Estando al Informe Tecnico Legal Nº 039-2003-OCAJUNFV, de la Oficina Central de Asesoria Juridica y a lo dispuesto por los articulos 19º y 20º del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y articulos 108º y 113º de su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM, respectivamente; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA y la Resolucion R. Nº 4388-2003-UNFV; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Urgencia la adquisicion de combustible: gasolina con octanaje de 84, 90 y 97, y petroleo D2, para los vehiculos de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, por el plazo de tres (3) meses, hasta que se efectue su adquisicion mediante MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva. Articulo Segundo.- EXONERAR a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion de combustible: gasolina con octanaje de 84, 90 y 97, y petroleo D2, hasta por el valor referencial ascendente a S/. 27,680.79 (Veintisiete mil seiscientos ochenta y 79/100 Nuevos Soles), afectandose la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares adquirir los bienes a que se refiere el articulo primero de la presente resolucion, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con el Art. 105º del Reglamento del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado.

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