Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2003 (11/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban Reglamento de Administracion de Instalaciones Deportivas Publicas en el distrito
ORDENANZA Nº 145-MSS MORDAZA de MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en su articulo 82º inciso 18, determina las funciones de las Municipalidades en materia de recreacion y deportes, entre otros, a merito de lo cual las autoridades municipales deben fomentar la practica del deporte y proveer de las facilidades para tal efecto en forma idonea; Que, la Ley General del Deporte Nº 27159 establece los principios generales y el MORDAZA juridico que regula el rol del Estado y participacion de entidades publicas, privadas, en actividad deportiva y recreativa fomentando la practica masiva del deporte y recreacion en virtud a la politica establecida para tal efecto; correspondiendo a las autoridades municipales participar informando y coordinando sobre la materia de infraestructura deportiva en base al Plan Nacional del Deporte; Que, el Capitulo I de la Ordenanza Nº 463 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA establece la conformacion y funciones de los Comites Deportivos Comunales; Que, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA en sujecion a la normatividad expresada en los considerandos precedentes y a la politica deportiva a aplicar y promover dentro de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de MORDAZA considera necesario normar lo concerniente a la administracion de las instalaciones deportivas; Estando a los Informes Nºs. 1131-2001-SDCETRDDBSDH-MSS, 162-2002-DBSDH-MSS, 752-2003-OAJMSS emitidos por la Subdireccion de Cultura, Educacion, Turismo, Recreacion y Deportes, Direccion de Bienestar Social y Desarrollo Humano y Oficina de Asesoria Juridica; contando con los Dictamenes favorables Nºs. 0012003-CBSDH-MSS y 043-2003-CAL/MSS de las Comisiones de Bienestar Social y Desarrollo Humano y de Asuntos Legales, respectivamente; De conformidad con lo establecido en los articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por Unanimidad, aprobo lo siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO DE ADMINISTRACION DE INSTALACIONES DEPORTIVAS PUBLICAS EN EL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene por finalidad reglamentar la administracion y desarrollo de actividades deportivas en las instalaciones deportivas publicas a excepcion de las construidas por el Instituto Peruano del Deporte (IPD), existentes dentro de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de Surco. TITULO II DE LA BASE LEGAL Articulo 2º.- El presente Reglamento se sustenta en la normatividad siguiente:

- Constitucion Politica del Peru. - Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27159 - Ley General del Deporte. - Decreto Ley Nº 27337 - Codigo de los Ninos y Adolescentes. - Decreto Supremo Nº 063-70-VI - Reglamento Nacional de Construcciones articulos II-VI-4.2 y II-VI-4.5. TITULO III DE LOS ALCANCES Articulo 3º.- La presente MORDAZA comprende a las siguientes organizaciones de vecinos: a) Asociacion de Propietarios. b) Asociacion de Vivienda. c) Cooperativa de Vivienda. d) Juntas y Comites Vecinales. e) Comite de Administracion Articulo 4º.- Los niveles administrativos de las instalaciones deportivas se establecen en el orden siguiente: 4.1 Primer Nivel: La Municipalidad de MORDAZA de Surco. 4.2 MORDAZA Nivel: Las Organizaciones de Vecinos a que se hace referencia en el articulo 3º de la presente Ordenanza, a quienes se les puede facultar la administracion de las instalaciones deportivas mediante la suscripcion del Convenio respectivo. TITULO IV DE LA ADMINISTRACION Articulo 5º.- La administracion de las instalaciones deportivas publicas, corresponde a la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, la misma que puede autorizar su administracion a los Comites de Administracion a traves de Convenios a suscribirse para tal fin. Articulo 6º.- Corresponde a la Direccion de Bienestar Social y Desarrollo Humano a traves de la Subdireccion de Cultura, Educacion, Turismo, Recreacion y Deportes la suscripcion de los Convenios autorizando la administracion de las instalaciones deportivas a los Comites de Administracion peticionaria; previo informe de la Subdireccion de Cultura, Educacion, Turismo, Recreacion y Deportes. Articulo 7º.- La supervision y cumplimiento de los Convenios suscritos por la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA con los Comites de Administracion, estara a cargo de la Direccion de Bienestar Social y Desarrollo Humano, conjuntamente con la Subdireccion de Cultura, Educacion, Turismo, Recreacion y Deporte. TITULO V DEL COMITE DE ADMINISTRACION Articulo 8º.- El Comite de Administracion sera el encargado de administrar las instalaciones deportivas de su jurisdiccion. Estara conformado por dos integrantes de las Organizaciones Vecinales y/o Junta de Propietarios y 03 vecinos elegidos democraticamente entre los propietarios que residen en el perimetro de las instalaciones deportivas. Articulo 9º.- El Comite de Administracion tendra vigencia de un ano, renovable previa aprobacion vecinal. TITULO VI DE LAS OBLIGACIONES DE LOS COMITES DE ADMINISTRACION Articulo 10º.- Organizar, programar y realizar actividades deportivas, preferentemente para ninos, adolescentes, discapacitados y adultos mayores. Articulo 11º.- Conservar, mantener y mejorar las instalaciones deportivas publicas que vienen administrando. Articulo 12º.- Hacer cumplir el horario de 09.00 a 21.00 horas establecido en el Decreto de Alcaldia Nº 00398-DASS. Articulo 13º.- Administrar los ingresos economicos por concepto de uso de las instalaciones deportivas e invertirlo total y obligatoriamente en el mantenimiento, administracion, implementacion y actividades deportivas,

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