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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2003 (12/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

PÆg. 248101 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de julio de 2003 parar las Bases Administrativas, debiendo asumir su pre- sidencia el primer miembro titular. Que, el Comité encontró ciertas incongruencias en el ex- pediente técnico y con fecha 10 de junio los actuados fuerondevueltos a la Dirección de Abastecimiento y Mantenimiento para las subsanaciones necesarias; la cual motivó que los plazos para la elaboración de las Bases Administrativas yConvocatoria excedieran el plazo estipulado en la addenda. Que, el Art. 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado considera comoSituación de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esen-ciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisi- ción o contratación de los bienes, servicios u obras sólo porel tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para lle- var a cabo el proceso de selección que corresponda. Que, la Municipalidad Provincial de Trujillo podría ver- se desprovista del servicio de guardianía y choferes, afec- tándose la continuidad en la prestación de estos servi- cios que se presta a la Institución. Que, en tal sentido y estando a lo expuesto preceden- temente, se configura la Situación de Urgencia; por lo que hace necesario llevar a cabo la exoneración del proceso deselección y contratar los servicios de 29 guardianes y 32 cho- feres, bajo la modalidad de Menor Cuantía por un período de 55 días hábiles, tiempo en el que se estima se procederá aconvocar y otorgar la buena pro, por un valor referencial ascen- dente a Ciento Diecinueve Mil Seiscientos Cuarenta y Seis Nuevos Soles (S/. 119,646.86), con cargo a la Fuente de Fi-nanciamiento: Recursos Propios; información que fuera al- canzada por la Oficina de Abastecimiento y Mantenimiento, mediante Informe Nº 003-2003-MPT-OGA-OAM. Que, de otro lado la norma antes citada en su Art. 20º establece las formalidades de los procedimientos no su- jetos a Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi-cación Directa siendo, para el caso de las municipalida- des la aprobación de la exoneración mediante un Acuer- do del Concejo Municipal, sustentado en un Informe Téc-nico - Legal. Igualmente, el mencionado artículo del TUO y el Art. 115º de su Reglamento establecen que copia de la resolución que aprueba la exoneración y los informesque la sustenten deben ser remitidos a la Contraloría General de la República y publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días calendario siguientes ala fecha de su aprobación y emisión, respectivamente. En ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; en sesión deConcejo de fecha 30 de junio del 2003. ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Urgencia la contratación del Servicio de 29 guardianes y 12 choferes por el plazo de 55 días hábiles a partir del 1 de julio del año 2003, hasta el 17 de setiembre del 2003; por los fundamentos ex-puestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- EXONERAR a la Municipalidad Pro- vincial de Trujillo del proceso de selección de Concurso Pú-blico para la contratación del Servicio de Guardianía y Cho- feres a que se refiere el artículo precedente, hasta por el valor referencial ascendente a Ciento Diecinueve Mil Seis-cientos Ochenta y Seis Nuevos Soles (S/. 119,646.86), afec- tándose a la Fuente de Financiamiento: Recursos Propios. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Oficina de Abas- tecimiento y Mantenimiento, contratar los servicios a que se refiere el artículo primero de la presente resolución, mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía,de conformidad con el Art. 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del pre- sente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Perua- no, así como la remisión de una copia de la misma y del Informe Técnico - Legal que lo sustenta a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los diez días calenda- rio siguientes a la fecha de su aprobación. Dado en Trujillo, a los treinta días del mes de junio del año Dos Mil Tres. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ MURGIA ZANNIER Alcalde 13038Autorizan contratar servicio de vigilan- cia mediante proceso de adjudicaciónde menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 08-2003-MPT EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO VISTO, el Informe Técnico-Legal que sustenta la de- claratoria en Situación de Urgencia y la Exoneración delProceso de Selección para la Provisión del Servicio de Vigilancia para la Municipalidad Provincial de Trujillo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1190-2003- MPT se autorizó la suscripción de una addenda de pró- rroga del contrato de Servicio de Vigilancia, derivado de la Adjudicación Directa Pública Nº 0001-2002-MPT, porun lapso de 3 meses, comprendidos del 1 de abril al 30 de junio del año en curso; la misma que se suscribió en aplicación de lo establecido en el Art. 141º del Regla-mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 013-2001-PCM el cual establece que "...dentro de los tres meses posteriores al vencimientodel plazo contractual, la Entidad podrá adquirir o contra- tar complementariamente con el mismo contratista bie- nes y servicios, con excepción de la ejecución de obras,por única vez y en tanto se realice el proceso de selec- ción que corresponda, hasta por un máximo de treinta por ciento (30%) adicional al monto del contrato original,siempre que se trate del mismo bien o servicio y el con- tratista preserve las condiciones que dieron lugar a la adquisición o contratación"; Que, mediante Informe Nº 002-2003-MPT-OGA-OAM de fecha 24 de junio de 2003, la Oficina de Abastecimiento y Mantenimiento, ante el vencimiento de la addenda an-tes referida, ha comunicado la necesidad de declarar en Situación de Urgencia el precitado servicio, en tanto se proceda a la elaboración de las Bases Administrativas yconvocatoria del correspondiente proceso de selección; Que, asimismo la Oficina de Abastecimiento y Mante- nimiento informa que debido a las circunstancias conoci-das por las que atravesaba la Dirección General de Ad- ministración cuya Directora era la Presidenta del Comité Especial, éste también tuvo problemas en reunirse y pre-parar las Bases Administrativas, debiendo asumir su pre- sidencia el primer miembro titular; Que, el Comité encontró ciertas incongruencias en el expediente técnico y con fecha 10 de junio los actuados fueron devueltos a la Dirección de Abastecimiento y Man- tenimiento para las subsanaciones necesarias; lo cualmotivó que los plazos para la elaboración de las Bases Administrativas y Convocatoria excedieran el plazo esti- pulado en la addenda; Que, el Art. 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado considera como Situación de Urgencia cuando la ausencia extraor-dinaria e imprevisible de determinado bien o servicio com- promete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones producti-vas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación fa- culta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad,según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proce- so de seleción que corresponda; Que, la Municipalidad Provincial de Trujillo podría ver- se desprovista del servicio de vigilancia, afectándose la continuidad en la prestación de este servicio que se presta a la Institución; Que, en tal sentido y estando a lo expuesto preceden- temente, se configura la Situación de Urgencia; por lo que se hace necesario llevar a cabo la exoneración delproceso de selección y contratar los servicios de 12 vigi- lantes bajo la modalidad de Menor Cuantía por un perío- do de 55 días hábiles, tiempo en el que se estima seprocederá a convocar y otorgar la buena pro, por un valor referencial ascendente a VEINTIOCHO MIL SETECIEN- TOS ONCE Y 76/100 Nuevos Soles (S/. 28,711.76), concargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Propios; Que, de otro lado, la norma antes citada en su Art. 20º establece las formalidades de los procedimientos no