Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2003 (12/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales de gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion; Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los organos promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru les confiere establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, los gobiernos locales son competentes para administrar sus bienes y rentas; Que, en aplicacion de lo dispuesto en el inciso d) del articulo 32º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, se ha considerado conveniente normar el pago en especie como medio de pago de la deuda tributaria comprendiendose dentro del concepto de especie, a los bienes y a la prestacion de servicios; Que, el pago en especie constituye una sustitucion de la prestacion pecuniaria que tecnicamente constituye una dacion en pago, forma de pago reconocida por el Codigo Civil, sin que dicha sustitucion de la prestacion enerve la naturaleza pecuniaria del tributo; Que, la entrega de la especie producira el efecto de pago siempre que se haga efectiva la dacion, y cuando no se haga efectiva por causas no imputables no surtira efecto, caso en que solo se requerira el pago de tributo, aplicando el interes moratorio a partir de la fecha en que se vence dicho requerimiento; Que, el procedimiento administrativo para la tramitacion de las solicitudes y los requisitos que deben cumplirse para la dacion de pago en especies en cancelacion de deuda tributaria seran establecidos en el reglamento que se apruebe mediante Decreto de Alcaldia, el cual debera considerar como criterio de evaluacion que las especies satisfagan las necesidades especificas de las areas usuarias de la Municipalidad de San MORDAZA y que la aceptacion de la dacion de pago en especie sea aprobada por el Gerente Municipal; Que, estando al Informe Nº 335-2003-11-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoria Juridica e Informe Nº 001-2003GREN/MSI de la Gerencia de Rentas; Que, de conformidad al numeral 4), Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime se aprobo la siguiente: ORDENANZA Aprueban la dacion en pago de especies como medio de pago de la deuda tributaria Articulo Primero.- APROBAR la dacion en pago de especies como medio de pago de la deuda tributaria, en los casos y segun procedimiento que expresamente establezca su reglamentacion. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al senor MORDAZA la emision de la MORDAZA correspondiente que reglamente la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. Dado en San MORDAZA, a los nueve dias del mes de MORDAZA de dos mil tres. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 13159

EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Informe Nº 128-2003/MDV-DAL del 24 JUN 03, elevado por la Direccion de Asesoria Legal, el Concejo Municipal en Sesion Ordinaria del dia 27 JUN 03, con el MORDAZA UNANIME de sus integrantes y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Organos de gobierno local y gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en asuntos de su competencia; de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, promulgada recientemente; Que, precisamente el Informe Nº 128-2003/MDV-DAL del 24 de junio del ano en curso, la Direccion de Asesoria legal de este Municipio, sugiere que en virtud a la Vigesima Disposicion Complementaria de la ley mencionada en el precedente considerando, se declara en emergencia administrativa por un plazo MORDAZA de 90 dias; Que en tal sentido, la Municipalidad debera implementar una serie de prontas modificaciones a sus instrumentos de gestion tales como el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF); Reglamento Interno de Concejo (RIC); Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y otros; En tal sentido y estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en Emergencia Administrativa la Municipalidad de Ventanilla, por el termino MORDAZA de 90 dias, contados a partir del dia siguiente de suscrito el presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Disponer la implementacion de modificaciones a los instrumentos de gestion como son el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF); Cuadro de Asignacion de Personal (CAP); Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Presupuesto Analitica de Personal (PAP) y demas que correspondan. Articulo Tercero.- Facultar al senor MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alava a fin de que dicte las disposiciones complementarias destinadas para la aplicacion del presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- Asimismo, es pertinente encomendar el cumplimiento de este Acuerdo a la Gerencia Municipal, Direccion de Administracion y Direccion de Rentas. Mando se registre y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 13106

Amplian alcances de la R.A. Nº 224-03MDV-ALC, referente al inicio de procedimiento disciplinario a ex funcionarios y funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 247-03-MDV-ALC Ventanilla, 4 de MORDAZA del 2003 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA CONSIDERANDO:

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Declaran en Emergencia Administrativa a la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 118-2003/MDV-ALC Ventanilla, 27 de junio del 2003

Que, con fecha 30 de junio del 2003, se expidio la Resolucion de Alcaldia Nº 224-03-MDV-ALC, referente al inicio de procedimiento disciplinario a ex funcionarios y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, la misma que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de MORDAZA del 2003; Que, por un error involuntario solo se consignaron seis articulos, omitiendose el Articulo Setimo en la referida Resolucion, por lo que tratandose de la apertura de Procesos Administrativos Disciplinarios referente a las ob-

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