Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2003 (12/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2003

(viii) El Informe Nº 012-2003/CLC elaborado por la Secretaria Tecnica de la Comision de Libre Competencia en relacion con la presunta concertacion de precios en el MORDAZA del SOAT recoge un fragmento de la entrevista realizada el 4 de MORDAZA de 2002 al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Souza, Gerente General de Wiese Aetna69 , la cual brinda indicios sobre la percepcion negativa de la oportunidad de negocio que representaba el SOAT para algunas empresas aseguradoras:

(...) Wiese Aetna: Para ser honestos nosotros estariamos mucho mas contentos si el SOAT no existiera, a menos el SOAT como esta conceptuado ahora, por el riesgo moral, y nosotros estamos entrando al SOAT basicamente a defender nuestra cartera, estamos basicamente enfocados a vender el SOAT a nuestros clientes, primero porque los conocemos y sabemos que el riesgo moral en nuestra cartera es minimo o casi inexistente, no nos interesa salir a vender SOAT al publico general porque como esta orientado el SOAT tenemos mucho temor de que esto sea el peor negocio del siglo (...) en nuestro caso, enfocado a defender nuestra cartera de autos, yo no queria que venga una compania competidora, le de el SOAT a mi cliente y le diga como ya te di el SOAT ahora dame tu seguro de auto, ese era nuestro unico objetivo con el SOAT, defender nuestra cartera, y ustedes lo podran ver, nuestra publicidad y nuestro enfoque a nuestros clientes les damos un buen precio pero ademas les ofrecemos ventajas para fidelizarlos en la renovacion de su seguro de auto, si es cliente nuestro le vamos a dar un descuento en la prima de autos y en su primer siniestro le vamos a dar un descuento en su deducible es una manera de atraerlo para que se quede para que sepa que es un cliente especial para nosotros. Indecopi: Es una estrategia de la empresa. Wiese Aetna: De la empresa para el SOAT y es clarisima no hay nada mas. (...)
El siguiente fragmento de la entrevista al senor MORDAZA Zolezzi Barrenechea, Gerente de la Division de Riesgos de El MORDAZA, realizada el 26 de junio de 200270 , sigue la misma linea de la entrevista resenada en el parrafo anterior:

otras cosas, eran sus consolidados mercados de seguros vehiculares tradicionales. Puede observarse que el movil de las empresas aseguradoras para fijar concertadamente los precios del SOAT no fue contribuir a reducir los costos de acceso a la informacion requerida para implementar el SOAT, tampoco mejorar la produccion o la distribucion de este MORDAZA producto ni fomentar el progreso tecnico o economico y menos aun beneficiar a los consumidores. Por el contrario, el movil de las empresas aseguradoras fue impedir que se incrementara el grado de competencia en el MORDAZA de seguros de vehiculos tradicionales - un MORDAZA existente y en pleno funcionamiento - como consecuencia de la intromision de un MORDAZA elemento como el SOAT, fruto de una imposicion legal. En otras palabras, las empresas aseguradoras buscaron defenderse de la competencia, restringiendola, lo cual constituye una afectacion al interes economico general. En conclusion, las investigadas72 efectivamente llegaron a ejecutar el acuerdo alcanzado en el seno del Comite de Automoviles de la APESEG al ofertar el SOAT a los precios previamente determinados en forma concertada entre ellas. En tal sentido, es MORDAZA que existe un perjuicio al interes economico general en el presente caso, materializado en la grave distorsion del MORDAZA, no solo del SOAT sino aquel de seguros de vehiculos tradicionales, generando una mayor resistencia de los consumidores a la implementacion del SOAT y una disminucion en el grado de competencia en el MORDAZA de seguros de vehiculos tradicionales. Por tanto, al verificarse en el presente caso un acuerdo de fijacion concertada de precios que no contribuye a mejorar la produccion o la distribucion de los productos o a fomentar el progreso tecnico o economico, corresponde declarar que Generali, La Positiva, MORDAZA, Sul MORDAZA, Mapfre, Royal&SunAlliance y MORDAZA han infringido lo dispuesto en el articulo 3º y el literal a) del articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 701. De otro lado, al no haberse reunido evidencia suficiente que permita probar la ejecucion del acuerdo por parte de Interseguro y Wiese Aetna, corresponde declarar que dichas empresas no han infringido lo dispuesto en el articulo 3º y el literal a) del articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 701 durante el periodo comprendido entre diciembre de 2001 y MORDAZA de 2002. III.5.4.La responsabilidad de la APESEG La presencia de la APESEG como investigada en el procedimiento brinda un indicio acerca de la existencia de una posible "decision" como mecanismo de materializacion de una presunta practica restrictiva de la libre competencia. Ello debido a que la APESEG73 es la asociacion o gremio de las companias aseguradoras del Peru, es decir, es una "asociacion de empresas" susceptible de emitir decisiones para los alcances de la ley. Las deci-

(...) Indecopi: Especificamente cuando se han tocado temas referidos al SOAT, ¿usted ha estado en esas reuniones, en algunas, en todas? Pacifico: No en todas, porque digamos la posicion de nuestra compania frente al SOAT fue algo diferente al resto de aseguradoras (...), o sea, nosotros teniamos enormes dudas que se iba a aplicar en el momento en que se dijo y efectivamente no se aplico en el momento en que se dijo porque ya llevamos un ano en el tema de la programacion del SOAT y (...) nosotros, de hacerlo, como que lo vamos a hacer, lo vamos a orientar al cliente actual de MORDAZA, no vamos a competir en SOAT, no vamos a buscar clientes nuevos por SOAT, y vamos a mantener nuestra politica de suscripcion de autos muy similar o casi identica y la vamos a replicar al seguro obligatorio... (...) Indecopi: En ese caso, por ejemplo, entonces, usted sabe que es un seguro MORDAZA y usted lo va vender (...) queda clarisimo que solo a un grupo determinado, no es como las demas empresas, usted esta interesado en venderle a un grupo selecto de clientes que usted ya conoce. Pacifico: Los nuestros (...)
De acuerdo con lo manifestado por los entrevistados y sin que sea necesariamente el unico aspecto que interesaba comercialmente a las investigadas, el SOAT no era un producto atractivo para las empresas aseguradoras sino mas bien una amenaza del ambiente externo - en este caso, una amenaza proveniente de la ley que habia creado un seguro obligatorio de las caracteristicas del SOAT - que podria afectar sus respectivas carteras de clientes de seguros de vehiculos tradicionales 71 . La afectacion podria provenir de una atraccion ejercida por el ofrecimiento del SOAT en condiciones ventajosas por parte de un competidor, lo cual podria provocar una migracion del seguro de vehiculo tradicional al MORDAZA proveedor del SOAT. Es MORDAZA que lo que intentaban defender las empresas aseguradoras mediante la fijacion concertada de precios, entre

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A fojas 23850 del Expediente. A fojas 28852 del Expediente. Por "seguros de vehiculos tradicionales", entiendase aquellos seguros vehiculares distintos al SOAT. Generali, La Positiva, MORDAZA, Sul MORDAZA, Mapfre, Royal&SunAlliance y MORDAZA ejecutaron el acuerdo de fijacion concertada de precios mediante la oferta al publico y/o la venta del SOAT a los precios previamente fijados en forma concertada. La ejecucion del acuerdo no ha sido probada en los casos de Interseguro y Wiese Aetna En 1904 se fundo el Comite de Aseguradores del Peru como una entidad que agrupaba a las empresas de seguros. Este Comite cambio de nombre en 1959 por el de Asociacion de Aseguradores del Peru -ADAP. En 1974 la asociacion modifico su razon social por la de Asociacion Peruana de Empresas de Seguros -APESEG-, la misma que se conserva hasta la actualidad.

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