Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2003 (13/07/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, MORDAZA 13 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 248129

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban Reglamento para el Funcionamiento de la Comision Calificadora de Sanciones
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004
Miraflores, 11 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo 194º de la Constitucion Politica, concordado con el Articulo II de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Sexta Disposicion Final de la Ordenanza Nº 112, publicada el 2 de enero de 2003, establece que la Comision Calificadora de Sanciones procedera a elaborar su Reglamento Interno para el desarrollo de sus funciones; Que, de conformidad con la Septima Disposicion Final de la MORDAZA arriba senalada, las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieran para la aplicacion de la Ordenanza Nº112 seran dictadas por el MORDAZA, mediante el correspondiente Decreto de Alcaldia; Que, mediante Ordenanza Nº125 publicada el 8 de MORDAZA de 2003, se modifico el Articulo 17º de la Ordenanza Nº112, cambiandose la conformacion de los miembros que integran la Comision Calificadora de Sanciones; Que, estando a lo expuesto, resulta necesario aprobar el Reglamento para el Funcionamiento de la Comision Calificadora de Sanciones de la Municipalidad de Miraflores; En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento para el Funcionamiento de la Comision Calificadora de Sanciones, el mismo que consta de siete (7) articulos. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del Reglamento a que se refiere el articulo precedente a la Comision Calificadora de Sanciones. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION CALIFICADORA DE SANCIONES Articulo 1º.- OBJETIVO. El presente Reglamento tiene por objeto normar el funcionamiento de la Comision Calificadora de Sanciones de la Municipalidad de Miraflores, de conformidad con lo dispuesto por la Sexta Disposicion Final de la Ordenanza Nº 112 que aprueba el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas de dicha Municipalidad. Articulo 2º.- CONFORMACION. La Comision Calificadora de Sanciones estara conformada por los siguientes miembros: a. Gerente Municipal o algun otro funcionario designado por el Alcalde; quien la presidira. b. Director de la Oficina de Administracion y Finanzas, quien actuara como Secretario. c. Director de la Oficina de Administracion Tributaria. Articulo 3º.- DEL PRESIDENTE Y SUS FUNCIONES. La Presidencia de la Comision Calificadora de Sanciones estara a cargo del Gerente Municipal o aquel funcionario designado por el MORDAZA, quien tendra las siguientes funciones: a. Asegurar la realizacion de las Sesiones, mediante la convocatoria respectiva. b. Hacer cumplir sus Acuerdos. Articulo 4º.- DEL SECRETARIO Y SUS FUNCIONES. El Director de la Oficina de Administracion y Finanzas sera el Secretario de la Comision Calificadora de Sanciones, quien debera cumplir con las siguientes funciones:

a. Llevar la agenda de la Sesion. b. Llevar el ingreso al Libro de Actas de los Dictamenes de la Comision, leerlas y suscribirlas en forma conjunta con los miembros de la Comision. c. Anotar el resultado en el reverso de la Notificacion remitida, procediendo a derivarla al Director que la remitio a la Comision. d. Disponer la atencion de los pedidos de informes que formulen los miembros de la Comision. Articulo 5º.- REGIMEN DE LAS SESIONES. Las Sesiones de la Comision Calificadora de Sanciones se sujetaran a lo siguiente: a. Seran convocadas por el Presidente, debiendo realizarse por lo menos una vez cada 15 dias. b. Las citaciones podran ser realizadas por escrito o cualquier otro medio que permita acreditar el conocimiento de la convocatoria por parte de los miembros. c. Se MORDAZA por instalada la Comision con la asistencia de por lo menos dos de sus miembros. Si el miembro ausente fuese el Presidente, la Sesion sera presidida por el Director de la Oficina de Administracion Tributaria. De igual manera, en caso de ausencia del Secretario, este sera reemplazado por el Director de la Oficina de Administracion Tributaria. d. El Secretario informara sobre las Notificaciones a tratar en la Sesion. e. Conocida la Notificacion a tratar, si algun miembro considera que el Informe que acompana a la Notificacion no es suficiente para emitir su MORDAZA, sometera a consideracion de los demas miembros un pedido para que se amplie el Informe. f. Durante la Sesion se procedera a levantar el Acta con la indicacion del Dictamen acordado, el cual debera senalar el dia de reunion, los asistentes, las Notificaciones vistas y la calificacion de las mismas, con indicacion de los votos realizados. g. Al termino de la Sesion se procedera a dar lectura del Dictamen, enmendandose en caso de observarse algun error en su redaccion. h. El Acta de la Sesion sera firmada por los miembros asistentes a la Sesion. Articulo 6º.- DE LA VOTACION. a. Cada miembro de la Comision Calificadora de Sanciones, debera proceder a emitir su MORDAZA, por la procedencia o no de la imposicion de una sancion. Si en caso existiese un MORDAZA singular, este debera expresar la causa que lo justifica. b. La procedencia de la Sancion es adoptada por la votacion, en uno u otro sentido, de dos miembros de la Comision Calificadora de Sanciones. c. Cuando la Sesion se realice con la presencia de solo dos miembros, el MORDAZA del Presidente sera dirimente en caso de empate; en caso de ser este ultimo, el miembro ausente, el MORDAZA del Secretario sera dirimente, en estos casos, aquel que emita un MORDAZA en sentido contrario al Acuerdo debera justificar su posicion. Articulo 7º.- APLICACION SUPLETORIA. Sera de aplicacion supletoria al presente Reglamento, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en cuanto no lo contradiga o se oponga. 13211

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Instauran participacion ciudadana en la formulacion y concertacion del Plan de Desarrollo Local Concertado 20032006 y del Presupuesto Municipal Participativo para el Ejercicio Fiscal 2004
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010
San MORDAZA de Lurigancho, 8 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.