Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2003 (16/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2003

2.2.1 Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transformacion (CBPST)
Cuadro Nº 3 [*] Instalacion Transformador Celda Primario Celda MORDAZA Celda Linea MT Total CBPST MAT a AT ctm. S/./kW.h 0,1666 0,1393 0,0533 0,3592 AT a MT ctm. S/./kW.h 0,3067 0,2222 0,0611 0,0540 0,6440 MAT a MT ctm. S/./kW.h 0,4734 0,3616 0,0894 0,0790 1,0034

3 FACTORES DE PERDIDAS MARGINALES POR TRANSMISION 3.1 FACTOR DE PERDIDAS MARGINALES DE ENERGIA (FPME) 3.1.1 Para las empresas senaladas en el numeral 2.1 El Factor de Perdidas Marginales de Energia FPME sera el siguiente:
Cuadro Nº 6 Empresa FPME en Puntos de Venta de Energia a) En AT b) En MT (acumulado) (acumulado) 1,0210 1,0301 1,0284 1,0375 1,0210 1,0301 1,0249 1,0340 1,0215 1,0277 1,0052 1,0220 1,0350 1,0442 1,0331 1,0379 1,0078 1,0123 1,0040 1,0107

[*] Los cargos CBPST son el resultado de la aplicacion de las formulas de actualizacion correspondientes contenidas en la Resolucion OSINERG Nº 1417-2002OS/CD y sus modificatorias. Nota: En caso de existir transformacion de 220 kV a 138 kV, el Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transformacion sera de: 0,1837 ctm. S/./kW.h, 0,0697 ctm. S/./kW.h y 0,0360 ctm. S/./kW.h, para el Transformador, la Celda Primario y la Celda Secundario; respectivamente. Los CBPST son determinados desde el nivel de tension donde se localiza el precio basico de referencia hasta el nivel de tension del cliente. En el caso de cambios en el sentido del flujo, se calculara los valores intermedios de los precios de referencia hasta llegar al cliente. 2.2.2 Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transporte (CBPSL)
Cuadro Nº 4 [*]
Nivel de Tension Linea de Transmision Celda Salida Celda Llegada Total CBPSL AT 0,0121 0,0020 0,0020 0,0161 138kV 0,0085 0,0011 0,0011 0,0107 220kV 0,0036 0,0002 0,0002 0,0040

ELECTRONORTE ELECTRONOROESTE HIDRANDINA ELECTROCENTRO LUZ DEL SUR EDELNOR ELECTROANDES ELECTROSURMEDIO EDECANETE SEAL

3.1.2 Para todas las empresas excepto las senaladas en numeral 2.1 Se define: FPME = FPET * (1 + PEL/100 * L) POR TRANSFORMACION:
Cuadro Nº 7 Relacion de Transformacion De MAT a AT De MAT a MT De AT a MT FPET 1,0052 1,0141 1,0088

(3)

ctm. S/./(kW.h-km) ctm. S/./(kW.h-km) ctm. S/./(kW.h-km)

[*] Los cargos CBPSL son el resultado de la aplicacion de las formulas de actualizacion correspondientes contenidas en la Resolucion OSINERG Nº 1417-2002OS/CD y sus modificatorias. 2.2.3 Variable C: El valor de la variable C para cada linea de transmision depende de los MW*km totales retirados desde la linea de transmision considerada, durante el periodo relevante para la facturacion, de acuerdo al procedimiento establecido en las Condiciones de Aplicacion (Resolucion Nº 015-95 P/CTE y sus modificatorias). El valor de C es como sigue: C = 1,0 C = 0,7 C = 0,3 Si la suma de los MW*km retirados desde el sistema de transmision es igual o inferior a LI. Si la suma de los MW*km retirados desde el sistema de transmision es superior a LI e inferior a LS. Si la suma de los MW*km retirados desde el sistema de transmision es igual o superior a LS.

POR TRANSPORTE:
Cuadro Nº 8 Nivel de Tension 220 kV 110 a 138 kV Menor a 100 kV PEL %/km 0,0426 0,0481 0,0920

Donde: FPET : Factor de Perdidas Marginales de Energia por Transformacion. En caso de no existir la transformacion el valor de FPET es igual a 1,0. PEL : Perdidas Marginales de Energia por Transmision, en %/km. L : Longitud de la linea de transmision, en km. Nota: En caso de existir transformacion de 220 kV a 138 kV, el Factor de Perdidas Marginales de Energia sera: 1,0025. 3.2 FACTOR DE PERDIDAS MARGINALES DE POTENCIA (FPMP) 3.2.1 Para las empresas senaladas en el numeral 2.1 El Factor de Perdidas Marginales de Potencia FPMP sera el siguiente:

Los valores de LI y LS son los siguientes:
Cuadro Nº 5 Nivel de Tension 220 kV 110 a 138 kV AT LI 15 000 6 500 1 000 LS 20 000 8 000 1 250

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