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PÆg. 248653 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de julio de 2003 por Decreto Supremo Nº 022-89-IN del 14 de agosto de 1989, modificado a su vez por los Decretos SupremosNº 044-90-IN del 16 de noviembre de 1990 y Nº 003-91-INdel 28 de octubre de 1991; Que con el Decreto Supremo Nº 016-2002-IN del 28 de noviembre del 2002, ampliado por Decreto Supremo Nº 017-2002-IN del 30 de diciembre del 2002, se aprobó la nueva macroestructura orgánica de la Policía Nacional del Perú, efectuán-dose modificaciones en la organización y denominación de losórganos policiales, que es necesario que el Reglamento de Ascenso para Oficiales de la Policía Nacional contemple; Que debe comprenderse en los alcances del Reglamen- to de Ascenso para Oficiales de la Policía Nacional del Perú,entre otros órganos, a las Direcciones Territoriales de Poli-cía y Direcciones Ejecutivas creadas a mérito de los De-cretos Supremos Nº 016-2002-IN y Nº 017-2002-IN, así como a la Dirección de Policía Contra la Corrupción, crea- da por Resolución Ministerial Nº 1000-2001-IN/PNP del 17de agosto del 2001, lo que es necesario regularizar; Que en tanto se apruebe la nueva Ley de Ascenso de Oficiales de la Policía Nacional, deben efectuarse las res-pectivas modificaciones y precisiones en el Reglamento vigente, en lo relativo a las unidades operativas, adminis- trativas, así como a las ubicadas en zonas de emergenciay de alto riesgo, y en algunos casos en lo concerniente asu nueva denominación; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Lo propuesto por el Ministro del Interior. DECRETA:Artículo 1º.- Modificase el artículo 15º del Reglamento de Ascenso para Oficiales de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-89-IN, modificado por los Decretos Supremos Nº 044-90-IN, Nº 003-91-IN yNº 007-2002-IN, en lo relativo a la evaluación del FactorValor Potencial para el Servicio Policial, inciso d.- EXPE-RIENCIA PARA EL SERVICIO POLICIAL, numeral 3), lite-ral a), Servicios Prestados en “Unidades Operativas”, “Uni- dades Administrativas”, “Unidades en Zonas de Emergen- cia” y “Unidades de Alto Riesgo”; en los términos que acontinuación se indica: Puntuación para ascender a : Crnl. o Mayor Capitán Cmdte. a) servicios prestados en: UNIDADES OPERATIVAS Dirección General, Alta Dirección Ministerio del Interior, Direcciones Especializadas, Di- recciones Territoriales de Policía, RegionesPoliciales, Dirección Ejecutiva de Operacio-nes Policiales, Sistema de Inteligencia, Direc-ción de Criminalística y Dirección de AviaciónPolicial. SEIS (6) puntos por año (Máx. 3) 18 X X NUEVE (9) puntos por año (Máx. 3) X 27 X DOCE (12) puntos por año (Máx. 3) X X 36 UNIDADES ADMINISTRATIVAS Estado Mayor General, Inspectoría General, Secretaría General, Dirección General, Órga-nos dependientes de la Dirección Ejecutivade Desarrollo Humano, Órganos dependien- tes de la Dirección Ejecutiva de Administra- ción, Dirección de Participación Ciudadana,Fondo de Vivienda, Fondo de Auxilio Fune-rario, Fondo de Salud, Fondo de Bienestar,dependencias Extra-Institucionales y otros.CUATRO (4) puntos por año (Máx. 3) 12 12 12 UNIDADES EN ZONAS DE EMERGENCIA (Mínimo nueve meses de permanencia). Además del puntaje correspondiente a uni- dades Operativas, sólo en Zonas de Sierra oSelva. DOCE (12) puntos por año. (máx. 1) 12 X TRECE (13) puntos por año. (máx. 1) X 13 X CATORCE (14) puntos por año. (máx. 1) X X 14UNIDADES DE ALTO RIESGO (Mínimo un año de permanencia). Además del puntaje correspondiente en Uni- dades Operativas y Zonas de Emergencia, los servicios prestados en Dirección Contra el Terrorismo, Dirección de Operaciones Es-peciales, Dirección Antidrogas, DirecciónContra la Corrupción, Dirección de SeguridadPública, Jefatura de Unidades de Emergen-cia, Unidades de Servicios Especiales, Esta- blecimientos Penales de Máxima Seguridad, Dirección de Aviación Policial (Pilotos y tri-pulantes), Dirección de Inteligencia y Direc-ción de Inteligencia del Ministeriodel Interior. 06 06 06 Artículo 2º.- Las disposiciones contenidas en el pre- sente Decreto Supremo son aplicables a partir del Procesode Ascenso de Oficiales Promoción 2004. Artículo 3º.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de julio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 13915 MIMDES Exoneran de proceso de selección la adquisición de diversos animales PATRONATO DEL PARQUE DE LAS LEYENDAS "FELIPE BENAVIDES BARREDA" RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 104-2003-PCD/PATPAL Lima, 10 de julio de 2003 CONSIDERANDO:Que, el Patronato del Parque de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda es un Organismo Público Descentra- lizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MI-MDES), y conforme al Decreto Legislativo Nº 146 - Ley desu creación, funciona con autonomía técnica, económica yadministrativa, e incorporado en el Tomo V de la Ley dePresupuesto del Sector Público para el año fiscal 2003 como entidad de tratamiento empresarial; Que, el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 196-2002- EF establece los topes máximos totales aplicables para lasEntidades de Tratamiento Empresarial a que se refiere elartículo 9º del Reglamento, señalándose que para el casode las entidades de categoría A corresponde el proceso de selección de licitación pública para la adquisición de bie- nes y servicios cuando supera los S/. 750,000.00; Que, mediante Oficio Circular Nº 001-2003-EF/76.16 la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio deEconomía y Finanzas ha indicado que la categoría que co-rresponde al PATPAL - Felipe Benavides Barreda en el rubro de adquisición de bienes y suministros es la categoría "A"; Que, la Gerencia de Operaciones del Patronato del Par- que de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda, con In-forme Nº 030-2003-PATPAL/GO y la División de Zoología,mediante Informe Nº 094-2003-PATPAL/GO-ZOO manifies-tan la necesidad de incrementar la colección zoológica de la institución con la adquisición de las especies animales, y así contar con especímenes novedosos que enriquezcannuestra oferta al público visitante, entre ellos: tres hipopó-tamos anfibio (Hippopotamus amphibius) (1 macho / 2 hem-bras); tres cebras de Grant (Equus burchelli granti) (1 ma-cho / 2 hembras); dos cebras de Grevyi (Equus grevy) (1 macho / 1 hembra); tres antílopes Black Buck (Antilope cervicapra) (1 macho / 2 hembras); dos perros mapaches(Nyctereutes procyonoides) (1 macho / 1 hembra); tres zo-