Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2003 (24/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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por Decreto Supremo Nº 022-89-IN del 14 de agosto de 1989, modificado a su vez por los Decretos Supremos Nº 044-90-IN del 16 de noviembre de 1990 y Nº 003-91-IN del 28 de octubre de 1991; Que con el Decreto Supremo Nº 016-2002-IN del 28 de noviembre del 2002, MORDAZA por Decreto Supremo Nº 0172002-IN del 30 de diciembre del 2002, se aprobo la nueva macro estructura organica de la Policia Nacional del Peru, efectuandose modificaciones en la organizacion y denominacion de los organos policiales, que es necesario que el Reglamento de Ascenso para Oficiales de la Policia Nacional contemple; Que debe comprenderse en los alcances del Reglamento de Ascenso para Oficiales de la Policia Nacional del Peru, entre otros organos, a las Direcciones Territoriales de Policia y Direcciones Ejecutivas creadas a merito de los Decretos Supremos Nº 016-2002-IN y Nº 017-2002-IN, asi como a la Direccion de Policia Contra la Corrupcion, creada por Resolucion Ministerial Nº 1000-2001-IN/PNP del 17 de agosto del 2001, lo que es necesario regularizar; Que en tanto se apruebe la nueva Ley de Ascenso de Oficiales de la Policia Nacional, deben efectuarse las respectivas modificaciones y precisiones en el Reglamento vigente, en lo relativo a las unidades operativas, administrativas, asi como a las ubicadas en zonas de emergencia y de alto riesgo, y en algunos casos en lo concerniente a su nueva denominacion; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Lo propuesto por el Ministro del Interior. DECRETA: Articulo 1º.- Modificase el articulo 15º del Reglamento de Ascenso para Oficiales de la Policia Nacional del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-89-IN, modificado por los Decretos Supremos Nº 044-90-IN, Nº 003-91-IN y Nº 007-2002-IN, en lo relativo a la evaluacion del Factor Valor Potencial para el Servicio Policial, inciso d.- EXPERIENCIA PARA EL SERVICIO POLICIAL, numeral 3), literal a), Servicios Prestados en "Unidades Operativas", "Unidades Administrativas", "Unidades en Zonas de Emergencia" y "Unidades de Alto Riesgo"; en los terminos que a continuacion se indica: Puntuacion para ascender a : a) servicios prestados en: UNIDADES OPERATIVAS Direccion General, Alta Direccion Ministerio del Interior, Direcciones Especializadas, Direcciones Territoriales de Policia, Regiones Policiales, Direccion Ejecutiva de Operaciones Policiales, Sistema de Inteligencia, Direccion de Criminalistica y Direccion de Aviacion Policial. SEIS (6) puntos por ano (Max. 3) NUEVE (9) puntos por ano (Max. 3) DOCE (12) puntos por ano (Max. 3) UNIDADES ADMINISTRATIVAS Estado Mayor General, Inspectoria General, Secretaria General, Direccion General, Organos dependientes de la Direccion Ejecutiva de Desarrollo Humano, Organos dependientes de la Direccion Ejecutiva de Administracion, Direccion de Participacion Ciudadana, Fondo de Vivienda, Fondo de MORDAZA Funerario, Fondo de Salud, Fondo de Bienestar, dependencias Extra-Institucionales y otros. CUATRO (4) puntos por ano (Max. 3) Crnl. o Mayor Capitan Cmdte.

UNIDADES DE ALTO RIESGO (Minimo un ano de permanencia). Ademas del puntaje correspondiente en Unidades Operativas y Zonas de Emergencia, los servicios prestados en Direccion Contra el Terrorismo, Direccion de Operaciones Especiales, Direccion Antidrogas, Direccion Contra la Corrupcion, Direccion de Seguridad Publica, Jefatura de Unidades de Emergencia, Unidades de Servicios Especiales, Establecimientos Penales de MORDAZA Seguridad, Direccion de Aviacion Policial (Pilotos y tripulantes), Direccion de Inteligencia y Direccion de Inteligencia del Ministerio del Interior.

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Articulo 2º.- Las disposiciones contenidas en el presente Decreto Supremo son aplicables a partir del MORDAZA de Ascenso de Oficiales Promocion 2004. Articulo 3º.- Dejese sin efecto las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 13915

MIMDES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de diversos animales
PATRONATO DEL MORDAZA DE LAS LEYENDAS "FELIPE MORDAZA BARREDA" RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 104-2003-PCD/PATPAL
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Patronato del MORDAZA de Las Leyendas - MORDAZA MORDAZA MORDAZA es un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES), y conforme al Decreto Legislativo Nº 146 - Ley de su creacion, funciona con autonomia tecnica, economica y administrativa, e incorporado en el Tomo V de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2003 como entidad de tratamiento empresarial; Que, el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 196-2002EF establece los topes maximos totales aplicables para las Entidades de Tratamiento Empresarial a que se refiere el articulo 9º del Reglamento, senalandose que para el caso de las entidades de categoria A corresponde el MORDAZA de seleccion de licitacion publica para la adquisicion de bienes y servicios cuando supera los S/. 750,000.00; Que, mediante Oficio Circular Nº 001-2003-EF/76.16 la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas ha indicado que la categoria que corresponde al PATPAL - MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el rubro de adquisicion de bienes y suministros es la categoria "A"; Que, la Gerencia de Operaciones del Patronato del MORDAZA de Las Leyendas - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Informe Nº 030-2003-PATPAL/GO y la Division de Zoologia, mediante Informe Nº 094-2003-PATPAL/GO-ZOO manifiestan la necesidad de incrementar la coleccion zoologica de la institucion con la adquisicion de las especies animales, y asi contar con especimenes novedosos que enriquezcan nuestra oferta al publico visitante, entre ellos: tres hipopotamos anfibio (Hippopotamus amphibius) (1 macho / 2 hembras); tres cebras de MORDAZA (Equus burchelli granti) (1 macho / 2 hembras); dos cebras de Grevyi (Equus grevy) (1 macho / 1 hembra); tres antilopes Black MORDAZA (Antilope cervicapra) (1 macho / 2 hembras); dos perros mapaches (Nyctereutes procyonoides) (1 macho / 1 hembra); tres zo-

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UNIDADES EN ZONAS DE EMERGENCIA (Minimo nueve meses de permanencia). Ademas del puntaje correspondiente a unidades Operativas, solo en Zonas de MORDAZA o Selva. DOCE (12) puntos por ano. (max. 1) TRECE (13) puntos por ano. (max. 1) CATORCE (14) puntos por ano. (max. 1)

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