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PÆg. 245799 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de junio de 2003 Modifican "Pautas y Plazos para la Revisión y Evaluación de los Informes de Supervi- sión y Emisión de Conclusiones respecto alas empresas supervisadas", aprobados me- diante Res. N” 334-98-OS/CD RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 062-2003-OS/CD Lima, 28 de abril de 2003 VISTOS:El Memorándum Nº GFH-L-487-2003 remitido por la Geren- cia de Fiscalización en Hidrocarburos adjuntando para su apro-bación el proyecto de las "Pautas y Plazos para la Revisión yEvaluación de los Informes de Supervisión y Emisión de Con-clusiones respecto a las empresas supervisadas" y su exposi-ción de motivos, documento que ha sido elaborado conjunta-mente con la Gerencia de Fiscalización Eléctrica; CONSIDERANDO:Que, el artículo 19º del Reglamento de Fiscalización de las Actividades Energéticas por Terceros aprobado porDecreto Supremo Nº 029-97-EM, dispone que medianteresolución de OSINERG se establecerán las pautas y losplazos para la revisión, evaluación de los informes de fisca-lización y la emisión de las conclusiones correspondientes; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo de OSINERG Nº 334-98-OS/CD se aprobaron las "Pautas yPlazos para la Revisión y Evaluación de los Informes deFiscalización y Emisión de Conclusiones respecto a lasempresas fiscalizadas"; Que, el artículo 4º de la Ley Complementaria de Forta- lecimiento lnstitucional de OSINERG, Ley Nº 27699, señalaque las funciones de Supervisión, Supervisión Específica yFiscalización atribuidas a OSINERG podrán ser ejercidas através de Empresas Supervisoras y que mediante Resoluciónde Consejo Directivo de OSINERG se establecerán los criteriosy procedimientos específicos para la ejecución de las tareas desupervisión y fiscalización que realizarán tales empresas; Que, el artículo 18º del Reglamento de Fiscalización de las Actividades Energéticas por Terceros aprobado por DecretoSupremo Nº 029-97-EM, señala que los informes que presen-tan las Empresas Fiscalizadoras, ahora Empresas Superviso-ras, tienen el carácter de declaración jurada, por lo que, enconcordancia con lo dispuesto por el numeral 1.7) del artículoIV del Título Preliminar y el artículo 42º de la Ley del Procedi-miento Administrativo General, Ley Nº 27444, se debe presu-mir la veracidad del contenido de los mismos, asumiendo lapropia administración la carga de una verificación posterior; Que, asimismo, el literal a) del artículo 5º del Reglamento citado precedentemente, establece que la Empresa Fiscaliza-dora, hoy Supervisora, se encarga de efectuar la supervisiónde las actividades dentro del ámbito de competencia de OSI-NERG y los exámenes requeridos por dicha institución; Que, en este orden de ideas, con la finalidad de agilizar y dar una mayor celeridad en la evaluación de los informes desupervisión y teniendo en cuenta la calidad de declaraciónjurada de los mismos, así como, la función que cumplen lasempresas supervisoras, es necesario modificar y adecuar laspautas de evaluación de los informes de supervisión respectoa las empresas supervisadas, de acuerdo a las citadas nor-mas; Que, dada la urgencia de implementar medidas para una efectiva supervisión y descentralización regional de la Institu-ción se requiere dictar las disposiciones necesarias para llevara efecto la misma, por lo que, de acuerdo a lo establecido porel artículo 25º del Reglamento General de OSINERG, aproba-do por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, se podrá excep-tuar del requisito de prepublicación en el Diario Oficial El Perua-no aquellos reglamentos considerados de urgencia; De conformidad con el artículo 4º de la Ley Comple- mentaria de Fortalecimiento lnstitucional de OSINERG, LeyNº 27699 y el inciso n) del Reglamento General de OSI-NERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar las "Pautas y Plazos para la Revisión y Evaluación de los Informes de Supervisión y Emisión deConclusiones respecto a las empresas supervisadas", aproba-das mediante Resolución de Consejo Directivo de OSINERGNº 334-98-OS/CD, de acuerdo al texto que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Exceptuar esta norma del requisito de pre- publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Autorizar a la Gerencia General a dictar las disposiciones necesarias para la ejecución de la presenteresolución. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo ANEXO I PAUTAS Y PLAZOS PARA LA REVISIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS INFORMES DE SUPERVISIÓN RESPECTO A LAS EMPRESAS SUPERVISADAS 1. Informes de SupervisiónLos informes de Supervisión pueden ser de 2 tipos:1.1. Sin observaciones En este caso concluye la supervisión. 1.2. Con observaciones Si el Informe de Supervisión tiene observaciones, se determinará las medidas que deberá adoptar la empresasupervisada y el plazo correspondiente para la subsana-ción respectiva, de acuerdo a las pautas previamente esta-blecidas por la respectiva Gerencia de Línea. La empresa supervisada sobre la que haya recaído un informe CON OBSERVACIONES, será notificada por laempresa supervisora u OSINERG, según lo determine laGerencia de Línea correspondiente. La notificación con-tendrá lo siguiente: a) Las conclusiones a que ha llegado la empresa super- visora. b) Las medidas que deberá adoptar la empresa super- visada. c) El plazo de cumplimiento o subsanación, según co- rresponda. Los plazos de subsanación sólo serán prorrogados por OSINERG, previa solicitud plenamente justificada y docu-mentada de la empresa supervisada. Si la comprobación de las medidas que debe adoptar la empresa supervisada y los plazos acordados para ello, requieren de una supervisión especial, la empresa supervi-sora realizará la comprobación correspondiente. 2. Revisión y evaluación de informes de Supervi- sión por OSINERG La empresa supervisora pondrá en conocimiento de OSINERG y de la empresa supervisada, el Informe de Su-pervisión en un plazo máximo de 20 días hábiles contadosa partir de la fecha en que se ejecutó la visita de supervi-sión. La empresa supervisada tiene un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepcióndel Informe de Supervisión, para presentar los descargoscorrespondientes ante OSINERG, de ser el caso. La revisión y evaluación de los Informes de Supervisión que se presenten a OSINERG, serán realizadas por lasrespectivas Gerencias de Línea en forma ex post y aleato-ria, para lo cual se designará a los funcionarios a cargo delas mismas, según especialidades. La revisión y evaluación consistirá en la verificación de la conformidad sobre el cumplimiento de la normatividad vigentedel subsector correspondiente, en relación con las instalacio-nes, operaciones y actividades de la empresa supervisada. Sin perjuicio de las observaciones mencionadas en el Informe de Supervisión o como consecuencia de las obser-vaciones u omisiones que se pudieran detectar en el mis-mo, OSINERG a través de sus respectivas Gerencias deLínea, queda facultada a emitir las disposiciones que co-rrespondan para la subsanación de todos los incumpli-mientos en que incurran las empresas supervisadas. El incumplimiento de las disposiciones emitidas por las Gerencias de Fiscalización Eléctrica y Fiscalización de Hi-drocarburos, dará lugar a la imposición de sanciones deacuerdo a la Escala de Multas. El presente Procedimiento regirá a partir del proceso de supervisión del año 2003. 10938