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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (11/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 245812 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de junio de 2003 pal, en el caso de los Gobiernos Locales, cuya copia y el informe que lo sustenta deben remitirse a la ContraloríaGeneral de la República, bajo responsabilidad del Titulardel Pliego, dentro de los diez días calendario siguientes ala fecha de su aprobación; Que, el artículo 115º del Reglamento citado, establece que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneracionesde los procesos de selección conforme al artículo 19º de la Ley,salvo las previstas en los incisos b) y d), son publicados en elDiario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles desu emisión o adopción, según corresponda; Que, el artículo 116º del Reglamento mencionado señala que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de confor-midad con el Art. 19º de la Ley, se efectúan mediante el proce-so de Adjudicación de Menor Cuantía, siendo de aplicación lodispuesto en el Art. 105º del Reglamento antes citado. Laautoridad competente para aprobar la exoneración determina-rá, en cada caso, la dependencia u órgano que se encargaráde realizar la adquisición o contraprestación exonerada, deacuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadurao sofisticación; Que, los Informes Nº 028-2003-MPH-UR, Nº 016-2003- MPH-DDU, Nº 003-2003-MPH-DM, Nº 191 y 215-2003-MPH-AL, emitidos por la Unidad de Rentas, División de DesarrolloUrbano, Dirección Municipal y de la Oficina de Asesoría Legalrespectivamente, contienen la justificación técnica-legal de laprocedencia a la exoneración del proceso de selección res-pectivo; Estando a los fundamentos expuestos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 9º y 41º de laLey Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y condispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, seacordó por unanimidad el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del pro- ceso de selección correspondiente a fin de que se procedaa la contratación de una Persona Jurídica, para la ejecu-ción de un programa de Fiscalización Tributaria Selectiva,Cobranza, Seguimiento y Control de los Tributos, MultasTributarias, Multas Administrativas, Multas por infringir elReglamento Nacional de Tránsito y la Asesoría en la Ejecu-ción de las Cobranzas Coactivas, por los fundamentos ex-puestos en la parte considerativa del presente acuerdo. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huarmey, para que a través dela Dirección Municipal y bajo la causal de Servicios Perso-nalísimos, proceda a la contratación de la empresa L&LCOMPAÑÍA DE ASESORES CONSULTORES S.A., para laejecución de los servicios descritos en el artículo primero,bajo la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, deacuerdo con lo establecido en el artículo 116º del Regla-mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- DISPONER que la Municipalidad Pro- vincial de Huarmey, remita copia del Acuerdo de Concejocorrespondiente y del informe que sustenta la exoneracióna la Contraloría General de la República, dentro del plazode diez días calendario siguientes a la fecha de su aproba-ción; así como su publicación en el Diario Oficial El Perua-no, dentro de los plazos de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS PAJUELO CAMONES Alcalde 10980 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CONILA-COHECHÁN Declaran de necesidad y utilidad pœ- blica el saneamiento físico legal de in-muebles de la municipalidad ORDENANZA Nº 002-2003-MDCC. Conila-Cohechán, 22 de mayo del 2003 Que, los artículos 191º y 192º de la Constitución Políti- ca del Estado reconoce a los Órganos de Gobierno Localcon autonomía económica y administrativa en los asuntosque le compete;Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 071-2001, se declara de interés nacional el saneamiento técnicolegal y contable de los inmuebles de propiedad de lasentidades públicas, tal como así se precisa en su Artí-culo Cuarto que de acuerdo al Artículo Dos del DecretoSupremo Nº 130-2001, la Municipalidad Distrital de Co-nila-Cohechán, está obligada a realizar el saneamientofísico legal de los bienes de su propiedad, describien-do de su propio Artículo Cuarto cuáles son los bienesde las Municipalidades; Que, del propio Decreto Supremo presentado en el considerando procedente describen en el Artículo 6º (quecorresponde a la Oficina Registral de la SuperintendenciaNacional Registros Públicos), proceda en forma correspon-da en el Registro de la propiedad de los terrenos, edifica-ciones, construcciones, modificaciones y derechos de di-versa índole; Que mediante Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, las acciones de adquisición, disposición, administración y ges-tiones que realizan las Municipalidades respecto a su patri-monio, se sigue por sus leyes y ordenanzas y suplementa-riamente por las normas del presente Reglamento. En talsentido, el Decreto Supremo Nº 018-90-VC, que faculta alas Municipalidades a gestionar la primera inscripción dedominios de los bienes inmuebles que les pertenecen sincontar con títulos comprobatorios de dominio de propiedadde la Municipalidad, y cuya inscripción Registral se hacenen mérito de Expediente Administrativo contiene su carác-ter específico para el presente caso; es más, excede depago de derecho y por otro lado teniendo facultad paradictar medidas específicas para saneamiento físico legalde los bienes inmuebles por la presente Ordenanza y alrespeto del Decreto Supremo Nº 0026-96-PCM, dispositi-vos estos últimos que por su especialidad atañe a los Go-biernos Locales; De conformidad con lo expuesto y dispuesto por los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estadoy a los artículos 2º, 10º y 110º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 23853 y en las facultades y atribucio-nes de que está investido el Concejo Municipal se dictó lapresente ORDENANZA: Artículo 1º.- Declarar de necesidad y utilidad pública preferente interés social y saneamiento físico legal de losinmuebles de la Municipalidad Distrital de Conila - Cohe-chán. Artículo 2º.- Con el aspecto que terceros tomen cono- cimiento de los derechos que son materia de saneamiento,dicha Ordenanza debe ser publicada en forma oficial "ElPeruano" y en diario La República. Artículo 3º.- Para el cumplimiento de la presente Orde- nanza se faculta al señor Alcalde presentar la solicitud deinscripción respectiva ante la Región Amazonas deseandocumplir en presentar necesariamente la documentación si-guiente: 1. Memoria descriptiva de los inmuebles. 2. Planos perimétricos y de ubicación.3. Declaración Jurada la que declare que los inmuebles materia de inscripción no se encuentren sujetos a grava-men, embargo medida cautelar o proceso judicial alguno. 4. Copia simple de los avisos publicados que en forma suplementaria se hará en mérito del artículo del DecretoSupremo Nº 130-2001-EF. Artículo 4º.- Extiéndase la anotacion de la declaración de fábricas del inmueble ubicado entre las interseccionesdel Jr. Bolognesi, Karajía, Maynas y Antonio Occ Soplín,San Martín, Ricardo Palma, Haya de la Torre, Alfonso Ugar-te, Psj. Calvario, Los Cantores, de las localidades de Cohe-chán y Conila. En los Registros de propiedad inmueble de la Supe- rintendencia Nacional de los Registros Públicos con sedeen la ciudad de Chachapoyas en la sala presentación de lamemoria descriptiva y los planos de ubicación y distribuciónde aquélla. Artículo 5º.- Extiéndase la anotación preventiva en la partida que corresponda a la Región Amazonas que-dando inscrita en forma definitiva en el plazo no mayorde treinta días de no medidas de opción judicial deterceros en mérito del artículo 11º del Decreto SupremoNº 130-2001-EF, que para este caso se aplica en formasupletoria. PEDRO CACHAY HUAMÁN Alcalde 10899