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PÆg. 245813 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de junio de 2003 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE Aprueban exoneración de proceso de selec- ción para contratación de servicios de exa-men de control a la anterior gestión corres- pondiente al aæo 2002 ACUERDO DE CONCEJO Nº 062-2003-MDNCH Nuevo Chimbote, 30 de mayo del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTEVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de mayo del 2003, se tomo la determinación de aprobar lacontratación de una Empresa Auditora, se ha tomado elsiguiente Acuerdo: CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote es una Institución de Derecho Publico con autonomía económica yadministrativa, como lo regula la Ley Orgánica de Municipalida-des, Ley Nº 27972, la Constitución Política del Perú, en aplica-ción de los Artículos 191º, 192º y 193º, relacionados a Gobier-nos locales, afianzando así el proceso de descentralización,contribuyendo al desarrollo integral de la Región mediante lainiciativa del régimen Municipal, por su independencia de resol-ver sobre asuntos que son de su competencia; Que, de conformidad a la Ley Nº 26997, Ley que estable- ce la conformación de Comisiones de Transferencia de la Ad-ministración Municipal, esta Municipalidad realizó el proceso detransferencia en mérito a la ley antes acotada, con la anteriorgestión, remitiéndose el acta de transferencia a ContraloríaGeneral de la República de conformidad al numeral 4.4 delArtículo 4 de la Ley precitada, y a la vez solicitando se realiceuna auditoría en esta Municipalidad Distrital; Que, la Contraloría General de la República, ejerce control programático en la Gestión Administrativa y Financiera de lasEntidades Públicas, tal como lo establece el Art. 6º de la Ley Nº27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de laContraloría General de la República, "El control Gubernamen-tal consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de losactos y resultado de la Gestión Pública, en atención al gradode eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso ydestino de los recursos y bienes del Estado, evaluando lossistemas de administración, gerencia y control a través de laadopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes,siendo el control Gubernamental interno o externo y su desa-rrollo constituye un proceso integral y permanente, entendién-dose el control Externo como el conjunto de políticas, normas,métodos y procesos técnicos que compete a la ContraloríaGeneral u otro órgano del sistema por encargo o designaciónde ésta, con el objeto de supervisar, vigilar y verificar la gestión; Que, asimismo, a través del Memorando Nº 379-2003-MDN- CH-DM, la Dirección Municipal, indica que por medio del OficioNº 217 con fecha del 22 de abril del 2003, la ContraloríaGeneral de la República indica y faculta al titular del pliego quese tomen las medidas pertinentes a las acciones de control,facultad establecida en el numeral 21º del Art. 20º de la LeyOrgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 19 literal h) del T.U.O, Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,modificado por la Ley Nº 27330, se encuentran exonera-dos de los procesos de Licitación Pública, concurso Públi-co o Adjudicación Directa, según el caso, las adquisicioneso contrataciones que se realicen para servicios personalísi-mos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento; Que, de conformidad al Artículo 20º de la Ley precita- da, señala que las adquisiciones o contrataciones a quese refiere el Artículo 19º de la ley antes acotada se realizanmediante el proceso de adjudicación de menor cuantía,debiendo aprobarse mediante Acuerdo de Concejo Muni-cipal, en el caso de Gobiernos locales; Que, por su parte, el Artículo 111º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº041-2003-PCM, establece que de conformidad con el inci-so h) del Artículo 19º de la Ley, se encuentran exoneradosdel respectivo proceso de selección, contratos de Loca-ción de servicios personalísimos celebrados por personasnaturales o jurídicas cuando para dicha contratación sehayan tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inhe-rentes, particulares o esenciales, o por su determinadacalidad, profesión, ciencia, arte u oficio. La norma agregaque la evaluación de las características o habilidades par-ticulares del locador deberá ser objetiva y se efectuará enfunción de la naturaleza de las prestaciones a su cargo; Que, en atención a los fundamentos legales, la Oficina de Asesoría Legal, conforme al Informe Nº 229-2003-MDN-CH-OAL, se pronuncia por la contratación de un auditorEspecializado en Gestión Municipal, para que realice unexamen especial de control a la gestión anterior, debiendoser aprobado por Acuerdo de Concejo; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º numeral 35) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº27972, con el Voto Mayoritario del Pleno de Concejo y ladispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del pro- ceso de selección administrativa para la contratación deServicios Personalísimos del C.P.C., Roberto Hermes Bel-trán Pachas, para que realice un examen especial de con-trol a la anterior gestión correspondiente al año 2002, de laMunicipalidad Distrital de Nuevo Chimbote. Artículo Segundo.- Facultar al señor Alcalde para que emita los dispositivos administrativos complementarios yejecute las acciones pertinentes para la contratación delCPC Roberto Hermes Beltrán Pachas. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Secretaría General la notificación del presente acuerdo a la Contralo-ría General de la República, así como la publicación delmismo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VALENTÍN FERNÁNDEZ BAZÁN Alcalde 10879 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PADRE MÁRQUEZ FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 017-2003-SE-MDPM Mediante Oficio S/N de fecha 3 de junio de 2003, la Municipalidad Distrital de Padre Márquez solicita se publi-que Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 017-2003-SE-MDPM, publicado en nuestra edición del día 2 de juniode 2003, en la página 245315. DICE: Acuerdo de Concejo Nº 017-2003-SE-MDPM. DEBE DECIR: Acuerdo de Concejo Nº 018-2003-SE-MDPM. DICE: Proceso de Selección de Adjudicación Directa con Pu- blicación. DEBE DECIR: Proceso de Adjudicación Directa Selectiva. 10880 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PASTAZA Declaran nulidad de proceso de adjudi- cación directa pœblica sobre adquisición de producto lÆcteo para el Programa del Vasode Leche RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 044-03-MDP-A Ullpayacu, 3 de junio de 2003