Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2003 (11/06/2003)


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EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de junio de 2003

1, hasta por la suma de S/.30,000.00 (Treinta mil y 00/100 Nuevos Soles), monto que se encuentra considerado en la Fuente de Financiamiento Nº 13 - Transferencias y Donaciones. 4. Disponer que la Secretaria General remita MORDAZA del presente Acuerdo a la Contraloria General de la Republica y demas organismos pertinentes. 5. Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:

El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, en atencion a los Dictamenes Nºs. 036-2003-CEPP/MSS y 044-2003-CAL/MSS de las Comisiones de Economia, Planificacion y Presupuesto y de Asuntos Legales, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 068-2003-PVL-SDSSDBSDH de fecha 29.MAY.2003 la Subdireccion de Servicio Social senala que con fecha 15.MAY.2002 la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, da por concluido el Convenio Intermunicipal para el abastecimiento de recursos alimenticios del Programa Vaso de Leche, garantizando unicamente el abastecimiento de leche hasta el mes de julio; por lo que la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA debera asumir el abastecimiento del MORDAZA enriquecido con caracter de urgencia por los meses de junio y julio; Que, con Informe Nº 932-2003-OAJ-MSS el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica opina por la procedencia de la declaracion de la situacion de urgencia la adquisicion de cereales para el programa del vaso de leche, teniendo en cuenta que esta Corporacion debera asumir el abastecimiento del MORDAZA enriquecido para los meses de junio y MORDAZA, con los recursos que transfiere el Ministerio de Economia y Finanzas (MEF), en razon que se entrega una formula de provision consistente en leche evaporada combinada con MORDAZA enriquecido y estando conforme a lo dispuesto en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que establece como situacion de urgencia la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio, la cual compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; entendiendose que si debido a la falta de MORDAZA se distribuyera leche sola demandaria entregar una mayor racion, lo que representaria un mayor costo, para lo cual no se cuenta con el presupuesto asegurado por el Tesoro Publico, igualmente MORDAZA lugar a un probable desabastecimiento de leche a corto plazo; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciones de emergencia o de urgencia declaradas, siendo el caso que la ausencia del bien comprometeria en forma directa la continuidad de los servicios esenciales que brindan los Programas Sociales que ejecuta el gobierno a traves de las Municipalidades; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y demas normas pertinentes; luego del debate correspondiente, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, adopto por Unanimidad el siguiente:

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 10994

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Conforman Comision de Transferencia de Recepcion de Fondos, Proyectos y Programas para el ano 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1280-2003/SG-MDS
Surquillo, 28 de MORDAZA de 2003 Visto el Informe Nº 159-2003/OPPR-MDS, elevado por la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion referente a la conformacion de la Comision de Transferencia de Recepcion de los Fondos, Proyectos y Programas para el ano 2003 de la Municipalidad Distrital de Surquillo; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion mediante Resolucion Presidencial Nº 070-CND-P-2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24 de MORDAZA del ano en curso, aprobo la Directiva Nº 002CND-P-2003 "Procedimiento para la Ejecucion de la Transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, durante el ano 2003, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de lucha contra la Pobreza, y Programas de inversion en Infraestructura Productiva de alcance Regional a que se refiere el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM"; Que, el numeral 6.1.3.1. inciso b, de la MORDAZA citada MORDAZA legal establece que los Gobiernos Locales conformaran Comisiones de Transferencia de Recepcion en cada uno de las provincias y distritos que recibiran los fondos, proyectos y programas, debiendo estar presidida por el Director Municipal y dos (2) funcionarios, servidores publicos y/o personal cualquiera sea su modalidad de contratacion, vinculados al objeto de la transferencia; Que, en uso de las atribuciones conferidas al MORDAZA en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- Conformar la Comision de Transferencia de Recepcion de los Fondos, Proyectos y Programas para el ano 2003 de la Municipalidad Distrital de Surquillo que se refiere la Directiva Nº 002-CND-P-2003 aprobada por la Presidencia del Consejo Nacional de Descentralizacion mediante Resolucion Presidencial Nº 070-CND-P-2003, que estara conformada de la siguiente manera: - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Director Municipal, quien la presidira. - Sr. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA - Director de Planific., Presupuesto y Racionalizacion, miembro. - Arq. MORDAZA Gaillour Roncagliolo - Director de Obras y Desarrollo MORDAZA, miembro. Articulo Segundo.- La citada Comision normara sus acciones en MORDAZA con lo dispuesto por dicha Directiva y

ACUERDO
1. Aprobar la Declaracion en Situacion de Urgencia la adquisicion de cereales para el Programa del Vaso de Leche, por un periodo de sesenta (60) dias. 2. Exonerar a la entidad de convocar al MORDAZA de seleccion correspondiente para la adquisicion del MORDAZA, la misma que se realizara a traves de adjudicacion directa de menor cuantia hasta por la suma de S/. 30,000.00 (Treinta mil y 00/100 Nuevos Soles). 3. Encargar al Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas para que como Organo competente, inicie el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia para contratar la adquisicion a que se hace referencia en el numeral

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