Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2003 (11/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 11 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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do, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que las contrataciones y adquisiciones que realicen las Entidades de la Administracion Publica, en situacion de emergencia o urgencia declarada de conformidad con la presente Ley, estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa segun sea el caso; Que, el numeral 2 del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, establece que la situacion de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las Contrataciones y Adquisiciones definitivas; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones producto de la exoneracion a que se refiere el articulo 19º, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y se aprobara mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, cuya MORDAZA con el Informe sustentatorio debe remitirse a la Contraloria General de la Republica bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que las Contrataciones y Adquisiciones exoneradas de conformidad con el articulo 19º de la Ley, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el articulo 105º, agregando que la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara en cada caso la dependencia u organo que se encargara de realizar las Contrataciones y Adquisiciones exoneradas de acuerdo al monto involucrado, complejidad, envergadura o sofisticado; Que, mediante documento del visto, se sustenta tecnica y legalmente la declaratoria de urgencia, accion que es necesaria, atender resolutivamente; Que, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, en su Capitulo II (Medidas de Austeridad y Racionalidad), articulos 10º, 11º, 12º y 13º, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de Amazonas, esta cautelando los intereses del Estado en lo que respecta a la ejecucion presupuestaria respecto a personal, planillas y en materia de servicios; Que, en concordancia con los senalado anteriormente los deberes y derechos establecidos por la Ley Nº 27347, las Resoluciones Nº 114-2001-CONAFU y 150-2002-CONAFU, las facultades otorgadas por el Estatuto de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de Amazonas, y con los vistos de la Vicepresidencia Academica y Oficina de Asesoria Juridica; RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de Urgencia el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0042003-UNAT-A/CEP "Adquisicion de Reactivos para el Laboratorio de Bioquimica - Facultad de Ingenieria" de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de Amazonas. Articulo Segundo.- APROBAR la exoneracion de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa de todos los Bienes Servicios para la adquisicion de reactivos e insumos. Articulo Tercero.- AUTORIZAR al Comite Especial Permanente de Adquisiciones y Contrataciones designado mediante Resolucion Nº 0113-2003-UNAT-A-CO/P, proceder a la realizacion de las acciones necesarias para efectuar las adquisiciones y contrataciones que MORDAZA requeridas para el MORDAZA citado en el Articulo Primero. Articulo Cuarto.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a su aprobacion y efectuar la publicacion respectiva en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Comision Organizadora 10459

Exoneran de MORDAZA de concurso publico la contratacion de expositores para dictado del curso de Gerenciamiento de Reservorios en la Universidad Nacional de Ingenieria
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 0548
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2003 Visto el Oficio Nº 406-2003/FIP de fecha 27 de MORDAZA del 2003 remitido por el Decano de la Facultad de Ingenieria de Petroleo, por el que se solicita la sustitucion en la contratacion del expositor Farouq MORDAZA para el curso "Gerenciamiento de Reservorios", dentro de la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico que fuera aprobada mediante Resolucion Rectoral Nº 0432 de fecha 5 de MORDAZA del 2003; CONSIDERANDO: Que, en ejecucion del Convenio de Cooperacion suscrito entre la Universidad Nacional de Ingenieria y el Comite de Administracion de los Recursos para Capacitacion (CAREC), por Resolucion Rectoral Nº 0432 de fecha 5 de MORDAZA del 2003, se aprobo la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico, para la contratacion de 12 expositores internacionales de primer nivel, especialistas en Exploracion de Hidrocarburos, Explotacion de Hidrocarburos, Gas Natural, y Seguridad y Medio Ambiente, entre los cuales se comprendia al expositor Farouq MORDAZA del Instituto Canadiense de Petroleo, especialista en "Gerenciamiento de Reservorios"; Que, mediante Oficio Nº 406-2003-FIP de fecha 27 de MORDAZA del 2003 dirigido al Rector de la UNI, el Decano de la Facultad de Petroleo Ing. MORDAZA MORDAZA RC, comunica, que por motivos de fuerza mayor el Instituto Canadiense de Petroleo no podra enviar al expositor Farouq MORDAZA para el dictado del curso "Gerenciamiento de Reservorios" a dictarse del 9 al 13 de junio de 2003, por lo que solicito su reemplazo por los expositores Dr. MORDAZA Rosbaco y Dr. MORDAZA Canell de la Empresa SYGNUS MORDAZA, quienes cuentan con las condiciones y caracteristicas que los califican para el dictado del referido curso; Que, mediante Informe Tecnico Nº 003-FIP/CAREC-UNI del 27 de MORDAZA del 2003, el Decano de la Facultad de Ingenieria de Petroleo sustenta las razones por las que procede aprobar la contratacion de los expositores Dr. MORDAZA Rosbaco y Dr. MORDAZA Canell de la Empresa SYGNUS MORDAZA, para el dictado del curso de "Gerenciamiento de Reservorios", por un costo total de $ 8,000.00 dolares americanos; profesionales vinculados al sector de hidrocarburos, de reconocida trayectoria internacional, expertos y especialistas en "Gerenciamiento de Reservorios", quienes ocuparan la MORDAZA opcion en el analisis de MORDAZA, efectuado en la primera evaluacion. Contratacion que se hace necesaria para dar cumplimento a las obligaciones asumidas por la Universidad; Que, el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que las contrataciones de servicios personalisimos se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, procediendo su contratacion como lo dispone el articulo 20º de dicho texto, concordante con el Art. 113º de su Reglamento, mediante una adjudicacion de menor cuantia, debiendo aprobarse tales exoneraciones a traves de Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe sustentarse en informe que contenga la justificacion tecnico-legal para proceder a la contratacion haciendo uso de la causal de exoneracion; Que, segun el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado por los Decretos Supremos Nº 071-2001-PCM y Nº 1282001-PCM, senala que dicha exoneracion se encuentra referida a los contratos de locacion de servicios con personas naturales o juridicas, para cuya celebracion se tenga en cuenta, como requisito esencial, a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por determinada calidad, profesional, ciencia, arte u oficio;

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