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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (22/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

PÆg. 246474 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de junio de 2003 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ Ratifican en todos sus extremos y en parte Acuerdos de Concejo relativos alestablecimiento de RØgimen de GestiónComœn en materia de transporte y trÆnsi-to terrestre con la MML ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000006 Matucana, 30 de mayo del 2003 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ, EN SESIÓN ORDINARIA DE LAFECHA; Y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, establece que lasMunicipalidades como Órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 17.2) del Artículo 17º de la Ley Gene- ral de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181, esta- blece que cuando dos ciudades o áreas urbanas pertene-cientes a provincias contiguas conforman un área urbana continúa, las municipalidades correspondientes deben es- tablecer un régimen de gestión común; como consecuen-cia de derecho, ha sido comprobado en la realidad en innu- merables actos, como la verificación IN SITU que ha sido realizada por la Comisión de la Municipalidad Metropolita-na de Lima y la Comisión de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, de fecha 31 de octubre de 1997, cuya acta no sólo es prueba de la existencia real de continuidad urbanaentre ambas provincias, sino que también es prueba del tratamiento común de ambas municipalidades provincia- les de Lima y Huarochirí, establecieron en materia de aten-ción del servicio público de transporte y tránsito terrestre de persona urbano e interurbano para beneficio de la po- blación de ambas provincias contiguas; Que, la situación de hecho descrita, también ha sido materia de pronunciamientos por instituciones extramu- nicipales, como la Sociedad Geográfica de Lima, que apetición de la Dirección Municipal de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, absuelve la con- sulta y remite el Oficio Nº 199-2001, detallando que lacontinuidad urbana está comprobada técnicamente en el empalme de las zonas urbanas de los Distritos de Santa Eulalia y Ricardo Palma de la provincia de Huarochirí yLurigancho - Chosica de la provincia de Lima, corroborado por la Dirección de Desarrollo Urbano de este Órgano de Gobierno; Que, mediante Informe Nº 173-01-DDU-MPH-M, que ha motivado que el Máximo Órgano de Gobierno de la Munici- palidad Provincial de Huarochirí, mediante Acuerdo deConcejo Nº 042-2001/CM-MPH-M, de fecha 23 de octubre del 2001, resuelve declarar expresamente que existe con- tinuidad urbana entre la provincia de Lima y la provincia deHuarochirí; publicándose dicho acuerdo en el Diario Oficial El Peruano el 31 de octubre del 2001; Que de conformidad con el Artículo 109º de la Consti- tución Política del Estado, las leyes son obligatorias des- de el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, y estando que el Acuerdo de Concejo Nº 042-2001/CM-MPH-M, de fecha 23 de octubre del 2001, no ha sido objeto de cuestionamiento y/o impugnación alguna, pese al tiempo transcurrido, ha quedado consentida, firme y con calidadde cosa decidida, característica que es necesario decla- rarla con la formalidad que corresponde con el fin de facili-tar el establecimiento del Régimen de Gestión Común, de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, con la Municipa- lidad Metropolitana de Lima, de conformidad con el pre- ceptuado en el artículo el numeral 17.2) del Artículo 17º laLey General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181 y a lo ordenado por el Tribunal Constitucional en su Sen- tencia, de fecha 4 de abril del 2001; Que, con fecha 14 de mayo del 2001, ha sido publicado en el Diario Oficial El Peruano, la sentencia del Tribunal Constitucional, de fecha 4 de abril del 2001, cuya segundaparte resolutiva Dispone que a partir del día siguiente de la publicación de la presente sentencia, las partes que inter- vienen en el presente proceso (Municipalidad Metropolita-na de Lima y Municipalidad Provincial de Huarochirí) de- ben establecer un Régimen de Gestión Común en los ca- sos que corresponda de conformidad con el numeral 17.2)del Artículo 17º la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181; Que, el Artículo 52º Ley Orgánica del Tribunal Constitu- cional, Ley Nº 26435, establece que "La sentencia del Tri- bunal vincula a los poderes públicos y tiene plenos efec- tos frente a todos. Asimismo resuelve, en su caso, lo queprocediere sobre las situaciones jurídicas producidas so- bre la base de tales actos administrativos"; y estando a lo dispuesto por numeral 2) del Artículo 139º de la Constitu-ción Política del Estado ninguna autoridad puede dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos en trámite, ni modificarsentencias, ni retardar su ejecución, corresponde dar Fuerza de Ordenanza Municipal al Acuerdo de Concejo Nº 042- 2001/CM-MPH-M, publicado el 31 de octubre del 2001 y alAcuerdo de Concejo Nº 030-2001/CM-MPH-M, publicado 19 de junio del 2001, publicada en el Diario Oficial El Perua- no, el 8 de julio del 2001, en cumplimiento estricto con laley, y a lo ordenado por la norma acotada expedida por el máximo Órgano de Control Constitucional; Estando a lo expuesto y con las atribuciones que le confiere el numeral 9) del artículo 9º y los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y demás normas pertinentes y conexas, el Plenodel Concejo Municipal con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, con el voto mayoritario aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- RATIFICAR en todos sus extre- mos, el Acuerdo de Concejo Nº 042-2001/CM-MPH-M, de fecha 23 de octubre del 2001, publicado en el DiarioOficial El Peruano el 31 de octubre del 2001, que decla- ra la existencia de continuidad urbana entre la provincia de Huarochirí y la provincia de Lima, otorgándole rangode Ley, con la finalidad de facilitar el establecimiento del Régimen de Gestión Común, en materia de Transpor- te y Tránsito Terrestre Urbano e Interurbano entre la Mu-nicipalidad Provincial de Huarochirí y la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- RATIFICAR en parte, el Acuer- do de Concejo Nº 030-2001/CM-MPH-M, de fecha 19 de junio del 2001, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 de julio del 2001, que conforma la Comisión TécnicaLegal, facultada por el Concejo de la Municipalidad Pro- vincial de Huarochirí, para establecer con la Comisión Técnica de la Municipalidad Metropolitana de Lima, elRégimen de Gestión Común conforme lo establece el numeral 17.2 del artículo 17º de la Ley General de Trans- porte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181 y lo declaradopor el Tribunal Constitucional en su sentencia de fecha 4 de abril del 2001, otorgándole el rango de ley; en conse- cuencia modifíquese solo en el extremo de la conforma-ción de la Comisión Técnica que a partir de la fecha estará presidido por el Gerente Municipal, Gerente de Transporte y el Gerente de Asuntos Jurídicos; asimis-mo, participarán dos representantes de las empresas de transporte y dos representantes del Concejo Municipal, quienes actuarán con voz pero sin voto. POR TANTO: Mando que se registre, publique y cumplaROSA VÁSQUEZ CUADRADO Alcaldesa 11735