Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2003 (22/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 22 de junio de 2003

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Ratifican en todos sus extremos y en parte Acuerdos de Concejo relativos al establecimiento de Regimen de Gestion Comun en materia de transporte y MORDAZA terrestre con la MML
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000006 Matucana, 30 de MORDAZA del 2003 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI, EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA; Y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades como Organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 17.2) del Articulo 17º de la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181, establece que cuando dos ciudades o areas urbanas pertenecientes a provincias contiguas conforman un area MORDAZA continua, las municipalidades correspondientes deben establecer un regimen de gestion comun; como consecuencia de derecho, ha sido comprobado en la realidad en innumerables actos, como la verificacion IN SITU que ha sido realizada por la Comision de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Comision de la Municipalidad Provincial de Huarochiri, de fecha 31 de octubre de 1997, cuya acta no solo es prueba de la existencia real de continuidad MORDAZA entre MORDAZA provincias, sino que tambien es prueba del tratamiento comun de MORDAZA municipalidades provinciales de MORDAZA y Huarochiri, establecieron en materia de atencion del servicio publico de transporte y MORDAZA terrestre de persona MORDAZA e interurbano para beneficio de la poblacion de MORDAZA provincias contiguas; Que, la situacion de hecho descrita, tambien ha sido materia de pronunciamientos por instituciones extramunicipales, como la Sociedad Geografica de MORDAZA, que a peticion de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, absuelve la consulta y remite el Oficio Nº 199-2001, detallando que la continuidad MORDAZA esta comprobada tecnicamente en el empalme de las zonas urbanas de los Distritos de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de la provincia de Huarochiri y Lurigancho - Chosica de la provincia de MORDAZA, corroborado por la Direccion de Desarrollo MORDAZA de este Organo de Gobierno; Que, mediante Informe Nº 173-01-DDU-MPH-M, que ha motivado que el MORDAZA Organo de Gobierno de la Municipalidad Provincial de Huarochiri, mediante Acuerdo de Concejo Nº 042-2001/CM-MPH-M, de fecha 23 de octubre del 2001, resuelve declarar expresamente que existe continuidad MORDAZA entre la provincia de MORDAZA y la provincia de Huarochiri; publicandose dicho acuerdo en el Diario Oficial El Peruano el 31 de octubre del 2001; Que de conformidad con el Articulo 109º de la Constitucion Politica del Estado, las leyes son obligatorias desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial, y estando que el Acuerdo de Concejo Nº 042-2001/CM-MPHM, de fecha 23 de octubre del 2001, no ha sido objeto de cuestionamiento y/o impugnacion alguna, pese al tiempo transcurrido, ha quedado consentida, firme y con calidad de cosa decidida, caracteristica que es necesario declararla con la formalidad que corresponde con el fin de facili-

tar el establecimiento del Regimen de Gestion Comun, de la Municipalidad Provincial de Huarochiri, con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de conformidad con el preceptuado en el articulo el numeral 17.2) del Articulo 17º la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181 y a lo ordenado por el Tribunal Constitucional en su Sentencia, de fecha 4 de MORDAZA del 2001; Que, con fecha 14 de MORDAZA del 2001, ha sido publicado en el Diario Oficial El Peruano, la sentencia del Tribunal Constitucional, de fecha 4 de MORDAZA del 2001, cuya MORDAZA parte resolutiva Dispone que a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente sentencia, las partes que intervienen en el presente MORDAZA (Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y Municipalidad Provincial de Huarochiri) deben establecer un Regimen de Gestion Comun en los casos que corresponda de conformidad con el numeral 17.2) del Articulo 17º la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181; Que, el Articulo 52º Ley Organica del Tribunal Constitucional, Ley Nº 26435, establece que "La sentencia del Tribunal vincula a los poderes publicos y tiene plenos efectos frente a todos. Asimismo resuelve, en su caso, lo que procediere sobre las situaciones juridicas producidas sobre la base de tales actos administrativos"; y estando a lo dispuesto por numeral 2) del Articulo 139º de la Constitucion Politica del Estado ninguna autoridad puede dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos en tramite, ni modificar sentencias, ni retardar su ejecucion, corresponde dar Fuerza de Ordenanza Municipal al Acuerdo de Concejo Nº 0422001/CM-MPH-M, publicado el 31 de octubre del 2001 y al Acuerdo de Concejo Nº 030-2001/CM-MPH-M, publicado 19 de junio del 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 8 de MORDAZA del 2001, en cumplimiento estricto con la ley, y a lo ordenado por la MORDAZA acotada expedida por el MORDAZA Organo de Control Constitucional; Estando a lo expuesto y con las atribuciones que le confiere el numeral 9) del articulo 9º y los articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y demas normas pertinentes y conexas, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, con el MORDAZA mayoritario aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- RATIFICAR en todos sus extremos, el Acuerdo de Concejo Nº 042-2001/CM-MPH-M, de fecha 23 de octubre del 2001, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31 de octubre del 2001, que declara la existencia de continuidad MORDAZA entre la provincia de Huarochiri y la provincia de MORDAZA, otorgandole rango de Ley, con la finalidad de facilitar el establecimiento del Regimen de Gestion Comun, en materia de Transporte y MORDAZA Terrestre MORDAZA e Interurbano entre la Municipalidad Provincial de Huarochiri y la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Segundo.- RATIFICAR en parte, el Acuerdo de Concejo Nº 030-2001/CM-MPH-M, de fecha 19 de junio del 2001, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 de MORDAZA del 2001, que conforma la Comision Tecnica Legal, facultada por el Concejo de la Municipalidad Provincial de Huarochiri, para establecer con la Comision Tecnica de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, el Regimen de Gestion Comun conforme lo establece el numeral 17.2 del articulo 17º de la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181 y lo declarado por el Tribunal Constitucional en su sentencia de fecha 4 de MORDAZA del 2001, otorgandole el rango de ley; en consecuencia modifiquese solo en el extremo de la conformacion de la Comision Tecnica que a partir de la fecha estara presidido por el Gerente Municipal, Gerente de Transporte y el Gerente de Asuntos Juridicos; asimismo, participaran dos representantes de las empresas de transporte y dos representantes del Concejo Municipal, quienes actuaran con voz pero sin voto. POR TANTO: Mando que se registre, publique y cumpla MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 11735

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