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PÆg. 240060 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de marzo de 2003 - LLANOS CESÁREO JOSÉ, ex Director de la Ofici- na General de Personal. b) Por Deficiencia en los Procesos de las Adjudica- ciones Directas, su publicación para la ejecución de obras, realizadas en el período 1999 - 2000 PROMPY- ME. (Observación 3). 3.1. Los procesos de selección del ejercicio 2000, no fueron notificados a PROMPYME. - MAYORCA PALOMINO MARÍA ANTONIETA, ex Directora General de Infraestructura y Mantenimiento(15 julio 99 - 21 marzo 2000). - CABRERA SOTO CARLOS, ex Director General de Presupuesto y Planificación (4 enero 2000 a 20noviembre 2000). - RAMOS RODRÍGUEZ RAÚL, ex Director Ejecutivo de Abastecimiento. - CAMPOS CASUSOL WILSON, ex Director Ejecu- tivo de Abastecimiento. 3.2. En la etapa de adjudicación del procesos de se- lección para la ejecución de la obra "Construcción del Taller Mecánico de la Facultad de Minas y Metalurgia", elÓrgano Encargado dio por válida la copia simple del certificado de inscripción en el Registro Nacional de Contratistas - CONSUCODE sin vigencia, con un recibode pago del trámite para la obtención del nuevo certifica- do, sin tener en cuenta lo establecido en el inciso a) numeral 1 del Artículo 100º del Decreto Nº 039-98-PCM,del 26 de Set.98, que exigía como uno de los requisitos la presentación de dicho certificado vigente, dando lugar a un proceso carente del principio de transparencia, porlo que se determina responsabilidad a los señores: - MAYORCA PALOMINO MARÍA ANTONIETA, ex Directora General de Infraestructura y Mantenimiento. - RAMOS RODRÍGUEZ RAÚL, ex Director Ejecutivo de Abastecimiento. 3.3. Expedientes Técnicos de las Obras: "Construcción de Laboratorios y Cerco Perimétrico de la Facultad de Medi-cina Veterinaria", y "Construcción del Taller Metal Mecánico de la Facultad de Minas y Metalurgia", no cuentan con el estudio de suelos correspondiente, incumpliéndose lo dis-puesto por los Artículos 12º y 25º de la Ley Nº 26859 y su Reglamento. La situación expuesta origina el riesgo de que la estructura de la obra carezca de garantía de estabilidad yseguridad, así como de duración por posible ataque químico de los elementos del suelo al concreto; asimismo ante cual- quier posible defecto o colapso de la obra, la causa podríaser atribuible por la Contratista a la baja resistencia de terre- no y otro inherente al suelo, ante la ausencia del estudio respectivo, eludiendo responsabilidades en la calidad de laejecución de la obra: por lo que se determina responsabili- dad de tipo administrativo a: - MAYORCA POLOMINO MARÍA ANTONIETA, ex Directora General de Infraestructura y Mantenimiento. c) Pago anticipado de S/.167,399.63 Nuevos Soles, al Contratista, por la valorización Nº 02 y Nº 03 de la obra de construcción del pabellón de aulas típicas, 1er. pisode la Facultad de Ciencias. (Observación 4): - TELLES LA SERNA JUAN, ex Director General de Administración. - GUEVARA CHACÓN RODOLFO, ex Director Ejecu- tivo de Tesorería. d) La Universidad efectuó pagos que no le corres- pondía, por S/. 11045 Nuevos Soles, por el consumoadicional al cargo fijo por uso de servicio de telefonía celular asignado a funcionarios: contraviniendo disposi- tivos de racionalidad, austeridad y disciplina Presupues-taria (Observación 06): - TELLES LA SERNA JUAN, ex Director General de Administración. - CAMPOS CASUSOL WILSON, ex Director Ejecu- tivo de Abastecimiento. e) Deficiencia en el pago de algunos pensionistas de la UNICA, durante el ejercicio 2000 (Observación 12).12.1. Las Pensiones de los señores Raúl López Fuen- tes, Rolando Gómez Cárdenas y Ruth Ospina Villavi- cencio, correspondientes a determinados meses del año 2000, fueron depositados a la cuenta de ahorros delseñor Jaime de la Cruz Altamirano; habiéndose verifica- do que las pensiones fueron entregadas a las apodera- das de la señora pensionista Ruth Teodora Ospina Villavi-cencio y del señor Raúl López fuentes. De otro lado, la pensión del señor Raúl López Fuen- tes, cobradas a través de su apoderada, se pagó sinhaber acreditado la vigencia del certificado de supervi- vencia correspondiente al año 2000, inobservando lo establecido en el inciso b) del Artículo 54º de la Ley Nº20530. - DE LA CRUZ ALTAMIRANO JAIME, ex Director Ejecutivo de Programación y Administración de Perso- nal. - MEJÍA HERNÁNDEZ MIGUEL, ex Director Ejecutivo de Pensiones y Beneficios. - RAMOS RODRÍGUEZ RAÚL, ex Director Ejecutivo de Pensiones y Beneficios. - MITACC FLORES HERNAN, ex Director Ejecutivo de Remuneraciones. 12.2. Se ha observado que los montos pagados en los meses de junio, julio y agosto de 2000, por pensión de viudez a la señora Ruth Ospina Villavicencio, quefueron depositadas en la cuenta de un tercero, no se sujetaron a lo establecido por la Resolución Rectoral Nº 661-PCR-UNICA-2000, del 21 de marzo 2000, en el cualse estableció como pensión el monto de S/.1,664.52, Nuevos Soles, a partir del 1 de enero 2000, determinan- do el pago en exceso de las pensiones abonadas por unmonto de S/. 4,865.71, ocasionando perjuicio económi- co a la Universidad. - LLANOS CESÁREO JOSÉ, ex Director General de Personal. - MEJÍA HERNÁNDEZ MIGUEL, ex Director Ejecutivo de Pensiones y Beneficios. - DE LA CRUZ ALTAMIRANO JAIME, Director Ejecu- tivo de Programación y Administración de Personal. - LLANOS CESÁREO JOSÉ, ex Director General de Personal. - RAMOS RODRÍGUEZ RAÚL, ex Director Ejecutivo de Pensiones y Beneficios. - DE LA CRUZ ALTAMIRANO JAIME, ex Director Ejecutivo de Programación y Administración de Perso-nal. 12.3. el importe de S/. 2030 Nuevos Soles, abonado como pago de pensiones a nombre del señor Rolado Gómez Cárdenas; el mes de marzo a través del Banco de la Nación, según comprobante de Pago Nº 549 del 8de marzo de 2000, por un total de S/. 39,716.09 Nuevos Soles, que incluyó dicha transferencia, según reporte de cesantes que la UNICA, remitido al Banco de la Nación,al número de la cuenta de ahorros Nº 4601409793 que corresponde a la cuenta de ahorros de señor Jaime de la Cruz Altamirano, personal activo de la Universidad, nocorresponde a la Pensión de Cesantía otorgada al ex Docente, toda vez que se verificó que mediante Resolu- ción Rectoral Nº 578-PCR-UNICA-99, del 14.1.2000, seaprobó el pago por cese a partir del 1 de enero 2000, y se pagó desde el mes de enero hasta diciembre. Al res- pecto el pensionista confirmó haber recibido a través deuna entidad bancaria sus pagos por pensión desde ene- ro. Los hechos expuestos se deben a una falta de supervisión del I ex Director Ejecutivo de Pensiones y Bonificaciones, permitiendo el desorden en el pago de las pensiones: - LLANOS CESARIO JOSÉ, ex Director General de Personal. - MEJÍA HERNÁNDEZ MIGUEL, ex Director Ejecutivo de Pensiones y Beneficios. - DE LA CRUZ ALTAMIRANO JAIME, ex Director Ejecutivo de Programación y Administración de Perso- nal. - LLANOS CESAREO JOSÉ, ex Director General de Personal. - RAMOS RODRÍGUEZ RAÚL, ex Director Ejecutivo de Pensiones y Beneficios.