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PÆg. 240059 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de marzo de 2003 Que, asimismo está acreditado en los actuados que las ex Autoridades de la Comisión Reorganiza- dora: LUIS ALBERTO IBERICO ROJAS, JUAN JOSÉ MORALES MURO y JESÚS LORENZO FIGUEROABARDALES permitieron la elaboración de un CAP de la U.N.I.C.A. que no se ajustó a la normatividad vi- gente y sin tener en cuenta el numeral 3.5 de la Di-rectiva Nº 002-95-INAP/DNR. Y que de igual forma no se contó con un PAP en los ejercicios 1999 y 2000, trasgrediéndose el numeral 5.2 de la DirectivaNº 001-82-INAP/DNP "Directiva para la Formación del Presupuesto Analítico de Personal"; Que, finalmente está acreditado en los actuados que las ex Autoridades de la Comisión Reorganiza- dora: LUIS ALBERTO IBERICO ROJAS, JUAN JOSÉ MORALES MURO y JESÚS LORENZO FIGUEROABARDALES permitieron la contratación de docentes en categorías de auxiliares y de Jefes de Prácticas en plazas no contempladas en el CAP durante el pe-ríodo 2000 inobservando lo establecido en el literal d) del Art. 35º de la Directiva Nº 01-2000-EF/76. Per- mitiendo de igual forma, la emisión de dos tipos deResoluciones de la UNICA, lo cual no tiene justifica- ción legal ni administrativa, ya que las funciones que corresponden al Rector están previstas en el Art.33º de la Ley Nº 23733 y el Art. 160º del Estatuto Universitario de lo que se colige que el Rector emite Resoluciones y los órganos de Gobierno, Acuerdos; Que, los indicados procesados presentaron sus descargos en el término de Ley, adjuntando las pruebas correspondientes a su parte, descargo y pruebas queluego de ser analizados no desvirtúan los cargos que se les imputa; Por lo que de conformidad con el Art. 2º de la R.R. Nº 037-UNICA-2002 y el Art. 30º del Reglamento de Proce- dimientos Disciplinarios de la U.N.I.C.A., y en uso de las atribuciones conferidas a la Comisión Académica Supe-rior de Procesos Disciplinarios; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Imponer a la ex Miembro de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Nacional "San LuisGonzaga" de Ica, ELISA YI WANG la Sanción de una AMONESTACIÓN ESCRITA por haber incumplido con uno de sus deberes de función previsto en el artículo 3ºde la Ley Nº 27058, Art. 51º Inc. B) de la Ley Universita- ria Nº 23733 y el Art. 161º del Estatuto Universitario, y de conformidad con la parte la considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Imponer a los ex Miembros de la Comi- sión Reorganizadora de la Universidad Nacional "SanLuis Gonzaga" de Ica: JUAN JOSÉ MORALES MURO y JESÚS LORENZO FIGUEROA BARDALES la Sanción de SEPARACIÓN TEMPORAL por el máximo de lo pre-visto en el artículo 30º Inc. c) del Reglamento de Proce- dimientos Disciplinarios de la U.N.I.C.A., al haber incum- plido con sus deberes de función previsto en el Art. 3º dela Ley Nº 27058, Art. 51º Inc b) de la Ley Universitaria Nº 23733 y el Art. 161º del Estatuto Universitario, y de con- formidad con la parte considerativa de la presente Re-solución. Artículo 3º.- Imponer al ex Presidente de la Comi- sión Reorganizadora de la Universidad Nacional "SanLuis Gonzaga" de Ica: LUIS ALBERTO IBERICO RO- JAS la Sanción de SEPARACIÓN DEFINITIVA, prevista en el Art. 30º Inc. d) del Reglamento de ProcedimientosDisciplinarios de la U.N.I.C.A., al haber incumplido con sus deberes de función, previsto en el Art. 3º de la Ley Nº 27058, Art. 51º Inc. b) de la Ley Universitaria Nº23733 y el Art. 160º del Estatuto Universitario, y de conformidad con la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 4º.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al señor Rector, Vicerrector Académico, Se- cretaría General y demás unidades orgánicas de la Uni-versidad, y a los interesados para su cumplimiento y fines de Ley. Regístrese, comuníquese y archívese. RAFAEL TORRES GODOMAR Presidente 03988Inician proceso disciplinario a funcionarios y ex funcionarios de laUniversidad Nacional "San Luis Gon-zaga" de Ica UNIVERSIDAD NACIONAL "SAN LUIS GONZAGA" DE ICA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 034-R-UNICA-2003 Ica, 22 de enero del 2003 VISTO: El Oficio Nº 001-CEPD/UNICA-2003, de Presidente de la Comisión Especial de Procesos Administrativos, donde eleva el Informe Nº 01-2003-CEPD-UNICA; CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, en méri- to a lo dispuesto por la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27366 de fecha 4 de noviembre del 2000, procedió a ejecutar un examen Especial a la Universi-dad Nacional "San Luis Gonzaga" de Ica, para el análisis y evaluación de la gestión comprendida entre el período febrero 1999 a noviembre 2000, como resultado de estaacción de control se emitió el Informe Nº 104-2001-CG/ B365, donde se formulan observaciones, se señala las responsabilidades administrativas y se identifican a laspersonas responsables; Que, con Resolución Rectoral Nº 738-R-UNICA-2002, se nombra a la Comisión Especial de Procesos Discipli-narios, para que se encargue del procesamiento de fun- cionarios y ex funcionarios administrativos de la Univer- sidad Nacional "San Luis Gonzaga", al amparo del Artí-culo 165º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa dispuesta por el D.L. Nº 276; Que, el Artículo 170º del D.S. Nº 005-90-PCM, estable- ce que la Comisión hará las investigaciones del caso, solicitando los informes respectivos, examinará las prue- bas que se presenten y elevará un informe al titular de laentidad, recomendado las sanciones que sean de apli- cación; Que, los miembros de la Comisión Especial de Proce- sos Disciplinarios, en ejercicio de sus funciones, luego de tomar conocimiento del Informe Nº 104-2002-CG/ B365 de la Contraloría General de la República, sobre elExamen Especial practicado en la U.N.ICA, desde fe- brero de 1999 a noviembre del 2000, con Informe Nº 01- 2003-CEPD-UNICA, hace conocer que han acordadoAperturar Procesos Administrativos Disciplinarios, a to- das las personas comprendidas en las observaciones del citado Informe de la Contraloría General de la Repú-blica; Por lo que estando al acuerdo de la Comisión Espe- cial de Procesos Disciplinarios, el señor Rector, en usode las atribuciones que le señala la Ley Nº 23733 y el Estatuto Universitario; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aperturar Proceso Administrativo Disciplinario a los siguientes funcionarios y ex funcionarios de la Universidad Nacional "San Luis Gonzaga" de Ica, a través de la Comisión Especialde Procesos Disciplinarios, por las causales que para cada uno de ellos se indica en las observaciones respectivas: a) Por haber permitido que el Personal Docente, Administrativo, y Miembros de la Comisión Reorga-nizadora, no presentaran Declaración Jurada de Bienes y Rentas al Ingreso y Cese de sus cargos, representan- do más del 90% del total del personal (Observación Nº2): - TELLES LA SERNA JUAN, ex Director General de Administración. - YARUPAITAN PERALTA CIRO, ex Director de la Oficina General de Personal. - BRIOS RAMOS RAÚL, ex Director de la Oficina General de Personal.