Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2003 (06/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de marzo de 2003

Desarrollo Economico, con relacion al Oficio Nº 045-2003MPL-DM de la Direccion Municipal sobre Autorizacion de Exoneracion de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del senor MORDAZA MORDAZA Ghezzi para la Prestacion de Servicios de Asesoria Externa Especializada en Sistemas Informaticos; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales conforme a ley, son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Oficio Nº 045-2003-MPL/DM de la Direccion Municipal, el mismo que adjunta el Informe Nº 035-2003-MPL-OA de la Oficina de Administracion y el Informe Nº 094-2003-MPL-OA/UAS de la Unidad de Abastecimiento y Servicios, se pone de conocimiento que al 28 de febrero del 2003 vencio el contrato suscrito con el senor MORDAZA MORDAZA Ghezzi para la Prestacion de Servicios de Asesoria Externa Especializada en Sistemas Informaticos en la Municipalidad de Pueblo Libre, el que acorde a lo opinado por la Oficina de Informatica mediante el Informe Nº 028-2003-MPL-OIC, senala que el referido asesor viene desarrollando trabajos y actividades que han tenido una continuidad que no puede ser paralizada, puesto que ello conllevaria una descoordinacion en el desarrollo e implementacion de Sistemas de Informacion e Infraestructura Tecnologica entre otros aspectos de desarrollo de sistemas informaticos e infraestructura tecnologica, por lo que es necesario seguir contando con su valioso aporte profesional; Que, el inciso h) del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que se puede exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa para Servicios Personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento y segun lo senalado en los Articulos 105º y 111º del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se puede contratar los servicios mediante la modalidad de Servicios Personalisimos. Asimismo, el Articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senala que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el Articulo 19º se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, la que se aprueba mediante Acuerdo de Concejo Municipal en los gobiernos locales, lo cual concuerda con lo opinado por la Oficina de Asesoria Legal en el Informe Nº 062-2003-MPL/OAL; Que, es necesario aprobar la exoneracion del referido MORDAZA de seleccion para la contratacion del senor MORDAZA MORDAZA Ghezzi para la Prestacion de Servicios de Asesoria Externa Especializada en Sistemas Informaticos, por el periodo comprendido de marzo a diciembre del 2003, por un monto referencial de S/. 35,000.00 (Treinta y cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos de Ley, los mismos que seran afectados a la fuente de financiamiento de los Recursos Directamente Recaudados, conforme a lo senalado en el Informe Nº 152-2003-MPL-OA/UAS; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con el MORDAZA unanime del Concejo y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se ha adoptado el siguiente:

Articulo Tercero.- Disponer que el Director de la Oficina de Administracion, remita MORDAZA del presente Acuerdo y del informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion del mismo. Asimismo, encargar a la Oficina de Administracion, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Informatica, la supervision del cumplimiento de la prestacion de los servicios del citado profesional; Articulo Quinto.- Encargar a la Direccion Municipal y a la Direccion de Administracion, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 04291

ACUERDO DE CONCEJO Nº 08-2003-MPL
Pueblo Libre, 27 de febrero de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 019-2003-MPL/CPL-CPDE de la Comision Permanente de Desarrollo Economico, con relacion al Oficio Nº 045-2003MPL-DM de la Direccion Municipal sobre Autorizacion de Exoneracion de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la Prestacion de Servicios de Asesoria Medica en Politica de Salud Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales conforme a ley, son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Oficio Nº 045-2003-MPL/DM de la Direccion Municipal, el mismo que adjunta el Informe Nº 036-2003-MPL-OA de la Oficina de Administracion y el Informe Nº 099-2003-MPL-OA/UAS de la Unidad de Abastecimiento y Servicios, se pone de conocimiento que al 28 de febrero del 2003 vence el contrato suscrito con el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la Prestacion de Servicios de Asesoria Medica en Politica de Salud Municipal en la Municipalidad de Pueblo Libre, el que acorde a lo opinado por la Direccion de Desarrollo Humano en su Informe Tecnico s/n, senala que el referido asesor viene desarrollando trabajos y actividades que han tenido una continuidad, que no puede ser paralizada, ni retomada por otro profesional, ya que esto dificultaria la aplicacion de los procesos en ejecucion, por lo que es necesario seguir contando con su valioso aporte profesional; Que, la aprobacion de un MORDAZA contrato, se rige por lo normado en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas modificatorias. Esta normativa en el inciso h) del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que se puede exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa para Servicios Personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento y segun lo senalado en los Articulos 105º y 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se puede contratar los servicios mediante la modalidad de Servicios Personalisimos. Asimismo, el Articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senala que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el Articulo 19º, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, la que se aprueba mediante Acuerdo de Concejo Municipal en los gobiernos locales, lo cual concuerda con lo opinado por la Oficina de Asesoria Legal en el Informe Nº 064-2003-MPL/OAL; Que, es necesario aprobar la exoneracion del referido MORDAZA de seleccion para la contratacion del Dr. MORDAZA San-

ACUERDO
Articulo Primero.- Otorgar la Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa, para la contratacion del senor MORDAZA MORDAZA Ghezzi para la prestacion de servicios de Asesoria Externa Especializada en Sistemas Informaticos, segun los considerandos expuestos, para el periodo de marzo a diciembre de 2003 y por un monto referencial de S/. 35,000.00 (Treinta y cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos de Ley, los mismos que seran afectados a la fuente de financiamiento de los Recursos Directamente Recaudados. Articulo Segundo.- Autorizar a la Direccion Municipal y a la Direccion de Administracion, iniciar el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, para la contratacion del senor MORDAZA MORDAZA Ghezzi para la prestacion de servicios de Asesoria Externa Especializada en Sistemas Informaticos, mediante la modalidad de Servicios Personalisimos y por el periodo aprobado.

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