Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2003 (06/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

PÆg. 240263 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de marzo de 2003 de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidady estableciendo mecanismos para su registro, inscripción yfiscalización; Que, realizada la inspección técnica con fecha 21 de enero de 2003, se ha verificado que sobre el predio sub-materia, se encuentra el cementerio de Lurín, y sobre laparte norte del predio existe tres viviendas rústicas sin títu-lo de dominio; Que, de acuerdo al Certificado Catastral expedido con fecha 20 de diciembre de 2002 por la Gerencia de PropiedadInmueble de Lima de la Zona Registral Nº IX - Sede Limasobre la base del Informe Técnico Nº 6059-2002-SUNARP-Z.R.IX/OC emitido con fecha 17 del mismo mes y año por laOficina de Catastro de dicha zona registral, el terreno materiade consulta no cuenta con antecedentes registrales; Que, según el Certificado de Búsqueda Catastral expe- dido el 12 de diciembre de 2002 por la Gerencia Descon-centrada 1 del Registro Predial Urbano, en base al InformeTécnico Nº 9085-2002-SUNARP-RPU/OC-LIMA emitido el25 de noviembre del mismo año por la Oficina de Catastro,se establece que el área en consulta no se encuentrainscrita en el citado registro; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribereñosson bienes de propiedad estatal, por lo que correspondetramitar la primera inscripción de dominio del terreno de 21160,13 m2, descrito en el considerando precedente, deconformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº071-2001, Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite deinscripción de la primera de dominio a predios a favor delEstado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiem-bre de 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización yFunciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales",facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones aidentificar los terrenos eriazos con la finalidad de incorporar-los al dominio del Estado, así como también, a emitir enprimera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposi- ción Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, DecretoLey Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Na-cionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamen-to General de Procedimientos Administrativos de los Bie-nes de Propiedad Estatal" y estando a lo expuesto en elInforme Técnico Legal Nº 0014-2003/SBN-GO-JAR, del 24de enero de 2003; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la inscripción de primera inscrip- ción de dominio a favor del Estado del terreno de 21 160,13m2, ubicado frente a la avenida Cementerio S/N, en eldistrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, segúnel plano y memoria descriptiva que sustentan la presenteResolución. Artículo 2º.- La Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, porel mérito de la presente Resolución, efectuará la primerainscripción de dominio a favor del Estado del terreno des-crito en el artículo precedente en el Registro de la Propie-dad Inmueble de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGRITOS PASTOR PAREDES Jefa (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 04115 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA FE DE ERRATAS ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2003-CR/RL Mediante Oficio Nº 016-2003-GRL/GRAJ el Gobierno Regional de Lima solicita se publique FE DE ERRATAS dela ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2003-CR/RL, publica-da en nuestra edición del día 4.3.2003, en la página 240127. DICE:"Artículo Primero.- Inciso b): La aprobación de la Escala Remunerativa de los Funcionarios y Servidores del Gobier-no Regional de Lima del Presupuesto Analítico de Perso-nal y el Cuadro de Asignación de Personal" DEBE DECIR:"Artículo Primero.- Inciso b): La aprobación de la Escala Remunerativa de los Funcionarios y Servidores del Gobier-no Regional de Lima, del Presupuesto Analítico de Perso-nal y el Cuadro de Asignación de Personal, de acuerdo aLey". 04209 GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC Aprueban Reglamento Interno del Consejo Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2003 El Presidente de la Región Apurímac que suscribe, Dr. LUIS BELTRÁN BARRA PACHECO, en uso de las atribu-ciones que le confiere la Constitución Política del Estado yla Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucio- nal, modifica el capítulo XIV del Título IV de la Constitu-ción Política del Estado, definiendo en su artículo 191º,que los Gobiernos Regionales son autónomos Política,Económica y Administrativamente, así mismo establecela estructura orgánica básica de los Gobiernos Regiona-les y que el Consejo Regional es el órgano normativo yfiscalizador. Que, el Consejo Regional para su funcionamiento re- quiere de un Reglamento Interno que viabilice su funciona-miento, el que regula el ejercicio de los deberes y derechosde los miembros del Consejo Regional, define su organiza-ción interna para el cumplimiento de sus funciones. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Re- gionales en su artículo 15º inciso "e" establece que esatribución del Gobierno Regional aprobar su ReglamentoInterno. Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las OrdenanzasRegionales norman asuntos de carácter general, la organi-zación y la administración del Gobierno Regional y regla-mentan materias de su competencia. Que, la primera disposición transitoria, complementaria y final de la Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Orgánicade Gobiernos Regionales considera que los GobiernosRegionales en sus tres instancias aprobarán mediante Or-denanza Regional su propio Reglamento de Organizacióny Funciones, dentro de los 60 días siguientes a su instala-ción. Que, es necesario aprobar el Reglamento Interno del Consejo Regional conforme lo dispone la Ley Orgánica deGobiernos Regionales a fin de establecer el funcionamientodel aparato normativo y fiscalizador legislativo del Gobier-no Regional de Apurímac. Que, estando a la sesión ordinaria de fecha 9 de enero del 2003, se ha aprobado el Reglamento Interno, yhabiéndose remitido a esta Presidencia para su promulga-ción contando con el voto aprobatorio de los ConsejerosRegionales: Carmen María Palomino Dongo, Miriam RojasPariona, Adrián Cuéllar Sanabria, Mario Hanco León, Es-ther Bringas Contreras, Pedro Pinares Antonio y ÁngelBarrantes Yucra. Que, por estas consideraciones la Presidencia Regio- nal de Apurímac en uso de las facultades que le otorga laConstitución Política del Estado, artículo 191º y la Ley Nº27867 y su modificatoria, Ley de Gobiernos Regionales sepromulga la presente Ordenanza Regional: