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PÆg. 240267 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 001-03/MDLV de fecha 17.1.03 se establece el Beneficio Especial Tributario en eldistrito de La Victoria, aplicable a los contribuyentes que tengan deudas por concepto de Impuesto Predial y Arbi- trios Municipales correspondientes a Limpieza Pública,Parques, Jardines y Serenazgo de los años 1998, 1999, 2000, 2001 y 2002; Que, por Oficio Nº 030-03-DR/MDLV de fecha 28.02.03, la Dirección de Rentas da cuenta que dicho beneficio a tenido una gran acogida por los contribuyentes victorianos y que independientemente de su firme voluntad de dar cumplimientoal pago de sus obligaciones, señalan que los requerimientos e informes de los adeudos les han llegado recién en el transcur- so de los días 26 y 27 de manera tal que no han dispuesto deltiempo suficiente para atender tales requerimientos; Que, la Dirección de Rentas con el fin de atender a dichos pedidos, lo que redundaría en un mayor ingresopara el Municipio Victoriano solicita se amplíe el Beneficio Especial Tributario del 50% hasta el día 12 de Marzo del presente año; Que, en la primera disposición final de la Ordenanza Nº 001-03/MDLV se faculta al señor Alcalde a fin de que por intermedio de Decreto de Alcaldía amplíe el plazo del Be-neficio, de considerarlo así necesario; Estando a las consideraciones expuestas, a las facul- tades conferidas, y las disposiciones contenidas en la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA:Artículo Primero.- Ampliar el Beneficio Especial Tribu- tario otorgado por la Ordenanza Nº 001-03/MDLV, hasta eldía 12 de marzo del 2003, para la cancelación total de las deudas correspondientes a los años 1998, 1999, 2000, 2001 y 2002 por concepto de Arbitrios de Limpieza Públi-ca, Parques, Jardines y Serenazgo, con el 50% de des- cuento. Artículo Segundo.- Déjese claramente establecido que en el Beneficio Especial Tributario para el Impuesto Predial se condonan solamente los intereses y moras. Artículo Tercero.- La ampliación del Beneficio Es- pecial Tributario que se establece a través del presente dispositivo tiene el carácter de indefectible y conse- cuentemente no habrá ninguna nueva prórroga sobreel particular. Artículo Cuarto.- La Dirección de Rentas queda encar- gada de su debido cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEJANDRO BAZÁN GONZALES Alcalde 04298 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Cancelan concurso pœblico convocado para contratación de servicio dedisposición final de residuos sólidos RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0122 Miraflores, 28 de febrero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Miraflores es un órga- no de Gobierno Local que emana de la voluntad popular,con autonomía política, económica y administrativa deacuerdo a lo dispuesto por la Constitución Política del Perúy la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo del presente año, el plazo de vencimiento de pago de losArbitrios Municipales correspondiente a los meses de ene- ro y febrero de 2003. Artículo Segundo.- El incentivo establecido en el Artí- culo Primero de la Ordenanza Nº 104 será extendido en su aplicación hasta el 31 de marzo del presente año. Artículo Tercero.- Encárguese a las Oficinas de Admi- nistración de Tributos y Rentas, Presupuesto y Planifica- ción y la Unidad de Informática, el cumplimiento del presen- te Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 04196 Prorrogan plazo de vencimiento de pago del Impuesto Predial para el presenteejercicio fiscal DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2003/MJM Jesús María, 28 de febrero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2003/MJM publicado el 30.ENE.2003, se estableció el Programa Pre- dial para el ejercicio gravable 2003. Asimismo, se estable- ció la modalidad de pago al contado hasta el 28 de febreroy en forma fraccionada hasta en 4 cuotas trimestrales, venciendo la primera cuota el 28 de febrero; Que, es necesario otorgar mayores facilidades a los contribuyentes, a fin de que cumplan con sus obligaciones tributarias; Estando a las atribuciones contenidas en el numeral 6) del artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar el plazo de vencimiento de pago del Impuesto Predial para el presente ejercicio fiscal; al contado y/o primera cuota hasta el 15 de marzo de 2003. Artículo Segundo.- Encargar a las Direcciones de Ad- ministración, Administración de Tributos y Rentas e Infor- mática el cumplimiento de lo dispuesto y a la Oficina de Imagen Institucional la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 04197 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Amplían Beneficio Especial Tributario otorgado por la Ordenanza N” 001-03/ MDLV DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0003-03-ALC/MDLV La Victoria, 4 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA