Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2003 (06/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, jueves 6 de marzo de 2003
CAPITULO II DE LA SECRETARIA RELATORIA JURISDICCIONAL

NORMAS LEGALES

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Definicion Articulo 59º.- La Secretaria Relatoria es un organo auxiliar que presta asistencia tecnica al Pleno Jurisdiccional y a los Magistrados. Designacion Articulo 60º.- El Secretario Relator es elegido por el Pleno a propuesta del Presidente. El cargo es de confianza. Funciones Articulo 61º.- Son funciones del Secretario Relator: 1. Anunciar en las audiencias publicas las causas materia de la vista y custodiar los expedientes que la Secretaria General le remita para dicho acto; 2. Informar diariamente a la Secretaria General las causas que hayan quedado al MORDAZA, con indicacion de las fechas de las respectivas vistas; 3. Asistir a las deliberaciones del Pleno y MORDAZA Jurisdiccionales, cuando asi lo disponga el propio Pleno o el Presidente, guardando absoluta reserva de todo cuanto se trate o resuelva; asi como de los escritos presentados por las partes, MORDAZA de ser proveidos, bajo responsabilidad; 4. Dar lectura, en las sesiones de caracter jurisdiccional, a las piezas del respectivo expediente que indique el Presidente o los Magistrados, asi como a las sentencias del Tribunal; 5. Verificar que las resoluciones del Tribunal MORDAZA debidamente visadas y firmadas por todos los Magistrados que hubiesen intervenido; 6. Llevar un registro de los votos singulares o fundamentos discrepantes de los Magistrados; 7. Refrendar las resoluciones el mismo dia en que se expidan; 8. Registrar en la base de datos respectiva, en el dia, los antecedentes del expediente y la fecha de exposicion de las ponencias en el caso de que esta MORDAZA sido aprobada por el Pleno; 9. Informar al Pleno respecto del estado de las acciones de inconstitucionalidad y mantener al dia la base de datos respectiva; 10. Dar razon del Despacho solo despues que las resoluciones hayan sido autorizadas; 11. Redactar, con autorizacion del Pleno, una sintesis de lo ocurrido en las sesiones plenarias que asista; 12. Preparar los proyectos de oficios para la firma del Presidente o del Secretario General, por delegacion de la Presidencia; 13. Asegurar que se remitan oportunamente, bajo cargo, los oficios en que se pidan antecedentes para resolver o que se devuelvan causas resueltas; 14. Recibir de la Oficina de Tramite Documentario los expedientes y escritos jurisdiccionales que se remitan o presenten al Tribunal; 15. Dar cuenta diariamente a la Presidencia del Tribunal de los asuntos para Despacho; 16. Dar cuenta diariamente a la Secretaria General de la relacion de los expedientes aptos para el senalamiento de la vista de las causas en audiencia publica; 17. Disponer lo necesario para la realizacion de las vistas de los expedientes autorizadas por el Pleno, de acuerdo con el Plan de Trabajo aprobado, dando cuenta al Secretario General y a la Presidencia; 18. Verificar los pedidos de uso de la palabra para la vista de la causa en audiencia publica y dar cuenta al Relator y al Secretario General; 19. Coordinar con los Asesores designados para la clasificacion de los expedientes segun el Plan de Trabajo aprobado por el Pleno; 20. Registrar en el libro respectivo y en la base de datos, la asignacion de las causas a los ponentes y a los asesores; 21. Notificar a las partes la fecha y hora en que se llevara a cabo la vista de causa en audiencia publica; 22. Enviar al Diario Oficial El Peruano, el aviso de la realizacion de las audiencias publicas, indicando la fecha, la hora y el numero de cada uno de los expedientes que seran vistos; 23. Facilitar a los interesados y a sus abogados, en la Sala de Abogados de la Secretaria, los expedientes para estudio;

24. Certificar las copias de las resoluciones para su notificacion y las copias solicitadas de documentos de los expedientes jurisdiccionales en giro; 25. Firmar las cedulas de notificacion; y, 26. Verificar que se notifiquen las resoluciones en los terminos y formas de Ley. Personal profesional especializado Articulo 62º.- La Secretaria Relatoria cuenta con el personal profesional especializado para la tramitacion de las causas, incluyendo a linguistas. CAPITULO III DE LA SECRETARIA DE ASUNTOS JURISDICCIONALES Objeto Articulo 63º La Secretaria de Asuntos Jurisdiccionales esta encargada de sistematizar la legislacion y las resoluciones y otros contenidos generados en los procesos jurisdiccionales y administrativos del Tribunal, asi como la informacion similar recopilada de organismos nacionales y extranjeros. Designacion Articulo 64º El Secretario de Asuntos Jurisdiccionales es contratado por el Secretario General, de acuerdo a lo dispuesto por el Presidente. El cargo es de confianza. Depende del Secretario General. Esta integrada por la Oficina de Informacion, Registro y Control y por la Oficina de Tramite Documentario, Notificaciones y Archivo. Funciones Articulo 65º La Secretaria de Asuntos Jurisdicionales tiene las funciones siguientes: 1. Organizar la documentacion e informacion jurisdiccional; 2. Adquirir la documentacion especializada pertinente en el ambito jurisdiccional y administrativo; 3. Sistematizar dicha documentacion siguiendo los criterios tecnicos propuestos y aprobados asi como brindar el apoyo necesario para su edicion; 4. Acudir a organismos nacionales y extranjeros en procura y canje de documentacion especializada; 5. Organizar la biblioteca especializada de la institucion; y 6. Las demas funciones afines que le MORDAZA asignadas, bajo responsabilidad. CAPITULO IV DE LA OFICINA DE TRAMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO Objeto Articulo 66º.- La Oficina de Tramite Documentario y Archivo es el organo encargado de conducir el MORDAZA de tramite documentario y archivo general de la institucion. Todos los documentos ingresados al Tribunal deben canalizarse a traves de ella. Designacion Articulo 67º.- El Jefe de la Oficina de Tramite Documentario y Archivo es contratado por el Secretario General, de acuerdo a lo dispuesto por el Presidente. El cargo es de confianza. Depende del Secretario General. Funciones Articulo 68º.- La Oficina de Tramite Documentario y Archivo tiene las funciones siguientes: 1. Ejecutar y supervisar el MORDAZA de recepcion, clasificacion, registro, distribucion, seguimiento e informacion de los documentos y expedientes que se presenten y MORDAZA enviados al Tribunal, guardando absoluta reserva de su contenido, bajo responsabilidad; 2. Informar a los interesados o a sus abogados acerca del tramite dado a sus expedientes; 3. Ejecutar y controlar las notificaciones de las resoluciones; 4. Organizar, mantener y custodiar el Archivo General del Tribunal; 5. Coordinar la incorporacion del MORDAZA del tramite documentario al sistema computarizado del Tribunal; 6. Devolver los expedientes sobre acciones de garantia a los funcionarios judiciales que los elevaron al Tribunal Constitucional; y

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