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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2003 (06/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

PÆg. 240268 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de marzo de 2003 bado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, regulan los procesos de selecciónpara la adquisición y contratación de bienes, serviciosen general y obras de las Entidades del Sector Público; Que, con fecha 28 de febrero de 2002 se efectuó la convocatoria del Concurso Público Nº 001-2002-CE/MMpara la contratación del Servicio de Disposición Final deResiduos Sólidos de la Municipalidad de Miraflores paraejecutarse en el año 2002; Que, el citado proceso de selección fue declarado DESIERTO en dos oportunidades, habiéndose formu-lado observaciones a las Bases hasta en tres ocasio-nes, las que fueron materia de pronunciamiento porparte del CONSUCODE; asimismo, en la segunda con-vocatoria se declaró la nulidad de lo actuado, retrotra-yéndose el proceso hasta la etapa de absolución deconsultas, y se interpuso un recurso de apelación quefue resuelto recién el 30 de diciembre de 2002, dispo-niéndose su continuación; Que, el trámite desarrollado en el Concurso Público Nº 001-2002-CE/MM, se ha dilatado en exceso y, a suvez, ha rebasado el ejercicio del año 2002, previstopara la ejecución del servicio objeto de su convocato-ria; siendo que durante dicho ejercicio el servicio fueprestado a través de Adjudicaciones de Menor Cuantíaautorizadas mediante los Acuerdos de Concejo Nº 017,Nº 024, Nº 035 y Nº 045, por causal de Situación deUrgencia y en tanto se culminase con el citado procesode selección; Que, consiguientemente, los recursos presupuesta- les destinados para el Servicio de Disposición de Resi-duos Sólidos del año 2002, fueron agotados con lascontrataciones efectuadas en mérito a las Adjudicacio-nes de Menor Cuantía mencionadas, lográndose cubriren su totalidad la necesidad de dicho servicio para elejercicio del año 2002; concluyéndose por tanto, queen la actualidad el Concurso Público Nº 001-2002-CE/MM carece de objeto; Que, el artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado es-tablece que en cualquier estado del proceso de selec-ción hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro, laEntidad que lo convoca puede cancelarlo, entre otrasrazones, cuando desaparezca la necesidad de adquiriro contratar; Que, mediante Informe Nº 035, de fecha 7 de febre- ro del 2003 la Unidad de Abastecimientos ha comunica-do la urgencia de cancelar el Concurso Público Nº 001-2002-CE/MM; asimismo con Informe Nº 150-2003-OAJ/MM, de fecha 6 de febrero de 2003 la Oficina de Aseso-ría Jurídica opina por la procedencia de la cancelacióndel mencionado Concurso Público por haber desapare-cido la necesidad de contratar el servicio objeto de suconvocatoria; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo estable- cido por el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobada mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento; y en uso de las facultades conferi-das en la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 23853); SE RESUELVE:Artículo Primero.- CANCELAR el Concurso Público Nº 001-2002-CE/MM convocado para la contratación del Ser-vicio de Disposición Final de Residuos Sólidos para el año2002, por los considerandos expuestos en la presenteResolución. Artículo Segundo.- Comunicar al Comité Especial del Concurso Público Nº 001-2002-CE/MM lo establecido en lapresente Resolución, a efectos que proceda con lo dis-puesto en el artículo 21º del Reglamento del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presen- te Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el medioen que se realizó la convocatoria, de conformidad con lodispuesto en el artículo 21º del Reglamento del Texto Úni-co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 04300MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Autorizan iniciar procesos de adjudica- ción de menor cuantía para contrata-ción de servicios de asesoría legal ex-terna civil y penal ACUERDO DE CONCEJO Nº 05-2003-MPL Pueblo Libre, 27 de febrero de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBREVisto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 016-2003-MPL/CPL-CPDE de la Comisión Permanen-te de Desarrollo Económico, con relación al Oficio Nº045-2003-MPL-DM de la Dirección Municipal sobreAutorización de Exoneración de Adjudicación DirectaSelectiva para la contratación del Dr. Fernando Alvara-do Cerro, para la Prestación de Servicios de AsesoríaLegal Externa en lo Civil; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº23853, Ley Orgánica de Municipalidades, señala quelas Municipalidades Provinciales y Distritales conformea ley, son los órganos de gobierno local con autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos desu competencia; Que, mediante el Oficio Nº 045-2003-MPL/DM de la Dirección Municipal, el mismo que adjunta el Informe Nº037-2003-MPL-OA de la Oficina de Administración y el In-forme Nº 096-2003-MPL-OA/UAS de la Unidad de Abaste-cimiento y Servicios, se pone de conocimiento que el 28 defebrero del 2003 vence el contrato suscrito con el Dr. Fer-nando Alvarado Cerro para la Prestación de Servicios deAsesoría Legal Externa en lo Civil de la Municipalidad dePueblo Libre, el que acorde a lo opinado en el citadoinforme por la Unidad de Abastecimiento y Servicios, elreferido asesor viene desarrollando actividades que hantenido una continuidad que no puede ser paralizada, parauna mejor coordinación con los procesos judiciales queestán a su cargo, en virtud a mantener el buen desenvolvi-miento de los procesos judiciales, en los cuales la Munici-palidad es demandante así como en la que es demanda-da; Que, el inciso h) del Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que sepuede exonerar del proceso de Adjudicación Directa paraServicios Personalísimos, de acuerdo a lo que establezcael reglamento y según lo señalado en los Artículos 105º y111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM - Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,se puede contratar los servicios, mediante la modalidad deServicios Personalísimos. Asimismo, el Artículo 20º delDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, señala que las ad-quisiciones o contrataciones a que se refiere el Artículo19º, se realizarán mediante el proceso de Adjudicación deMenor Cuantía, la que se aprueba mediante Acuerdo deConcejo Municipal en los gobiernos locales, lo cual con-cuerda con lo opinado por la Oficina de Asesoría Legal enel Informe Nº 047-2003-MPL/OAL; Que, es necesario aprobar la exoneración del referido proceso de selección para la contratación del Dr. FernandoAlvarado Cerro para la Prestación de Servicios de AsesoríaLegal Externa, por el período comprendido de marzo adiciembre del 2003, por un monto referencial de S/.60,000.00 (Sesenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluidolos impuestos de Ley, los mismos que serán afectados a lafuente de financiamiento de los Recursos DirectamenteRecaudados, conforme a lo señalado en el Informe Nº150-2003-MPL-OA/UAS; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 36º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853,con el voto unánime del pleno del Concejo y con dispensadel trámite de lectura y aprobación del Acta, se ha adopta-do el siguiente: