Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2003 (07/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 7 de marzo de 2003
ORGANISMO

NORMAS LEGALES
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA 3 900,00

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CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce el derecho a la proteccion de la salud, para lo cual el Estado garantiza el acceso a prestaciones de salud de conformidad con la politica del gobierno que en materia de salud se orienta al aseguramiento universal que brinde cobertura de salud a toda la poblacion; Que, el Articulo 6º, numeral 9. de la Ley Nº 27657 Ley del Ministerio de Salud, creo el Seguro Integral de Salud para administrar fondos destinados a financiar prestaciones de salud individual; Que, por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud; Que, por Ley Nº 27660, se aprobo la Ley que Declara de caracter prioritario el Seguro Integral de Salud para las Organizaciones Sociales de Base y Wawa Wasis, disponiendose asimismo su reglamentacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1090-2002SA/ DM se aprobaron los planes de beneficios "D" y "E" del Seguro Integral de Salud para los adultos en situacion de emergencia y los adultos focalizados determinados por ley y, en este ultimo plan se considera a las Organizaciones Sociales de Base, Comedores Populares, Comites del Vaso de Leche y Wawa Wasis como beneficiarios del SIS; Que, dentro de este contexto y, en el MORDAZA de los principios de equidad, solidaridad y acceso a los servicios de salud, debe reglamentarse la acotada Ley Nº 27660; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º, numeral 8) de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27660; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de la Ley Nº 27660 - Ley que Declara de caracter prioritario el Seguro Integral de Salud para las Organizaciones de Base y los Wawa Wasis; que consta de Seis Titulos, Veintiun Articulos, Cuatro Disposiciones Complementarias y Una Disposicion Transitoria, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo Segundo.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Salud y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de marzo del dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud REGLAMENTO DE LA LEY Nº 27660 TITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- Objeto del Reglamento Reglamentar la Ley Nº 27660 - Ley que Declara de caracter prioritario el Seguro Integral de Salud SIS para la atencion de salud a las mujeres que realizan actividad dirigencial y trabajadoras no remuneradas que prestan servicios en forma directa y permanente en las Organizaciones Sociales de Base y los Wawa Wasis, definiendo el MORDAZA de acreditacion, afiliacion y prestacion de salud a las beneficiarias del Seguro Integral de Salud (SIS). Articulo 2º.- El Seguro Integral de Salud (SIS) El Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Salud, cuya mision es administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud individual de conformi-

INSTITUTO PANAMERICANO DE GEOGRAFIA E HISTORIA (IPGH) Pago de la cuota del ano 2002 COMISION PERMANENTE DEL MORDAZA SUR (CPPS) Pago parcial de la cuota del ano 2002 FONDO FIDUCIARIO DEL MORDAZA SUDESTE (FF/PSE) Pago parcial de la cuota del ano 2002 TRATADO DE COOPERACION AMAZONICA (TCA) Pago parcial de la cuota del ano 2003 SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD MORDAZA (SGCAN) Pago de adeudos

60 000,00

30 000,00

100 000,00

230 521,00

Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente seran con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Funcion 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Generica, 4 Otros Gastos Corrientes, Especifica 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al ejercicio 2003. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 04370

Remiten al Congreso de la Republica documentacion referente a la "Convencion Interamericana contra el Terrorismo"
RESOLUCION SUPREMA Nº 053-2003-RE MORDAZA, 6 de marzo de 2003 Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion referente a la "Convencion Interamericana contra el Terrorismo", adoptada en Bridgetown, Barbados, el 3 de junio de 2002, para los efectos a que se contraen los Articulos 56º y 102º inciso 3), de la Constitucion Politica del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 04371

SALUD
Aprueban el Reglamento de la Ley Nº 27660, Ley que declara de caracter prioritario el Seguro Integral de Salud para las Organizaciones Sociales de Base y los Wawa Wasis
DECRETO SUPREMO Nº 006-2003-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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