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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2003 (07/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 240294 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de marzo de 2003 dad con la Política del Sector y de acuerdo a su visión y objetivos institucionales. Artículo 3º.- Para la aplicación del presente Regla- mento, se entiende por: a) Establecimiento de Salud : Es un estableci- miento implementado con recursos humanos, mate-riales e infraestructura donde se realizan procedi- mientos asistenciales de salud y administrativos, a fin de brindar a las beneficiarias del SIS atencionesde salud. Se consideran como establecimientos de salud a los Puestos, Centros, Hospitales e Institutos Especializados. b) Prestación de Servicios No Remunerados en forma directa y permanente de las mujeres de las Organizaciones Sociales de Base: Se consi- dera a las mujeres que realizan actividad dirigencial y socias activas que prestan servicios no remunera- dos en forma directa y permanente cuando realizanlabores en sus organizaciones de base ya sea como dirigentes o quienes participen activamente en la su- pervisión, preparación, distribución y control de losproductos directamente vinculados a los fines de la Organización Social de Base o de atención en los Wawa Wasis. c) Prestación de Salud, comprende las atencio- nes, consultas y procedimientos de apoyo al diag- nóstico otorgados a las beneficiarias del SIS en losestablecimientos de salud autorizados de acuerdo al Plan de Beneficios; incluye los procedimientos y ser- vicios consumidos y otros bienes requeridos en laatención de salud, sea ambulatoria o por internamien- to. El SIS paga por daño resuelto. Se entiende como servicios intermedios a los exámenes de apoyo aldiagnóstico, medicamentos, insumos, materiales y servicios de hotelería y alimentación, en caso de ser referidas a hospitales. d) Inscripción, es el acto mediante el cual se inicia el proceso de afiliación de las beneficiarias del SIS, proceso que es realizado por los Puestos yCentros de Salud supervisados por los Oficinas Des- concentradas del SIS. Estas actividades de inscrip- ción son de ejecución intra y extramural, con la par-ticipación de las representantes de las Organizacio- nes Sociales de Base. e) Vigilancia es la observación atenta a los Centros, Puestos de Salud y Unidades Ejecutoras que prestan el servicio. TÍTULO II DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE Artículo 4º.- Organizaciones Sociales de Base (OSB) De acuerdo a lo establecido en el Artículo 3º del Re- glamento de la Ley Nº 25307, aprobado por el DecretoSupremo Nº 041-2002-PCM, las Organizaciones Socia- les de Base (OSB) son organizaciones autogestionarias formadas por iniciativa de personas de menores recur-sos económicos para enfrentar sus problemas alimen- tarios en la perspectiva de alcanzar un desarrollo huma- no integral. Artículo 5º.- Beneficiarias Se considera como beneficiarias del SIS a las afilia- das a las Organizaciones Sociales de Base (OSB) y los Wawa Wasis que prestan servicios no remunerados enforma directa y permanente (según lo señalado en el Artículo 3º, literal b) del presente Reglamento. Las citadas beneficiarias del SIS que se encuentran comprendidas en la Ley Nº 25307, son las que se en- cuentran prestando servicios en: o Comedores Populares o Club de Madres o Comités de Vaso de Lecheo Comedores Populares Autogestionarios o Wawa Wasis o Otras consideradas en la Ley Nº 25307.TÍTULO III DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL Artículo 6º.- Registro de Acreditación Institucio- nal Implementar el Registro de Acreditación Institucional a cargo del SIS, para que las OSB del más alto nivel yWawa Wasis canalicen su respectiva acreditación y afi- liación. Para tal efecto se constituirá un Comité Especial de Acreditación que se encargará de llevar a cabo el proce- so de acreditación. Artículo 7º.- Comité Especial de Acreditación El Comité Especial de Acreditación tiene la función de llevar a cabo el proceso de acreditación de las OSB y Wawa Wasis, luego de realizar la verificación de la docu- mentación estipulada en el Artículo 9º del presente Re-glamento. 7.1 El Comité Especial de Acreditación estará inte- grado por representantes de tres órganos del SIS: Ofici- na de Asesoría Jurídica, Gerencia de Mercadeo y Ge- rencia de Operaciones, quienes en conjunto emitirán suconformidad para la debida acreditación. El SIS emitirá un Certificado de Acreditación por cada OSB en un pla- zo máximo de 10 días. 7.2 En las Oficinas Desconcentradas del SIS, el re- presentante con el responsable de Mercadeo se encar- garán de efectuar el registro de acuerdo a lo dispuestoen el numeral 7.1 del presente Artículo, remitiendo copia del Certificado de Acreditación al Comité Especial de Acreditación de la Sede Central del SIS. 7.3 Para efecto del Registro de Acreditación, las re- presentantes del más alto nivel de las OSB tanto de Lima como de provincias deberán registrar su sello y firmaante el Comité Especial de Acreditación, a fin de que sean las únicas autorizadas para poder realizar el trámi- te conducente a la acreditación mencionada, mientrasdure su mandato. 7.4 Mediante el Registro, las OSB podrán acreditar y afiliar a un máximo de doce (12) personas como benefi-ciarias del SIS . Tales afiliaciones serán comunicadas a todas las Oficinas Desconcentradas del SIS a nivel na- cional y tendrán una duración de acuerdo a su Estatuto.Sólo podrán ser beneficiarias del SIS durante su perma- nencia activa en las OSB. 7.5 Las dirigentes del más alto nivel que representen a las OSB y Wawa Wasis a nivel regional o nacional constituyen las únicas instancias representativas que estarán habilitadas para realizar el registro referido enlos numerales precedentes, tanto en la Sede Central como en las Oficinas Desconcentradas del SIS. Artículo 8º.- Requisitos para la Acreditación Los requisitos para acreditar a las OSB y Wawa Wasis al más alto nivel son: 8.1 Certificado de Vigencia de Mandato de la Directi- va de la OSB y Wawa Wasis expedida por la Oficina de Registros Públicos. 8.2 Original y copia del Acta de Constitución.8.3 Original y copia del Acta de Elección de las Diri- gentes. Los requisitos para la acreditación de las Organiza- ciones Sociales de Base propiamente dichas son: Además de los ítems 8.2 y 8.3, deberán: 8.4 Consignar el lugar o domicilio donde efectiva- mente se prestan los servicios. 8.5 Original y copia del Acta de Elección y/o Designa- ción de las mujeres que prestan servicio no remuneradoen forma directa y permanente en las OSB y Wawa Wasis, a fin de ser beneficiarias del SIS. 8.6 Presentación del Padrón donde figuren los nom- bres completos, domicilio, documento de identidad y