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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2003 (08/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 77

PÆg. 240411 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de marzo de 2003 tar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos decla- rados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida- des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 04322 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 075/INC Lima, 19 de febrero de 2003VISTO, el Acuerdo Nº 048 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 02 defecha 20 de enero de 2003; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio deEducación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservacióndel Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encargaal Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, ora-les y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 048, de fecha 20 de enero de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología reco-mienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cul- tura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Ventanillas de Otuzco, ubicada en el distrito deBaños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca; Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Dirección General de Patrimonio Arqueológico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004- 2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigacio-nes Arqueológicas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a la Zona Arqueológica Ventanillas de Otuzco, ubi-cada en el distrito de Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Departamental de Cultura Cajamarca del Instituto Nacional de Cultura la elaboración del Plano de Delimitación de la precitadaZona Arqueológica. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de losBienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológica mencionada en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agrope- cuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afec-tar o alterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida- des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 04323RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 076/INC Lima, 19 de febrero de 2003VISTO, el Acuerdo Nº 063 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 03 defecha 27 de enero de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio deEducación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservacióndel Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encargaal Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, ora-les y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 063, de fecha 27 de enero de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio- nal de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica "Narihuala", ubicada en el distritode Catacaos, provincia y departamento de Piura; Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Dirección General de Patrimonio Arqueológico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004- 2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigacio-nes Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica de "Narihuala", ubicada en el distrito de Catacaos, provincia y departamento de Piura. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Departamental de Cultura - Piura del Instituto Nacional de Cultura que establez- ca las acciones necesarias para la elaboración del Plano deDelimitación de la Zona Arqueológica de "Narihuala" con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológicamencionada en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agrope-cuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afec- tar o alterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con laaprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida-des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 04324 Declaran monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a in-mueble ubicado en el departamento deArequipa RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 095/INC Lima, 21 de febrero de 2003 Visto el Acuerdo Nº 08/24.01.2003 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectó-nicos, y demás documentación sustentatoria;